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Accem atiende en el primer semestre a más personas que en todo 2021, destacando el perfil de mujeres con estudios

Al igual que ocurriera en el pasado 2022, el primer semestre de 2023, en cuanto a acogida y atención a personas en situación de vulnerabilidad, ha seguido estando marcado indudablemente por la recepción de población procedente de Ucrania, a causa de la invasión rusa y posterior guerra que se sigue desarrollando en el país. Así, entre enero y junio del presente año, Accem atendió a 37.608 personas, una cifra superior a la de años anteriores completos. Por ejemplo, en 2021, la entidad dio atención a 37.148 usuarios/as en todo el año. En 2022, Accem batió el récord de personas atendidas en un año, con casi 75.000, una cifra motivada por la llegada de ciudadanos/as residentes en Ucrania.

Histórico personas atendidas por Accem desde 2019 a junio de 2023

Uno de los datos más llamativos del balance de los seis primeros meses del año se centra en el perfil de las personas atendidas. En concreto, como ya se vio en 2022, la llegada de solicitantes de protección temporal de Ucrania ha provocado una situación más pareja en la proporción de atenciones por sexos. En concreto, Accem atendió a 20.319 hombres y a 17.289 mujeres, lo que supone un 54% y 46%, respectivamente. En 2021, los porcentajes fueron del 66% en cuanto a hombres y del 34% para mujeres. 

Personas atendidas por Accem en el primer semestre de 2023

Este incremento del número de mujeres atendidas se explica tanto por el aumento de mujeres beneficiarias de protección temporal procedentes de Ucrania (4.143), como de solicitantes o beneficiarias de protección procedentes de Colombia (2.788) y Venezuela (2.413). Las mujeres atendidas en el semestre son en su mayoría mujeres adultas, con edades comprendidas entre los 35 y 64 años (7.502), y jóvenes de 18 a 34 años de edad (4.743). Además, las mujeres son mayoría entre las personas solicitantes de protección internacional, mientras que los hombres lo son dentro del perfil de personas migrantes. 

Otro de los datos a resaltar por novedoso en este periodo es el perfil formativo mayoritario: predominan las mujeres atendidas con estudios universitarios y/o superiores (31,74 %), mientras que las que llegaron con estudios secundarios suponen un 24,22 %. Los perfiles menos frecuentes son los de mujeres sin estudios o no alfabetizadas. Asimismo, las mujeres suponen el principal perfil de personas consideradas como especialmente vulnerables, pues 1.917 mujeres conforman familias monomarentales, una cifra más de cinco veces superior a la de hombres en la misma situación. Este es uno de los factores que en Accem consideramos para valorar especial vulnerabilidad. 

Principales países de origen

En cuanto a los principales países de origen de las personas atendidas por Accem destaca, como el pasado año, la nacionalidad ucraniana, con 6.744 personas (4.143 mujeres y 2.601 hombres), seguida de la colombiana, con 5.258 (2.788 mujeres y 2.470 hombres), la marroquí, con 4.887 (1.337 mujeres y 3.550 mujeres) y la venezolana, con 4.558 (2.413 mujeres y 2.145 hombres). 

Según la situación administrativa de la persona atendida, el perfil mayoritario es el formado por 12.993 personas migrantes, en su mayoría hombres (64,51 %) y que proceden fundamentalmente de Marruecos (4.051), Colombia (1.432) y Senegal (1.152). En segundo lugar se sitúan los/as solicitantes de protección internacional, un total de 12.590, procedentes de Colombia, Venezuela y Perú. En tercer lugar están las personas beneficiarias de protección temporal, procedentes de Ucrania, ya sean nacionales o residentes demostrados como tales, con 5.942 personas. 

Principales nacionalidades de las personas atendidas por Accem en el primer semestre de 2023 (por sexos)

Ayudas en Murcia para acceder o mantener un hogar para 331 personas en situación de vulnerabilidad

Accem en la Región de Murcia es una de las entidades gestoras del programa autonómico de “Ayudas para facilitar el acceso y asegurar la permanencia en el hogar a colectivos vulnerables”.

Estas ayudas, se concretan en la gestión del pago directo de mensualidades de alquiler y/o suministros básicos para evitar situaciones de desamparo y vulnerabilidad. Desde nuestra entidad, hemos gestionado ayudas para un total de 331 personas, de las que un 40 % son menores. Nuestra intervención ha sido llevada a cabo en la zona norte del municipio de Murcia, así como en los municipios de Archena, Ojós, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura.

