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Accem celebra que el Ministerio de Transportes amplíe el programa ‘Verano joven’ a jóvenes de nacionalidad extranjera no comunitaria

Accem presentó un escrito el año pasado argumentando que el programa del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible incumplía la normativa vigente en materia de Igualdad de Trato y No Discriminación. En la primera edición del programa ‘Verano joven’, solo pudieron beneficiarse jóvenes españoles o de algún país de la Unión Europea con residencia legal en España. Gracias a la intervención de Accem, se ha corregido el requisito de nacionalidad, permitiendo que la juventud extranjera no comunitaria con residencia legal en España acceda a los descuentos para viajar durante el verano de 2024.

Este programa del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ofrece descuentos en billetes de autobús y tren a personas entre 18 y 30 años para viajar por España y Europa entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2024. En la edición de 2023, 1,13 millones de jóvenes se beneficiaron de bonificaciones en sus viajes en tren o autobús por España, y se registraron más de 16 mil pases Interrail para viajar por toda Europa.

No obstante, desde el equipo jurídico de Accem se actuó ante el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible al considerar que el requisito de nacionalidad española y/o comunitaria que se exigía en la primera edición del ‘Verano joven’ suponía un incumplimiento de la normativa vigente en materia de No Discriminación. De hecho, este requisito impidió a jóvenes de terceros países no comunitarios, con residencia legal en España, acogerse a los descuentos para viajar por la red de transporte estatal y europea.

En el escrito, Accem solicitó la modificación de este criterio, alegando que esta distinción constituía un requisito de nacionalidad excluyente, prohibido por el artículo 2.1 de la Ley Integral de Igualdad de Trato y No Discriminación, en desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución. Desde Accem valoramos muy positivamente esta corrección por parte de la Administración Pública.
Gracias a la acción de Accem, enmarcada en nuestra línea de trabajo de Igualdad de Trato y No Discriminación, jóvenes de diversas nacionalidades, con DNI y NIE, y residencia legal en España, podrán beneficiarse de importantes descuentos para viajar por España y Europa entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2024.

Conoce todo el trabajo de Accem en la lucha contra la discriminación racial o étnica y por la igualdad de trato.

Éxito legal de Accem en la defensa de los derechos sanitarios bajo la Protección Subsidiaria

Recientemente, el equipo de Accem del Servicio de Asistencia y Orientación a Víctimas de Discriminación por Origen Racial o Étnico logró una victoria significativa al anular una factura médica de 7.620 euros. Esta factura había sido emitida incorrectamente a una familia recién llegada a España, beneficiaria de la protección subsidiaria por extensión familiar.

El caso comenzó cuando un beneficiario de protección subsidiaria en España solicitó extender este estatus a su familia, compuesta por sus padres y un hermano que residían fuera de España. Tras la aprobación de esta solicitud el 15 de junio de 2023, la familia tenía derecho no solo a reunirse en España sino también a recibir asistencia sanitaria gratuita desde el momento de la concesión.

Sin embargo, tras su llegada a Vitoria, en Euskadi, el padre, cuyo estado de salud ya era frágil, sufrió un grave deterioro que requirió hospitalización. Desafortunadamente, falleció tres días después de su ingreso. A pesar de su estatus protegido, se emitió una factura por los servicios médicos durante su hospitalización.

El equipo jurídico de Vitoria-Gasteiz de Accem, a través del Servicio de Asistencia y Orientación a Víctimas de Discriminación por Origen Racial o Étnico intervino de manera efectiva, proporcionando asesoramiento jurídico y redactando un alegato que demostraba que, bajo la resolución de protección subsidiaria, la familia tenía derecho a la asistencia sanitaria gratuita desde el inicio de su reconocimiento legal. Este argumento fue presentado ante Osakidetza, el Servicio Vasco de Salud, que reconoció el error y procedió a anular la factura de 7.620 euros.

