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Fructífera colaboración entre Accem e Inercia Digital en Sevilla

A comienzos de 2020, Accem e Inercia Digital firmaron un convenio en Sevilla que ha posibilitado la colaboración mutua en varios proyectos europeos, centrados en la mejora continua de la formación, la innovación en competencias digitales y de emprendimiento, para así contribuir a los retos digitales, económicos, sociales y culturales de nuestro tiempo.

Inercia Digital es una innovadora empresa social andaluza, especializada en formación e innovación de competencias digitales a nivel internacional, sobre todo a través de proyectos como el Programa de Aprendizaje Permanente y el Programa Erasmus+.

En el marco de este convenio innovador, este otoño pudimos sensibilizar a casi cien jóvenes de entre dieciocho y treinta y cuatro años en igualdad de trato y no discriminación, a través del proyecto europeo Youth Work 2.0, cuyo principal objetivo consiste en mejorar la calidad del trabajo juvenil para ser agentes activos de inclusión, para luchar contra la discriminación y para fomentar el desarrollo de competencias sociales, cívicas e interculturales entre los jóvenes.

Tras el éxito de esta acción, Inercia Digital nos solicitó una capacitación más especializada en materia de no discriminación, dirigida a sus profesionales/trabajadores y así lo realizamos a través del taller “Detección y acción frente a la discriminación por motivos de origen racial o étnico. Derecho fundamental a la igualdad de trato”, donde abordamos casos concretos discriminatorios, su detección e intervención y apoyo social, basados en nuestra experiencia de continuidad, y su diferencia con los denominados delitos de odio.

Ambas acciones están enmarcadas en el programa de “Asistencia a víctimas de discriminación por origen racial o étnico”, que desde Accem desarrollamos con la financiación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI).

Discriminación en el acceso al instituto de una alumna madrileña por vestir el hiyab

Desde Accem, como entidad integrante del Servicio de Asistencia a Víctimas de Discriminación Racial o Étnica, hemos instado al Consejo Escolar del instituto de enseñanza secundaria infractor, y a la Inspección Educativa de zona, a resolver la cuestión que exponemos a continuación, y a apoyar a la alumna afectada por la medida discriminatoria, motivada en su creencia religiosa.

El pasado 18 de septiembre de 2020 se iniciaba el curso escolar en los ciclos formativos de la Comunidad de Madrid. También en uno de los centros del municipio de Alcorcón, del cinturón sur de la región madrileña, con presencia de población extranjera significativa porcentualmente.

Consecuencia del protocolo sanitario establecido, el alumnado esperaba en la puerta del centro educativo a ser llamado por el personal del mismo quienes les daban entrada, accediendo a las clases, respetando distancias y tiempos.

Al ser nombrada la alumna discriminada, y cuando accedía a las instalaciones, el personal del centro le impide el paso, solicitando que esperase a que acudiera la jefa de estudios responsable de los ciclos formativos. ¿Motivo? Que llevaba hiyab, un elemento fundamental de su identidad cultural y religiosa. La jefa de estudios le informó de una normativa interna del centro que impedía acceder al mismo con la cabeza cubierta. No podía acceder al centro y regresaba a su domicilio.

La respuesta obtenida de los responsables del centro de forma reiterada a través de conversación telefónica mantenida a finales de septiembre con el técnico de Accem de este programa, fue comparar el hiyab con una gorra o visera.

La estudiante afectada, mayor de edad, intentó sin éxito poder explicar a la jefatura de estudios y a la dirección del centro, cuáles eran sus motivos y argumentos para vestir con la hiyab, aferrándose a una razón religiosa y cultural.

Por ello, ante la vulneración de su derecho fundamental a la igualdad de trato, se realizó la oportuna reclamación escrita ante el propio IES discriminador y ante el registro de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.

El centro educativo esgrime para impedir su derecho a la educación las “Normas de Convivencia” internas, aprobadas con fecha 30 de junio de 2020 donde se relata “la necesidad de limpieza e higiene en la apariencia y vestimenta del alumnado y comunidad educativa así como la obligación de la cabeza descubierta por gorras y viseras (…)”. Curiosamente, en su artículo 2.1, destaca, entre otros, como finalidad educativa del centro, expresada de modo palmario y, sin embargo, indiciariamente conculcada:

“Desarrollar en los alumnos hábitos de vida saludables, comportamientos respetuosos para con los demás y el medio ambiente y actitudes tolerantes, solidarias e integradoras que favorezcan la convivencia.”

Principio informador no discriminatorio de las propias normas internas esgrimidas por el centro educativo para impedir que la alumna creyente musulmana acceda a sus instalaciones que es notorio no aplica en este supuesto.