Las principales situaciones de especial vulnerabilidad que han sido atendidas comprenden: personas víctimas de violencia de género, personas en situación de riesgo de desahucio y personas sin hogar.

La pasada semana, el consejero de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia, José Ramón Díez de Revenga, hizo balance del primer año de ayudas, acompañado por representantes de las distintas organizaciones que gestionan el programa. El consejero aprovechó la ocasión para anunciar una ampliación de fondos para la continuidad de estas ayudas, que tan determinantes han sido para cientos de familias en la Región, por valor de 3,7 millones de euros.

Desde Accem, estamos convencidos de que el alojamiento y la seguridad de tenerlo por sí solo no garantizan la inclusión de las personas en situación de vulnerabilidad social, pero sí son una condición esencial para que se pueda dar un proceso de inclusión. Valoramos estas ayudas como una herramienta ágil y valiosa

Por un marco legislativo apropiado para el abordaje integral de la lucha contra la trata

Con ocasión del Día Europeo contra la Trata de Seres Humanos, este 18 de octubre, desde Accem queremos incidir en la necesidad de que España se dote de un marco legislativo apropiado para garantizar la adopción a nivel estatal de un enfoque integral en el abordaje de la lucha contra la trata y explotación, desde una perspectiva de derechos humanos, género, edad e interseccional, que abarque todas las formas de explotación y proteja a todas las víctimas afectadas. En ese sentido, confiamos en que la iniciativa tomada desde el Gobierno de España a través del Ministerio de Justicia pueda ver pronto la luz.

En esta ocasión, queremos reconocer la importancia de la aprobación del “Plan de acción nacional contra el trabajo forzoso: relaciones laborales obligatorias y otras actividades humanas forzadas”, así como del “Plan estratégico nacional contra la trata y la explotación de seres humanos 2021-2023” en el ámbito de las políticas públicas, que podrán dotar a nuestro país de un marco ejecutivo desde el que abordar la lucha contra la trata de personas y la explotación de una manera integral y holística.

Estos avances en materia legislativa y de políticas públicas -a la espera de la culminación del proceso y desarrollo legislativo- representan un paso fundamental para poder luchar de manera adecuada contra la trata y garantizar una protección y atención efectiva e integral a todas las víctimas de esta grave violación de los derechos humanos.

Sobre la realidad de la trata a escala mundial, queremos hacer visible cómo la pandemia de la covid-19, los conflictos armados abiertos en el mundo –como la guerra en Ucrania este año- o las consecuencias del cambio climático constituyen factores que incrementan la situación de vulnerabilidad de las personas, impactando en el ámbito educativo, laboral y social de sus comunidades, y determinando el aumento de la pobreza y, por tanto, de la necesidad de migrar. Este es el caldo de cultivo, marcado por la vulnerabilidad, que favorece y propicia el riesgo para las personas de ser víctimas de cualquier forma de trata y explotación.

Queremos recordar, en este Día Europeo contra la Trata de Seres Humanos, que esta violación de los derechos humanos afecta actualmente a alrededor de 50 millones de mujeres, hombres, niños y niñas que cada día son víctimas de trata y explotación en el mundo.

> Conoce el trabajo de Accem en la lucha contra la trata de personas.

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Encuentro con el grupo de mujeres de Cañada Real para abordar la mejora del bienestar emocional

El pasado viernes, día 26 de noviembre, organizamos en Madrid, en la Cañada Real, un taller de gestión emocional dirigido a las mujeres del vecindario. Este taller era la última acción prevista desde el proyecto de “Acompañamiento a personas migrantes vulnerables residentes en Cañada Real Galiana”, financiado por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

 

En esta ocasión, la temática del taller surgió como respuesta a una preocupación cada vez mayor, manifestada por las mujeres, por su bienestar psicológico. Las preocupaciones diarias y la situación de incertidumbre que se vive en general en la sociedad, y en particular en Cañada Real, han llevado a muchas mujeres a sufrir crisis de ansiedad, situaciones de estrés, que no saben cómo gestionar. Para dar una respuesta a las inquietudes del grupo de mujeres, invitamos a una profesional, psicóloga, compañera de Accem, que nos ha planteado unos objetivos a corto y medio plazo: promover el bienestar psicosocial, facilitar pautas para afrontar la situación de vulnerabilidad emocional, facilitar pautas para afrontar el estrés y la ansiedad, abrir un espacio para la reflexión y la escucha. 

