
Resolución positiva de un caso de discriminación en el ámbito de la asistencia sanitaria en Andalucía
El Servicio de Asistencia a Víctimas de Discriminación de Accem acompaña a la víctima de una actuación discriminatoria por parte de la Administración.
El Servicio de Orientación y Asistencia a Víctimas de Discriminación Racial o Étnica de Accem ha resuelto de forma positiva un caso de discriminación que había llegado hasta nosotros/as.
Se trata de un caso que nos llega a través de la oficina del Servicio que Accem gestiona en Andalucía Oriental, ubicada en Sevilla. Nos llega derivado desde otra entidad social, conocedora de nuestra competencia en la materia y de la existencia y función del Servicio. Compartimos, por su interés, los elementos fundamentales del caso.
DISCRIMINACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA ATENCIÓN SANITARIA
La protagonista de esta historia es una persona que llega a la capital andaluza en septiembre de 2024 procedente de Jordania para cursar un doctorado en la universidad.
Esta persona decide contratar una póliza de salud con una aseguradora privada. Meses después, en el mes de marzo de 2025, comienza a sentirse mal y decide acudir a los servicios contratados con su aseguradora. Sin embargo, no obtiene una asistencia adecuada y sus síntomas, lejos de disminuir, se agravan.
Semanas después, decide acudir al servicio de urgencias del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla. Allí es hospitalizado y permanece ingresado 40 días, recibiendo tratamiento por la patología que le diagnostican y siendo sometido a una compleja operación quirúrgica de tipo cardiaco.
En este proceso, surge un obstáculo adicional: la aseguradora rechaza la autorización para su derivación a la sanidad pública, a pesar de tratarse de una situación de urgencia vital. Esta negativa genera una grave incertidumbre a la persona afectada y desemboca, con posterioridad a su alta hospitalaria en el mes de junio, en un largo camino administrativo. El Servicio Andaluz de Salud (SAS) le reclama una factura por una cuantía de 29.259,09 euros, en concepto de la asistencia sanitaria prestada.
NUESTRO ACOMPAÑAMIENTO, PASO A PASO
Ante esta situación, desde nuestra oficina en Andalucía Occidental del Servicio de Asistencia a Víctimas de Discriminación Racial o Étnica, ubicada en Sevilla, se asesora y apoya legalmente a la víctima, que interpone un recurso impugnatorio contra la resolución dictada por el SAS de reclamación del pago al paciente de la factura por la prestación de asistencia sanitaria.
Paralelamente, se realizó una reclamación a su compañía aseguradora, adjuntando toda la documentación disponible acerca del ingreso e intervención quirúrgica hospitalaria y sus causas. Esta acción se produce a los efectos de demandar la obligatoriedad de cobertura económica de la aseguradora privada, obteniendo de ésta una respuesta negativa de pago de la factura emitida por la sanidad pública.
Sin embargo, el recurso formalizado e interpuesto es estimado favorablemente en su totalidad, se reconoce por el SAS el derecho a la cobertura sanitaria pública, así como la improcedencia del pago por el paciente/víctima de la factura emitida, generada por la asistencia sanitaria prestada.
Cabe destacar que, para la resolución de este caso, ha sido de suma importancia la interlocución con la víctima/paciente, la administración pública sanitaria y las buenas y resolutivas prácticas de nuestra oficina del Servicio de Asistencia en Sevilla.
¿POR QUÉ ES UN CASO DE DISCRIMINACIÓN?
El incidente relatado es de carácter discriminatorio habida cuenta de que la victima, de origen extranjero, estudiante de doctorado en la Universidad de Sevilla, había suscrito el seguro médico preceptivo que establece la norma aplicable en materia de Seguridad Social respecto a la prestación sanitaria.
Con esta norma aplicable nos referimos al Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre acceso Universal al Sistema Nacional de Salud. Este Real Decreto-ley modifica la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, así como la Ley de Contrato de Seguro 50/1980, de 8 de octubre.
En el caso acompañado por Accem, se incurrió en un "error manifiesto" toda vez que existía un tercero obligado al pago -la compañía aseguradora-, según se podía comprobar en la póliza adjuntada en el momento del ingreso hospitalario urgente. El pago, por tanto, no correspondía al paciente reclamado.
El paciente, acompañado por nuestro servicio de atención a la discriminación, tenía contratada una póliza de seguro con vigencia hasta el 30 de noviembre de 2025. A pesar de ello, la Junta de Andalucía, y específicamente el Hospital Virgen del Rocío, dependiente de la entonces Consejería de Salud y Consumo del Gobierno andaluz, gira la factura de la asistencia recibida al paciente/victima, aun cuando se comunicó y documentó por éste la existencia de un tercero obligado al pago de la prestación sanitaria efectuada por un hospital de la red pública. Esto significa que se hizo caso omiso de la normativa aplicable. Es por este motivo que interpusimos el recurso preceptivo con el argumento de la legalidad aplicable y que se acabó estimando positivamente.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE SU RESOLUCIÓN POSITIVA?
La resolución positiva de este caso, acompañado desde el Servicio de Orientación y Asistencia a Víctimas de Discriminación Racial o Étnica de Accem, es importante para la víctima y paciente, para su bienestar y su tranquilidad, al margen de lo abultado de la cuantía reclamada al paciente.
Es importante por lo que supone como actuación y apoyo por parte del Servicio frente a la desigualdad de trato de una persona por su origen racial o étnico.
Es importante porque estas resoluciones favorables permiten visibilizar este tipo de actuaciones discriminatorias, por parte de la Administración -en este caso- u otros agentes, así como permiten contribuir al empoderamiento de la víctima y cumplir con la finalidad prioritaria del Servicio.
El Servicio de Asistencia a Víctimas de Discriminación es un recurso integrado por diferentes organizaciones de la sociedad civil, entre ellas Accem, dependiente del Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica, que depende y es financiado por el Ministerio de Igualdad del Gobierno de España.
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