Este caso no solo resalta la importancia de la asesoría legal en la protección de los derechos de las personas inmigrantes y refugiadas, sino que también pone de manifiesto la labor crucial de Accem y el Servicio de Asistencia y Orientación a Víctimas de Discriminación por Origen Racial o Étnico en la promoción de la justicia y el apoyo a las comunidades vulnerables en España. La resolución de este caso refuerza el derecho de acceso a servicios básicos como la salud, subrayando el compromiso de las instituciones y organizaciones involucradas en respetar y aplicar la ley de manera justa y equitativa.

¿Qué es la Protección Subsidiaria?

La protección subsidiaria es una forma de asilo otorgada a personas solicitantes de protección internacional que no cumplen con todos los criterios para ser reconocidos como refugiados según la Convención de Ginebra de 1951, pero que aún así necesitan protección porque enfrentan riesgos reales de sufrir daños graves si regresan a su país de origen. Estos riesgos pueden incluir enfrentarse a la pena de muerte, ser víctimas de tortura o tratos inhumanos o degradantes, o sufrir amenazas graves contra su vida o integridad debido a violencia indiscriminada en situaciones de conflicto armado internacional o interno. Al otorgar la protección subsidiaria, los Estados proporcionan un refugio seguro y garantizan derechos fundamentales, incluyendo el acceso a servicios médicos y educación, y la posibilidad de vivir y trabajar legalmente en el país de asilo. Este estatus es crucial para asegurar que las personas en riesgo puedan llevar una vida digna y segura mientras no puedan regresar a sus hogares de manera segura.

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¿Qué es el Servicio de Asistencia y Orientación a Víctimas de Discriminación por Origen Racial o Étnico?

Este servicio se centra en combatir la discriminación racial o étnica proporcionando apoyo integral a las víctimas. Esto incluye orientación legal y psicosocial a personas que enfrentan, conocen o han sufrido discriminación. En él se trabaja activamente para reducir la infradenuncia mediante programas que permiten la auto-identificación y el conocimiento de derechos. Además, se dispone de un número de teléfono gratuito, el 021, que permite a las víctimas reportar casos de discriminación en ámbitos como la vivienda, el trabajo y los servicios sanitarios.

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Los solicitantes de protección internacional podrán obtener autorización de residencia sin renunciar al asilo

Los solicitantes de protección internacional podrán obtener la autorización de residencia en España sin por eso tener que renunciar a su solicitud de protección, según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La secretaria de Estado de Migraciones, Hana Jalloul, ha respondido favorablemente al Defensor del Pueblo, institución desde la que se había pedido desde 2017 que se clarificase la compatibilidad de los procedimientos de asilo con aquellos regulados por la legislación de extranjería. La petición del Defensor del Pueblo se debía a las barreras con las que se encontraban los solicitantes de protección internacional que veían que el trámite de solicitud de residencia por circunstancias excepcionales se veía condicionado por la renuncia a la solicitud de asilo.

Con esta decisión, y aunque el procedimiento de extranjería y el de la protección internacional responden a dos realidades diferenciadas, los/as solicitantes de protección internacional podrán solicitar la autorización de residencia temporal por razón de arraigo por circunstancias excepcionales. Esta solicitud de autorización de residencia por arraigo en ningún caso podrá ser inadmitida a trámite.

La secretaria de Estado, en su respuesta al Defensor del Pueblo, defiende la necesidad de adoptar “un enfoque flexible y personalizado” en el diseño e implementación de políticas inclusivas, que ponga “en primer lugar a la persona”, al amparo del artículo 10.1 de la Constitución española, dedicado al reconocimiento de la dignidad de la persona y de los derechos inviolables que le son inherentes.

Desde Accem consideramos favorablemente esta medida ya que permitirá que los solicitantes de protección internacional puedan solicitar una autorización de residencia por arraigo sin tener que renunciar a su solicitud de protección como venía sucediendo hasta ahora en la práctica. De esta forma, se refuerza el correcto ejercicio del derecho a solicitar asilo, garantizando que toda persona que lo solicite, no se vea obligada a renunciar a su solicitud por intentar obtener un permiso de residencia.

> Accede a la información publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

> Conoce el trabajo de atención, acogida e integración de Accem con las personas refugiadas.

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