La respuesta obtenida de ambos responsables del centro fue comparar su hiyab como si fuese una gorra o una visera, reiterada también al técnico del programa de Accem, a través de una conversación telefónica mantenida a finales de septiembre.

El caso ha continuado ante el Consejo Escolar del IES, mediante escrito motivado en hechos y fundamentos de derecho aplicable (local, regional y estatal). El Consejo Escolar es el órgano competente para dirimir y resolver la cuestión flagrante planteada por la víctima y, sin embargo, este se ha inhibido de respuesta alguna. Es más, el propio centro va a expulsar a la alumna por las faltas de asistencia a las clases.

Ante esta situación discriminatoria, argumentalmente patética, a finales de noviembre se contactó con el inspector educativo de la Comunidad de Madrid, supervisor del centro, exponiendo la situación, y solicitando, mediante la presentación de un escrito motivado, la revocación de la medida discriminatoria y el acceso a la alumna al centro educativo. A la fecha de cierre de la edición de este boletín no hemos recibido respuesta.

La gravedad, la trascendencia social y legal de los hechos producidos, siendo la víctima una alumna creyente musulmana, a quien se le ha impedido el acceso al centro, negándole el desempeño de su curso escolar; ha propiciado que haya perdido la oportunidad de acceder al inicio de las clases y perder el curso escolar, con el consiguiente perjuicio formativo y curricular objetivable. Ha sido imposible, además, comenzado el curso, que pueda inscribirse en otro centro educativo.

Desde Accem, enfatizamos el grave quebranto producido en la función de velar por la protección de los derechos del alumnado, principio nuclear del derecho a la educación en España, por quienes deben, precisamente, ser garantes del mismo sin discriminación alguna ni desigualdad de trato amparada en supuestas “normas de convivencia”, a todas luces contrarias al fin primordial de su mandato y aplicabilidad en la actual sociedad madrileña y española.

Por ello, se hace aún más necesaria una Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación que ampare y asista a la víctima, dotándola de seguridad jurídica en una sociedad diversa y plural, y sancionando conductas discriminatorias institucionales como esta.

 

La Alianza por una Ley de Igualdad de Trato urge al Gobierno a cumplir con su compromiso de tramitar una nueva ley

En el Día Internacional para la Tolerancia volvemos a reclamar la tramitación de una Ley Integral de Igualdad de Trato, instando a las autoridades competentes a poner en marcha todos los mecanismos necesarios para su promulgación.

Tras varios intentos fallidos para la aprobación de una Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación, las entidades que nos hemos unido en la Alianza por una Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación, volvemos a urgir a los poderes públicos a que cumplan su compromiso con la Organización de Naciones Unidas (ONU) de aprobar esta ley imprescindible para asegurar el disfrute de todos los derechos sin discriminación. El pasado mes de julio el Estado se comprometió con el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, sin embargo, todavía no se ha avanzado en su promulgación, dejando a España aún en deuda con la igualdad.

Compromiso del Estado español ante la ONU

El pasado mes de julio el Estado español se comprometió ante el Consejo de Derechos Humanos para impulsar esta ley, afirmando su voluntad de “aprobar próximamente la Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación”. Sin embargo, las entidades que formamos parte de la Alianza aún no hemos tenido conocimiento de que haya ninguna propuesta legislativa trabajándose en el Congreso. Tampoco contamos con información de que vaya a crearse un proceso de consulta a fin de que esta ley incorpore un enfoque interseccional que incluya todas las mejoras necesarias para que las víctimas de discriminación encuentren la respuesta que vienen esperando.

Consideramos fundamental que este compromiso se materialice con carácter urgente. En ese sentido, recordamos que una primera versión de este texto normativo se remitió al Congreso de los Diputados en 2011, tras más de dos años de trabajos preparatorios en los que participaron muchas organizaciones de la sociedad civil, aunque su tramitación se vio frustrada por la convocatoria prematura de elecciones.

Avances insuficientes

Las ocho organizaciones especializadas en la lucha contra todas las formas de racismo que formamos parte de esta Alianza hemos remitido una carta al Gobierno de España para urgir al cumplimiento del compromiso adquirido con la aprobación de esta ley tan necesaria que se encuentra estancada desde hace más de 10 años.

En la carta, las entidades destacan “las situaciones de discriminación a las que se enfrentan en su día a día las personas con las que trabajan, que sufren vulneraciones diarias de sus derechos y que, en la mayoría de las ocasiones, no pueden responderse de manera efectiva, simplemente porque no existe un marco normativo específico que las sancione o que las aborde de manera adecuada”.

