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La Alianza por la Ley de Igualdad de Trato celebra por fin su aprobación en el Congreso

Comunicado de la Alianza por la Ley de Igualdad de Trato, de la que Accem forma parte.

Las entidades que forman parte de la Alianza por la Ley de Igualdad de Trato celebran la aprobación en el Congreso de la Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación como instrumento imprescindible para luchar contra la discriminación y cumplir el principio de igualdad de forma amplia e integral.

El contenido de la norma incorpora, en consonancia con los estándares internacionales y europeos, un régimen sancionador, la creación de un organismo independiente de Igualdad, la introducción del antigitanismo en el código penal como un delito de odio específico y la incorporación de la definición de segregación escolar, tal y como pedían las entidades. También refuerza la protección de las personas en situación de sinhogarismo frente a la discriminación, ampliando el ámbito objetivo de la ley al uso y estancia en la vía pública.

Sin embargo, las entidades consideran que esta norma carece de medidas que aborden cuestiones como la accesibilidad, la protección de la infancia, el diálogo con la sociedad y la formación de agentes clave en la lucha contra la discriminación. Además, echan en falta una mayor concreción de las conductas que pueden dar lugar a una sanción y de cuestiones como la interseccionalidad, la inversión de la carga de la prueba, la reparación, la discriminación en el ámbito de lo público, la discriminación estructural y la que puede ejercerse por determinadas instituciones, como puede ser la policía, los servicios sociales o la Administración de Justicia.

En lo relativo a la protección a las víctimas, las ONG alertan sobre vacíos importantes, dado que la Ley no contempla mecanismos suficientemente efectivos de protección integral, tales como el acompañamiento y la traducción. Además, la regulación de la discriminación en determinados ámbitos sigue siendo deficiente, como en el caso de las fuerzas y cuerpos de seguridad, la educación o las empresas.

La Alianza por la Ley de Igualdad de Trato considera que esta Ley es imprescindible para asegurar el disfrute de todos los derechos sin discriminación y para que España deje de estar “en deuda con la igualdad”. Fue creada en 2020 por entidades dedicadas a la lucha contra la discriminación racial o étnica para impulsar su tramitación definitiva tras dos intentos fallidos en 2011 y 2019 y el compromiso de promulgación de la misma por parte de España ese mismo año ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

Forman parte de la Alianza organizaciones referentes en la lucha contra múltiples formas de discriminación: Accem, Asociación Rumiñahui, CERMI, CESIDA, CEAR, Cruz Roja Española, Fundación Cepaim, FELGTB, Fundación Secretariado Gitano, HOGAR SÍ, Movimiento por la Paz –MPDL-, Provivienda, Red Acoge y Save the Children.

Dos nuevas guías en español para luchar contra los delitos de odio

Dos nuevas guías prácticas dedicadas a los delitos de odio han sido publicadas en español. Se trata de una guía de “Herramientas de recogida de datos y monitorización de delitos de odio” y otra que aborda la “Legislación sobre los delitos de odio”.

Ambas han sido realizadas por la Oficina para las Instituciones Democráticas y los Derechos Humanos (ODHIR), órgano de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE), y han sido traducidas al castellano por la Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.  

La primera contiene pautas para desarrollar metodologías para recabar, mantener y divulgar datos y estadísticas sobre delitos de odio. Se reconoce, además, el importante papel que desempeña la sociedad civil en la recogida de datos sobre delitos de odio y en su monitorización.

La segunda guía, al recoger las motivaciones prácticas y teóricas para promulgar legislación sobre delitos de odio, incluye la definición de delito de odio, las características específicas de este tipo de infracciones. Asimismo, detalla los elementos que permiten diferenciar un delito de odio de un delito convencional. Además, la publicación analiza cómo se redactan las leyes sobre delitos de odio y las consecuencias que tienen las distintas opciones legislativas, utilizando ejemplos de toda la región OSCE.

Estas dos guías prácticas se unen a la ya traducida “Persecución penal de los delitos de odio” y completan la labor de traducción de la Secretaría General de Inmigración y Emigración de las tres guías elaboradas por la ODHIR con el objetivo de apoyar a los Estados miembro de la OSCE en la lucha efectiva contra los delitos de odio. 

 

Se pueden descargar las tres guías prácticas en los siguientes enlaces:

“Herramientas de recogida de datos y monitorización de delitos de odio”. >> 

“Legislación sobre los delitos de odio (guía práctica)”. >>

“Persecución penal de los delitos de odio”. >>