Como siempre, la metodología ha sido participativa, con un componente lúdico, combinando ejercicios de mindfulness, para conectar con una misma, o sentir el apoyo que una puede dar a otra persona cercana, o recibir de ella, o de un grupo, como es el propio grupo de mujeres. Estas experiencias han dado lugar a reflexiones personales, favoreciendo la cercanía y la complicidad, consolidándolas bases para futuros encuentros. Como propuesta, igual que en talleres anteriores, se ha reiterado la necesidad por parte de las mujeres, vecinas de distintas culturas y etnias, de tener un espacio permanente de encuentro, que proporcione seguridad, que abra la posibilidad del conocimiento mutuo, de apoyo, de compartir ideas y sentimientos y, sobre todo, un espacio donde no sentirse solas frente a las dificultades

Para cualquier territorio, la salud comunitaria es muy importante, y se puede trabajar tanto en actividades grupales, como impulsando acciones más complejas, implicando a varios recursos, y cada vez, a más ciudadanía. En un barrio tan vulnerable como Cañada Real, consideramos que es muy importante estrechar estos lazos de confianza con y entre las vecinas y los vecinos, escuchar sus inquietudes e intentar aportar las herramientas, los medios, para que puedan superar o enfrentar las dificultades.

Mantenimiento de recursos de acogida, alojamiento alternativo y de emergencia social para personas en situación de vulnerabilidad social en Valladolid y Salamanca

Nombre del programa: Mantenimiento de recursos de acogida, alojamiento alternativo y de emergencia social para personas en situación de vulnerabilidad social de Accem en Valladolid y Salamanca.

Ámbito territorial: Autonómico. Castilla y León (Salamanca y Valladolid).

Financiador: Junta de Castilla y León – Gerencia de Servicios Sociales.

Contenido: El programa ofrece acogida temporal a personas en situación o riesgo de exclusión social, autóctonas o inmigrantes, con o sin cargas familiares, en dos alojamientos, dando cobertura a las necesidades básicas de alojamiento, manutención y transporte, así como a los gastos de alquiler, mantenimiento de la vivienda (luz, agua, calefacción, reparaciones, etc.), manutención de las personas acogidas y gastos personales (productos de higiene, tasas documentales, medicamentos bajo prescripción médica, transporte, limpieza, etc.).

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Atención a necesidades básicas y urgentes de personas en situación de pobreza y vulnerabilidad social en Castilla y León

Nombre del programa: Atención a necesidades básicas y urgentes de personas en situación de pobreza y vulnerabilidad social en Castilla y León.

Ámbito territorial: Autonómico. Castilla y León (Ávila, Burgos, León, Salamanca, Segovia y Valladolid).

Financiador: Junta de Castilla y León – Gerencia de Servicios Sociales.

Contenido: Este proyecto está destinado a personas en situación de pobreza y vulnerabilidad social. Pretende facilitar con un enfoque integral la atención de las necesidades básicas, urgentes y puntuales que favorezcan la inclusión de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, promoviendo la mejora de su situación, de su bienestar y su salud.

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El consentimiento en la trata de personas: un elemento jurídicamente irrelevante

En ocasiones, cuando hablamos de trata de seres humanos, la víctima es engañada y termina estando en una situación de explotación sin conocer, en el momento de su captación o traslado, cuál será su cometido final.

Cada día, multitud de personas que pensaban que trabajarían en una peluquería, en el campo o en una fábrica de conservas, inician un trayecto de miles de kilómetros para finalmente ser explotadas en prostíbulos, plantaciones agrícolas o incluso ser obligadas a transportar drogas entre países.

Asimismo, existen otras víctimas en las que, a priori, no existe ese engaño porque son totalmente conocedoras de cuál será su cometido cuando lleguen al lugar de destino. Es en estas situaciones cuando se siguen dando ciertos discursos absolutamente desacertados que se amparan y justifican en que ese consentimiento exime al explotador o tratante de su responsabilidad, argumentando que la víctima no ha sido engañada en el ‘trabajo’ que va a desempeñar y que ha aceptado realizar.