Víctimas sin resarcir

Las entidades que impulsan esta Alianza llevan muchos años trabajando con víctimas de distintas formas de racismo, xenofobia y antigitanismo, y conocen de primera mano las consecuencias directas para estas personas de la ausencia de un marco normativo adecuado; muchas han sido las ocasiones en las que personas que sufren vulneraciones de derechos en base a su origen racial o étnico han quedado sin resarcir adecuadamente por no existir un régimen de infracciones y sanciones. Por ejemplo, los casos en los que los superiores jerárquicos de una empresa instan a sus empleados a no dar servicio a personas pertenecientes a determinados grupos, o cuando particulares se niegan a alquilar una vivienda a personas gitanas o de origen migrante. Todas estas situaciones no pueden denunciarse, simplemente porque nuestra normativa no las sanciona.

 

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Varias ONG se alían para exigir a las autoridades que cumplan con el compromiso expresado ante la ONU con la Ley de Igualdad de Trato

Accem, Asociación Rumiñahui, Comisión Española de Ayuda al Refugiado, Cruz Roja Española, Fundación Cepaim, Fundación Secretariado Gitano, Movimiento por la Paz-MPDL y Red Acoge, todas ellas organizaciones de la sociedad civil referentes en la lucha contra todas las formas de racismo, xenofobia y antigitanismo, han hecho pública su “Alianza por una Ley de Igualdad de Trato”. Con esta iniciativa persiguen que se dé impulso a la tramitación de una Ley integral de Igualdad de Trato y No Discriminación que establezca un régimen de infracciones y sanciones, incluyendo la obligación de reparación de los daños y perjuicios causados a las víctimas, y que se cree una autoridad independiente para velar por su cumplimiento y monitorizar la vulneración de derechos fundamentales.

Una deuda con la igualdad

Numerosas instituciones europeas e internacionales de protección de los derechos humanos llevan muchos años instando a España a dotarse de una Ley integral de Igualdad de Trato y No Discriminación. El Comité de Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, ambos de Naciones Unidas, o la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI, por sus siglas en inglés) han incluido en varios de sus informes sobre España la recomendación de aprobar esta norma, imprescindible para consolidar un régimen normativo eficaz que aborde todas las formas de discriminación que sufren muchas personas en nuestro país.

Mientras que el Código Penal ha incorporado muchas mejoras en los últimos tiempos para combatir los delitos de odio, esto es, los ataques racistas más graves, las discriminaciones más habituales y cotidianas que enfrentan las personas pertenecientes a colectivos no mayoritarios siguen sin ser contempladas en la normativa vigente y sin disponer de una ley propia que viene reclamándose desde su primer proyecto de Ley en 2011. Por ello, bajo el hashtag #DeudaConLaIgualdad, las entidades que integran esta alianza quieren incidir en la necesidad de su aprobación ante la ciudadanía. 

Víctimas sin resarcir

Las entidades que impulsan esta Alianza llevan muchos años trabajando con víctimas de distintas formas de racismo, xenofobia y antigitanismo, y conocen de primera mano las consecuencias directas para estas personas de la ausencia de un marco normativo adecuado; muchas han sido las ocasiones en las que personas que sufren vulneraciones de derechos en base a su origen racial o étnico han quedado sin resarcir adecuadamente por no existir un régimen de infracciones y sanciones. Por ejemplo, los casos en los que los superiores jerárquicos de una empresa instan a sus empleados a no dar servicio a personas pertenecientes a determinados grupos, identificaciones por perfil étnico o racial por parte de la policía, o cuando particulares se niegan a alquilar una vivienda a personas gitanas o de origen migrante. Todas estas situaciones no pueden denunciarse, simplemente porque nuestra normativa es insuficiente y dispersa, careciendo de un régimen sancionador para aquellos incidentes no constitutivos de ilícitos penales.

Por otro lado, hay situaciones en las que, a pesar de denunciar por vía penal, ha sido imposible lograr una sentencia condenatoria para el agente discriminador, habida cuenta de lo difícil que es probar en este tipo de procedimientos judiciales las situaciones discriminatorias. Así ha ocurrido en casos de denegación de acceso a personas gitanas o de origen migrante a restaurantes o locales de ocio, de acoso racista por parte de algunos vecinos y vecinas o de hostigamiento por parte de agentes de seguridad privada a mujeres gitanas en centros comerciales o supermercados.

Compromiso del Estado español

Este jueves 16 de julio culminaba ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas el tercer Examen Periódico Universal al que se ha sometido el Estado español. Al igual que en las ediciones anteriores, varios han sido los Estados que han incluido, entre sus recomendaciones, la necesidad de aprobar una Ley integral de Igualdad de Trato. En esta ocasión, sin embargo, el Gobierno español ha expresado de manera muy contundente su compromiso con el impulso de esta norma, afirmando su voluntad de “aprobar próximamente la Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación”, en la que se “ha previsto la creación de un organismo, que tendría el carácter de Autoridad para la Igualdad, encargado específicamente de promover y velar por la aplicación efectiva de esta legislación”, que contará “con autonomía y con personalidad jurídica, personal y presupuesto propio, que aplicará un régimen de infracciones y sanciones”.

Las organizaciones que forman parte de la Alianza por una Ley de Igualdad de Trato esperan que, en esta ocasión, el compromiso se materialice realmente. En ese sentido, recuerdan que una primera versión de este texto normativo se remitió al Congreso de los Diputados en 2011, tras más de dos años de trabajos preparatorios en los que participaron muchas organizaciones de la sociedad civil, aunque su tramitación se vio frustrada por la convocatoria prematura de elecciones. Desde entonces, se ha intentado en varias ocasiones retomar su tramitación, sin éxito.

El racismo, aquí, en Estados Unidos y la U.E., urge erradicarlo

Comunicado de organizaciones de la sociedad civil comprometidas en la lucha contra la discriminación racial o étnica en España.

Las entidades firmantes, implicadas todas ellas en la promoción de la igualdad de trato y en la atención a las víctimas de todas las formas de racismo en España, ante el brutal asesinato de George Floyd por parte de la policía y las reacciones sociales que se han producido en Estados Unidos, manifestamos lo siguiente:

1. Aunque nos encontremos a miles de kilómetros, nos unimos a las voces que reclaman justicia para esta víctima, así como para todas aquellas personas afroamericanas que han muerto de manera injusta a manos de la policía. Es intolerable que las instituciones que han de velar por el ejercicio efectivo de los derechos humanos y del principio de no discriminación sean precisamente las que cometen estas atrocidades. Hacemos un llamamiento al sistema de justicia estadounidense para que garanticen una investigación pronta e imparcial de esta muerte que permita a la familia de George Floyd acceder a la justicia, verdad, reparación y no repetición. Nos preocupa también la respuesta política incendiaria del Presidente de Estados Unidos, Donald Trump; las autoridades políticas, en su condición de garantes de derechos, deberían ejercer su responsabilidad para abordar esta situación y luchar contra el racismo.

2. Lo ocurrido en Estados Unidos también debería servirnos para reflexionar acerca de las distintas manifestaciones de racismo, xenofobia, afrofobia, islamofobia y antigitanismo que también se dan en nuestro país. Si bien es cierto que en España no existe un problema generalizado de brutalidad policial extrema contra las personas que no son blancas, como ocurre en Estados Unidos, es innegable que existe un racismo estructural en todos los ámbitos de la sociedad. Denegación de bienes y servicios basada en el color de la piel de las personas, políticas de control migratorio discriminatorias, discurso de odio racista en redes sociales, malas prácticas policiales como el uso de perfiles étnicos y raciales en las identificaciones, estigmatizaciones racistas en algunos medios de comunicación, declaraciones racistas, xenófobas, islamófobas y antigitanas por parte de personas que ejercen cargos públicos… Todos ellos son ejemplos cotidianos de lo que enfrentan las personas que pertenecen a minorías raciales o étnicas en España, que se agravan cuando interseccionan con otros factores como el género, y que impiden el ejercicio de la ciudadanía en condiciones de igualdad para todas las personas.

3. Es importante que la sociedad en su conjunto tome conciencia de este racismo estructural y cultural, enraizado y normalizado, no sólo para abstenerse de ejercerlo, sino también para combatirlo de manera activa. La sociedad española es mayoritariamente tolerante y cada vez más avanzada en el reconocimiento de los derechos, lo que ha permitido en avanzar en las políticas de igualdad, pero vemos que no acaba de interiorizar la lucha frente a todas las formas de discriminación racial o étnica. Tenemos que asumir que la población española es diversa, multirracial y multicultural y que es inadmisible, en un Estado democrático, que el color de la piel o el origen étnico condicionen el disfrute de los derechos humanos. Para combatir todas estas formas de racismo necesitamos el compromiso decidido de toda la ciudadanía, del tejido empresarial, de los medios de comunicación, de las organizaciones del tercer sector y de todas las instituciones públicas.