Pero habría que preguntarse, ¿cómo se ha conseguido ese consentimiento? ¿Qué lleva a que una persona acepte transportar droga dentro de su propio cuerpo con los riesgos que eso conlleva para su salud? ¿Por qué una persona consiente pasar jornadas interminables haciendo de mimo en una plaza o prostituyéndose más de 15 horas al día?

Lo cierto es que, en nuestro ordenamiento jurídico, para el delito de trata de personas, este consentimiento es totalmente irrelevante y no se tiene en cuenta en ninguna de sus fases, básicamente porque la persona no consiente de manera libre, siempre se da alguna circunstancia que limita su voluntad, como el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, que aboca a la persona a aceptar y al tratante a obtener así el consentimiento de la víctima.

En este aspecto, todavía queda mucho camino por recorrer. Según la UNODC (Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito), algunos países continúan regulando en sus legislaciones que la víctima mayor de edad y que consiente en la actividad de trata sin que medie engaño, coerción, amenaza o fuerza no es considerada víctima y, por lo tanto, no se considera delito. Aún así, estamos ante una práctica que tiende a desaparecer ante la consideración de que la víctima no consiente libremente en ser explotada, sino que hay circunstancias personales, sociales, económicas, entre muchas otras, que influyen profundamente en que la víctima acepte realizar determinadas conductas. Estaríamos, de esta forma, y tal y como se recoge en nuestro código penal, ante un consentimiento viciado y, por tanto, invalidado e irrelevante ante un tribunal, por lo que el consentimiento de la víctima carece de efectos jurídicos, independientemente de su edad o de la forma en la que se haya constituido la explotación.

Por eso, es importante tener siempre en cuenta que, aunque una persona acepte realizar una determinada conducta o acción en el contexto de la trata de personas y con cualquier modalidad de explotación, debemos reflexionar sobre la situación de vulnerabilidad y vivencias personales que hay tras esa persona o los medios indebidos que se han utilizado para conseguir este consentimiento.

 

 

Perspectiva desde la jurisprudencia del “abuso de situación de vulnerabilidad” en la trata de personas

La lucha contra la trata de seres humanos implica la necesidad de analizar cada uno de los elementos que constituyen este delito: la acción, los medios por los que se produce tal acción y la finalidad de la misma, la explotación. Así se viene realizando a través de organismos y políticas nacionales e internacionales mediante las que se elaboran informes, estudios y recomendaciones con el fin de obtener información relevante y determinar, así, una óptima actuación de los agentes clave ante este fenómeno. Asimismo, los órganos jurisdiccionales, a través de sus sentencias, van sentando jurisprudencia en relación a los medios por los que se origina este delito, como es el abuso de una situación de vulnerabilidad, incluido en el Protocolo de Palermo como uno de los medios a través del cual se podría someter a una persona a una serie de acciones concretas, como la captación, el traslado y la recepción de la víctima, para someterla a una situación de explotación.

Dada la importancia del abuso de la vulnerabilidad como causa objetiva en el contexto de trata, se ha venido estipulando en numerosas sentencias que algunas de las causas que determinan dicha vulnerabilidad en las víctimas podrían agruparse, entre otros, en factores económicos, sociales o personales, psicológicos, culturales y familiares. Cabe añadir que la edad es determinante cuando las víctimas son niños o niñas, dado que únicamente el hecho de que estén lejos de sus familias y viviendo en un país extranjero implica, per se, una situación de mayor inferioridad y necesidad, determinando que su situación sea aún más opresiva, motivo por el que, debido a su condición de menor, ya les hace especialmente vulnerables.

Según las sentencias analizadas[1], a continuación, se detallan algunos de los factores que han sido determinantes para que se cometiese el abuso de vulnerabilidad en las víctimas:

Factores económicos:

  • Pobreza extrema.
  • Tener una situación financiera precaria para poder ser independiente del tratante.
  • Falta de alojamiento seguro y necesidad de alimentos.
  • Carencias sustanciales en la cobertura de necesidades básicas de vida.

Factores sociales y personales:

  • Exclusión social o pertenencia a un grupo de riesgo vulnerable.
  • Dependencia del alcohol o sustancias estupefacientes.
  • Situación administrativa irregular.
  • Extracción de documentos personales por parte del tratante tales como el pasaporte u otros documentos identificativos.
  • Encontrarse en una situación personal que puede incrementar la vulnerabilidad como un embarazo, una enfermedad, ser menor de edad, etc.