4. En este sentido, la primera medida que debería adoptarse, con carácter de urgencia, es la aprobación de una Ley integral de igualdad de trato y no discriminación que establezca un régimen sancionador y una autoridad independiente que permita acceder a la justicia a las personas que sufran cualquier manifestación de racismo y discriminación. Esta ley lleva en tramitación más de 10 años y es inadmisible que todavía no esté en vigor. Es cierto que el cambio que necesita nuestro país para superar la discriminación racial o étnica es mucho más profundo que una reforma legislativa, pero este es un primer paso absolutamente indispensable. Mientras esto no ocurra, mientras no se garanticen todos los derechos en condiciones de igualdad, la calidad democrática del Estado español seguirá en entredicho y los derechos fundamentales seguirán siendo un privilegio de las personas que pertenecen a la sociedad mayoritaria.

 

Listado de entidades que suscriben este comunicado:

Accem

Asociación Rumiñahui

Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR)

Fundación Cepaim

Fundación Secretariado Gitano

Movimiento por la Paz – MPDL

Red Acoge

Covid-19: El Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica denuncia “numerosos” casos de “discriminación, rechazo y odio”

El Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica, del que Accem forma parte, ha expresado en un comunicado su preocupación ante los “numerosos” casos “de discriminación, rechazo y odio” que se han producido contra determinados grupos étnicos o raciales, en especial contra el pueblo gitano y la comunidad asiática, en el actual contexto de crisis sanitaria, social y económica producida por la pandemia del coronavirus.

Según informa este organismo, dependiente del Ministerio de Igualdad y adscrito a la Secretaría de Estado de Igualdad, se han documentado “ataques e insultos racistas y xenófobos en la vía pública a personas que pertenecen a grupos nacionales, étnicos o raciales minoritarios”, así como “se ha detectado una gran difusión de discursos de odio racistas, antigitanos y xenófobos en redes sociales”.

En el comunicado, recogido aquí por la agencia Europa Press, se denuncia asimismo “el tratamiento mediático racista, antigitano y xenófobo por parte de algunos medios de comunicación con noticias sobre el origen de la propagación de la enfermedad o supuestos incumplimientos de la cuarentena que aluden al origen étnico, racial o nacional de las personas implicadas”. Se lamentan igualmente las “manifestaciones de representantes públicos en las que se alude al origen étnico, racial o nacional de las personas infectadas o fallecidas”, lo que contribuye “al estigma y al rechazo hacia determinados grupos”.

Ante todos estos hechos observados, desde el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica, ha hecho públicas las siguientes recomendaciones:

– Evitar discursos discriminatorios y la estigmatización de los colectivos, especialmente desde los medios de comunicación y los representantes públicos.

– Frenar la difusión de noticias falsas y del discurso del odio, siendo especialmente importante informarse únicamente a través de fuentes fiables, y contrastar la información antes de compartirla.

– Garantizar la igualdad de trato por parte de las administraciones públicas a todas las personas independientemente de su origen racial o étnico y su situación administrativa.

– Prestar especial atención a los colectivos más vulnerables y a la discriminación interseccional por razones de género, edad, discapacidad, orientación sexual o identidad de género, entre otros.

– Crear redes de solidaridad antirracistas tejiendo redes de apoyo mutuo e impulsar la igualdad como política de Estado, instando a todos los actores implicados a defender la igualdad y seguir impulsando el compromiso real con la lucha contra el racismo y la xenofobia.

– Denunciar cualquier situación de discriminación tanto propia como ajena ante el Servicio de Asistencia y Orientación a Víctimas de Discriminación Racial o Étnica.

 

Puedes contactar con el Servicio de Asistencia y Orientación a las Víctimas de Discriminación Racial o Étnica por los siguientes medios:

Tel.- 900 203 041

info@asistenciavictimasdiscriminacion.org

 

Accem apoya a un joven víctima de una agresión xenófoba en Madrid

En la madrugada del 27 de octubre en torno a las cuatro de la madrugada, en el barrio madrileño de Aluche, se produjo una grave agresión a un joven de origen guineano. En su camino de regreso a casa, fue agredido por cinco individuos encapuchados al grito de “negro de mierda, ¿dónde vas negrito?”, que le dieron varios puñetazos y le rompieron dos botellas en la cabeza, dejándolo inconsciente tirado en la calle.

Una patrulla de la Policía Nacional se encargó de llamar a los servicios de emergencia, que le atendieron en el lugar de los hechos. Tuvo que ser hospitalizado por las diversas contusiones y cortes sufridos, necesitando puntos de sutura en la cabeza y en la mano derecha.

La víctima de estos hechos, constitutivos de un delito de odio por motivos racistas, previsto y penado en nuestro Código Penal, no quería denunciarlos por temor a que afectara de manera negativa a su situación administrativa en España, al desconocimiento de sus derechos como víctima de un delito y del apoyo y asesoramiento que organizaciones como Accem pueden brindarle en aras de evitar la invisibilidad e impunidad de agresiones intolerables como esta.