Factores psicológicos:

  • Pérdida completa de la autoestima por constante presión.
  • Discapacidad intelectual.
  • Inestabilidad emocional, siendo fácilmente influenciable e insegura.
  • Personas que reciben un maltrato continuado a través de violencia o de intimidación.
  • Control continuado por parte del tratante.

Factores culturales:

  • Desconocimiento del idioma.
  • Normalización de situaciones de violencia a partir de experiencias previas en sus países de origen.
  • Pertenecer a un grupo de origen racial o étnico socialmente perseguido o encontrarse en una situación de migración por esta causa.

Factores familiares:

  • Falta de puntos de referencia.
  • Condiciones insalubres de vida.
  • Familia a su cargo con necesidades básicas sin cubrir.
  • Distanciamiento con respecto a los familiares.

El término “vulnerabilidad” suele emplearse para determinar algunas de las circunstancias intrínsecas, ambientales o conceptuales, que amplían las posibilidades de que una persona se convierta en víctima de trata[2] o que sea susceptible de serlo, sin embargo, es el abuso de esta situación la que es determinante para que numerosas sentencias fundamenten su argumentación en considerarlo como un medio por el que se cometen actos de trata y reconocer, por tanto, a la persona como víctima. En consecuencia, este abuso de vulnerabilidad es clave para que las víctimas que hayan sido obligadas por sus tratantes o explotadores a cometer ilícitos penales no se les pueda hacer responsables de tales actos, adquiriendo así un enfoque basado en derechos humanos, al dejar a las víctimas impunes por verse coaccionadas a perpetrar actos criminales.

 

Referencias:

[1]

Sentencia del Tribunal de 1ª Instancia (513 Kls) 255 Js 637/18 (38/18) de 25 de junio de 2019

Sentencia del Tribunal Supremo Supreme Court Decision no. 2/2019 (Nea Manolada), de 18 de junio de 2019.

Sentencia del Tribunal Supremo ECLI:NL:HR:2011:BR0448, del 20 de diciembre de 2011.

Sentencia del Tribula de Apelación de Appeal Court, High Court of Justiciary, Glasgow, de 23 de enero de 2019.

Sentencia del Tribunal Supremo Cass. pen. Sez. V, n. 2775 de 18 de noviembre de 2010

Sentencia del Tribunal de 1ª Instancia, Case 0115, de 19 de enero de 2015.

Sentencia del Tribunal de Distrito de Luxemburgo, nº 34/19, de 23 de enero de 2019.

 

[2] UNODC, documento temático: Abuso de una situación de vulnerabilidad y otros “medios” en el contexto de la definición de trata de personas.

Renta Mínima Sí. Pon tus prejuicios en cuarentena

Manifiesto de la red EAPN España, de la que Accem forma parte a nivel estatal y también a través de sus diferentes redes autonómicas, a favor de una renta mínima estatal.

La actual pandemia de la COVID-19 ha profundizado la situación de vulnerabilidad social y económica en la que viven millones de personas en España.

Las organizaciones abajo firmantes consideramos que disponer de una Renta Mínima debe ser un derecho de las personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad, para el desarrollo de la vida en condiciones básicas de dignidad y bienestar. Es un requisito indispensable para que personas y familias con mayores dificultades puedan cubrir sus necesidades, así como participar y contribuir a la sociedad en la que viven. Por tanto, resulta fundamental para hacer frente a la pobreza severa y poder salir de la exclusión social.

El Pilar Europeo de Derechos Sociales define la renta mínima como la prestación adecuada que garantiza una vida digna durante todas las etapas de la vida, así como el acceso a bienes y servicios de capacitación a los que tiene derecho cualquier persona que no disponga de suficientes recursos.

La Renta Mínima Estatal beneficiaría a millones de personas que antes de la pandemia ya se encontraban en situación de gran precariedad, a las que se sumarían quienes a consecuencia de la COVID-19 ahora se encuentran bajo el umbral de pobreza.

Actualmente, casi 600.000 familias carecen de ingresos y hay que recordar que antes de la pandemia un 26% de la población vivía en riesgo de pobreza y exclusión social en España, mientras la pobreza severa afectaba a más de 2,5 millones de personas.

Disponer de un ingreso estable y de fácil acceso y gestión permitiría reactivar el  proceso de inclusión social de las personas que viven esta realidad. Y en ese sentido, defendemos la Renta Mínima Estatal como un derecho subjetivo y compatible con los sistemas de ingreso mínimo de las Comunidades Autónomas, estableciendo una base mínima, que puede ser ampliada por los gobiernos autonómicos, según sus criterios.