Nuestra entidad trabaja en el apoyo y asesoramiento a víctimas de actos de discriminación racial o étnica a través del Programa de Asistencia a Víctimas de Discriminación Racial y/o Étnica y del Servicio de Asistencia a Víctimas.

En este caso, desde Accem se le ofreció apoyo, asesoramiento legal y psicológico, al tiempo que se le informó de la transcendencia y gravedad de lo acontecido y su pertinencia de denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, siempre acompañado y asistido legalmente por el técnico y la responsable del programa de Accem de asistencia a víctimas.

La denuncia fue formulada y en la actualidad, y pese a lo complicado que pueda resultar localizar a las personas que le agredieron, los agentes policiales competentes han iniciado la investigación a través de la Brigada Provincial de Información.

Este caso es un buen ejemplo de las buenas prácticas realizadas tanto en el seno de Accem, con colaboración y actuación transversal entre los distintos dispositivos de la organización en Madrid y el programa estatal de asistencia a víctimas de discriminación, pero también por la rapidez y eficacia en la atención y asistencia a la víctima por parte de las fuerzas de seguridad y de la sanidad pública.

La respuesta dada no sólo evitará la infradenuncia y contribuirá a una resolución que no permita la impunidad de los agresores de este tipo de delitos sino, también, posibilitará el empoderamiento, conocimiento y confianza de las víctimas en la sociedad civil de acogida y en los mecanismos para su efectiva protección en derechos y libertades con independencia de su origen o nacionalidad.

Accem consigue revertir un caso de discriminación en el acceso al bono social eléctrico

Nuestros esfuerzos en la lucha contra la discriminación racial y/o étnica se dirigen a garantizar el derecho a la igualdad de trato de aquellas personas que, por razón de su origen racial o no nacional, constituyen colectivos vulnerables. Tal es el caso en el siguiente ejemplo de discriminación indirecta a una mujer migrante, relacionado con una mayor exigencia de requisitos para acceder al bono social de energía por parte de la compañía eléctrica Iberdrola.

Fue en septiembre de este año, a través del programa de “Asistencia a víctimas de discriminación racial o étnica” de Accem, cuando recibimos la consulta de una mujer, de origen no nacional, con tres menores a cargo, siendo ella la única referente familiar y económica. Nos trasladó la denegación sistemática del bono social de Iberdrola en los dos últimos años ya que le exigían el libro de familia de su país de origen para demostrar el carácter monomarental de su unidad familiar.

La discriminación indirecta sufrida era palmaria toda vez que, ante la insistencia de la solicitante de no disponer de tal documento, al no existir en su país de procedencia el elemento libro de familia, y tras haber aportado toda documentación requerida en la que se constataba fehacientemente, sin género de dudas, su condición monomarental, la eléctrica Iberdrola había concluido la denegando de la petición por insuficiencia documental.

La mujer afectada por este caso de discriminación es beneficiaria de protección internacional. Según la normativa aplicable, el empadronamiento y la documentación de los hijos, en la que se refleja la protección internacional subsidiaria extendida también a los menores, es suficiente y bastante en orden a la acreditación del citado requisito del carácter monomarental de la unidad familiar, sin que quepa pedir o inventar un requisito documental adicional por su condición de persona inmigrante con protección internacional reconocida.

Tras tres reclamaciones en las que se acreditó y se subrayó la situación de especial vulnerabilidad de la familia y su correcta y suficiente acreditación, se recibió la rectificación por parte de Iberdrola y la corrección y compensación económica de lo que se le debía haber aplicado en las facturas de los dos últimos años.

El caso descrito tuvo resultado positivo. El Servicio de Asistencia a Víctimas de Discriminación Racial o Étnico, del que Accem es parte integrante, logró revertir la situación discriminatoria contraria a derecho, apoyando, orientando, asistiendo social y legalmente a la víctima, aplicando las normas que garantizan, en el acceso a prestaciones y servicios públicos, la ausencia de discriminación alguna, haciendo efectivo el derecho fundamental a la igualdad de trato garantizado en nuestro ordenamiento jurídico.

En este punto, nos gustaría reflejar que la discriminación indirecta se produce cuando un criterio, práctica o disposición, aparentemente neutras, genera una desventaja particular hacia un colectivo que consideramos vulnerable de sufrir una discriminación.

En este caso, la normativa era clara en sus requisitos (Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica), pero la petición documental adicional e interpretación discriminatoria de la acreditación de una de las condiciones constituyó el obstáculo a la hora de acceder a un servicio público subvencionado por el que cumplía todos los requisitos.

Todas estas actuaciones se llevaron a cabo en el marco del trabajo del Servicio de Asistencia a Víctimas de Discriminación por origen racial o étnico de Accem, dependiente del Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica, que financia el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.

 

 

 

Taller sobre discriminación y trato igualitario con la Guardia Civil en León

El pasado 31 de octubre realizamos en la sede de la Comandancia de la Guardia Civil en León un taller sobre “Igualdad de trato y no discriminación: actuación frente a los delitos de odio”, dirigido a los miembros del instituto armado en León.

La celebración de esta jornada se enmarcó dentro de las acciones de sensibilización dirigidas a profesionales concernidos en la lucha contra la discriminación y los delitos de odio que están siendo impulsadas desde el programa de “Asistencia a víctimas de discriminación por origen racial o étnico”, que desde Accem desarrollamos con la financiación del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI).

Mediante esta actividad, se pretendía visibilizar conceptos como ‘discriminación’ y ‘trato Igualitario’; mejorar la comprensión del fenómeno de la discriminación en general y la discriminación racial/ étnica en particular; e interactuar y compartir experiencias en el desempeño de las respectivas funciones entre las fuerzas de seguridad del estado y las organizaciones sociales.

Durante la jornada se pusieron en común herramientas y estrategias utilizadas para hacer frente a la discriminación racial o étnica, así como se resaltó la importancia de detectar, registrar y actuar ante los casos de discriminación e incidentes motivados por el odio al diferente.

La duración de la actividad fue de dos horas, en las que se presentó el programa de Accem, que actualmente se ejecuta en cuatro comunidades autónomas, se distinguieron los distintos tipos de discriminación racial o étnica, los ámbitos en los que se produce, se analizó el marco normativo existente y se abordó el incremento -jurídico y mediático- tanto de los delitos de odio con respecto al año anterior, a través de agresiones de naturaleza racista o xenófoba, como del discurso de odio en internet y las redes sociales.

Se hizo especial hincapié en la necesidad de delimitar el alcance del derecho a la libertad de expresión para calificar penalmente como hecho antijurídico los denominados delitos de odio, la protección y tutela de los derechos fundamentales de las personas y grupos susceptibles de padecer alguna forma de discriminación por motivos racistas, y la adecuación del reproche penal –tipicidad- transcendencia y gravedad punitiva (código penal vigente).

El objetivo de todo ello era, finalmente, conseguir una interlocución constante entre las fuerzas de seguridad y las organizaciones del tercer sector representativas de víctimas y/o colectivos vulnerables; mejorar el conocimiento y tratamiento policial en los incidentes de odio y poner sobre la mesa la relevancia del trato dado a las víctimas.

En la jornada participaron la técnica del programa de Accem de asistencia a víctimas en León, Teresa Álvarez Oría, y la responsable estatal del mismo, Esther Peña, que centraron sus intervenciones en los incidentes y delitos de odio, la aplicación de la norma penal sustantiva sobre la materia y la importancia de su correcta identificación, registro y actuación. El taller contó con la asistencia de 48 personas de diferentes rangos y escalas.

Desde el programa de “Asistencia a víctimas de discriminación por origen racial o étnico” de Accem cabe destacar la relevancia de acciones de esta naturaleza entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE) y la sociedad civil, representada en organizaciones como la nuestra, por ser ambos actores en contacto permanente con colectivos vulnerables por razón de su nacionalidad y/o origen racial, susceptibles de ser víctimas reales y/o potenciales de discriminación y odio.

Ponencia dirigida al equipo de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delito

El pasado 9 de octubre, estuvimos presentes en el curso de “Asistencia a las víctimas especialmente vulnerables con particular referencia a las víctimas de delitos de odio”, organizado en Madrid por el Ministerio de Justicia y dirigido al equipo multidisciplinar de profesionales de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito.

La responsable del programa de Accem de “Asistencia a víctimas de discriminación por origen racial o étnico”, Esther Peña, participó en la mesa redonda dedicada a “La perspectiva del tejido social y su experiencia en la atención social y defensa de las víctimas”, compartiendo debate con representantes de organizaciones también especializadas en sus respectivos ámbitos de actuación, como la Fundación Secretariado Gitano, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Hogar Sí y la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB). Estuvo moderada por Karoline Fernández de la Hoz, presidenta del Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia (OBERAXE).

Durante el desarrollo del debate se expuso la experiencia de Accem con personas que son víctimas de incidentes discriminatorios y/o de delitos de odio. Se afirmó que la atención y asistencia a personas y colectivos especialmente vulnerables por razón de su origen no nacional/racial/étnico ha permitido que, en muchas ocasiones, las agresiones hayan podido llegar a los tribunales de justicia, y una vez judicializadas, se haya podido realizar un seguimiento acreditativo de su motivación discriminatoria, evitando la impunidad de los supuestos agresores.