Sin embargo, la defensa del derecho a salir de la pobreza a través de esta herramienta, que consideramos fundamental para mejorar la vida de las personas, se está utilizando también para fomentar, la polarización social, el discurso de odio y la aporofobia. Se han producido reacciones que refuerzan los prejuicios y discriminación sobre las personas que podrían beneficiarse de la misma, menoscabando su dignidad.

No podemos permitir un paso atrás en la defensa de derechos básicos de las personas en riesgo de pobreza y/o exclusión social, ni mucho menos en la defensa de su dignidad.

Por ese motivo, y frente a la falsa imagen que transmiten los prejuicios y el odio, queremos dejar claro que la renta mínima que proponemos no supone un gasto, sino una inversión para la inclusión social y fundamento de desarrollo económico sostenible. Es una medida de eficiencia económica, que contribuirá, en un primer momento, a paliar las necesidades de emergencia de las personas en situación de mayor vulnerabilidad y, a medio y largo plazo, a dar estabilidad económica y bienestar a las personas, para que puedan alcanzar el máximo potencial de su capital humano.

Organizaciones de acción social y cooperación al desarrollo de toda España reiteramos que disponer de un ingreso digno es un derecho que consideramos fundamental para el desarrollo individual y familiar. En este sentido, la Renta Mínima estatal debe:

  • Eliminar la pobreza severa y reducir la pobreza relativa, proporcionando a los hogares sin ingresos o con ingresos por debajo del umbral de la pobreza, una renta que les permita salir de tal situación.
  • Eliminar la pobreza infantil mediante un complemento por hijo/a a cargo, para todos los hogares que estén por debajo del umbral de pobreza.
  • Asegurar una vivienda digna para los hogares en pobreza, mediante un complemento por vivienda, en los casos en los que no se disponga de una vivienda adecuada.
  • Incrementar la inclusión social, estableciendo itinerarios sociolaborales personalizados, con perspectiva de género, para favorecer la reincorporación al mercado de trabajo de las personas beneficiarias que estén en condiciones de trabajar.
  • Debe ser un sistema ágil y accesible que permita que cualquier persona que lo necesite pueda acceder y desarrollar el proceso de solicitud sin trabas burocráticas, y asegurando que se dispone de los apoyos necesarios para atender cualquier dificultad de comprensión y conexión digital.

La exclusión social y la desigualdad en España constituyen problemas profundos y multidimensionales, que requieren de una acción política decidida para ser erradicadas. Ha llegado la hora de concretar acciones que cambien positiva y eficazmente el destino de millones de personas. Una Renta Mínima Estatal es más necesaria que nunca.

Pon tus prejuicios en cuarentena. Defendemos el derecho de las personas a la garantía de ingresos para una vida digna. Actívate contra la Pobreza.

#RentaMínimaSí

> Muestra tu apoyo y únete a este manifiesto.

 

 

Atención integral para personas inmigrantes en viviendas de acogida en Cartagena

Nombre del programa: Atención integral para personas inmigrantes en viviendas de acogida.

Ámbito geográfico: Cartagena (Región de Murcia).

Financiadores: Consejería de Política Social, Familias e Igualdad. Dirección General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Contenido: Para el desarrollo de este proyecto se dispone de dos dispositivos de acogida en pisos situados en diferentes barrios, ya que este tipo de recurso favorece el contacto y convivencia en contextos sociales normalizados. El tipo de alojamiento se corresponde con las características de una vivienda tradicional compuesta por comedor-sala de estar, dormitorios, cocina, galería, cuartos de baños y balcón.

En los dispositivos se proporciona una atención integral, de carácter asistencial, destinada a alojar y atender, de forma temporal, a personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad social, a la vez que se promueve el desarrollo de capacidades sociales. Ello implica que además de la cobertura de necesidades básicas y el apoyo necesario en el restablecimiento de contactos familiares y sociales, durante el periodo de acogida también se ofrece atención social y cívica en ámbitos fundamentales como sanidad, empleo, vivienda, educación, participación en comunidad, acceso a recursos y servicios comunitarios. Además, se desarrollan talleres formativos en diferentes disciplinas, talleres de alfabetización y aprendizaje del castellano.