Si se da visibilidad y voz a las personas en situación más vulnerable, se defienden sus derechos y sus libertades más fundamentales, se propicia una sociedad más inclusiva y diversa y se crea un motor de cambio social.

Esther Peña se reafirmó en su intervención en que las personas a las que se atiende son muy vulnerables al posible riesgo de exclusión en la sociedad española, comparten dificultades de integración y en la consolidación de sus derechos, tanto en el ámbito público como en el privado. “Las personas a las que se atiende están indefensas, tienen miedo y acuden con cierta cautela, temen perder aquello que han conseguido o que puedan conseguir en la sociedad española, lo que justifica el nivel de infradenuncia de los episodios de discriminación. Es por ello que se hace muy necesario el empoderamiento de estas víctimas para garantizar su eficaz asistencia y protección”.

Como entidad, el principal valor con el que cuenta Accem para trabajar con las víctimas de delitos de odio son la escucha activa, la información, el apoyo, la atención, el asesoramiento y defensa legal y rigurosa ante hechos indiciariamente discriminatorios y constitutivos de calificarse como ilícitos penales por razón de su diversidad. “La brevedad en la respuesta que se les ofrece, y si además es eficaz, permitirá no sólo una resolución acorde a la situación detectada sino también posibilitar el empoderamiento, conocimiento y confianza de las víctimas en la sociedad civil de acogida y los mecanismos para su efectiva protección”, aseveró Peña.

La exposición finalizó con varios ejemplos de casos de discriminación que desde el programa de “Asistencia a víctimas de discriminación por origen racial o étnico” se han atendido y no estuvo exenta de polémica en el turno de palabra otorgado a los/as profesionales de las citadas oficinas, toda vez que, en algunas intervenciones, se responsabilizó a las víctimas de etnia gitana y a las personas migrantes de alguna determinada nacionalidad de dificultar y frustrar el desempeño laboral de los equipos profesionales de estas oficinas. Hechos que nos permiten concluir que es aún más necesario seguir avanzando en la sensibilización y capacitación en igualdad de trato y no discriminación, con acciones como esta, dirigidas a los agentes sociales y profesionales de la Administración Pública concernidos.

Avances con la consecución del Estatuto de la Víctima de Delito

Esta jornada, celebrada en la sede de la Oficina Nacional de Lucha contra los Delitos de Odio, dependiente del Ministerio del Interior, sirvió para hacer balance de la realidad jurídica que inaugura la aprobación hace seis meses de la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima de Delito, de 27 de abril, consecuencia del mandato imperativo de transposición de la Directiva Europea D2012/29/UE, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, al ordenamiento jurídico español. Esta ley reconoce no solo derechos en el ámbito del proceso penal sino, también, un catálogo general de derechos extraprocesales comunes a todas las víctimas.

Es cierto que España ya contaba con normativa propia para la protección de determinados colectivos de víctimas de delitos violentos, en distintas leyes con rango de orgánicas, relativas a la libertad sexual, de protección integral a las víctimas de violencia de género, del terrorismo y de protección jurídica al menor. Normas de obligada aplicación sustantiva y procesal desde el año 1996 a la actualidad más reciente que otorgaban a este tipo de victimas un tratamiento asistencial especifico y un nítido reconocimiento de derechos en el ámbito del procedimiento penal, si bien con resultados diversos. Pero no existía una norma procesal general para todas las víctimas de los delitos tipificados en el Código Penal, esto es, un estatuto general para las víctimas de todos los delitos, y, por tanto, que también incluyera a las víctimas susceptibles de sufrir ilícitos penales calificados como delitos de odio, es decir, hechos ilícitos cometidos contra personas y/o contra la propiedad por su pertenencia a una determinada religión, etnia, origen, sexo, enfermedad u orientación sexual, siendo éste el elemento nuclear de su comisión delictiva.

La Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima de Delito se refiere tanto a los servicios de apoyo como a los de justicia reparadora, que va desde el derecho a la protección, información, asistencia lingüística gratuita, traducción e interpretación, apoyo, asistencia jurídica, psicológica y social, a ser parte activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio desde el inicio, durante y con posterioridad al proceso, con independencia de si es parte o no en ese proceso e incluso con anterioridad al comienzo de este.

Los servicios de apoyo mencionados en el texto jurídico se traducen en la mejor regulación del cometido y naturaleza de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, entendidas como un espacio multidisciplinar de atención a las víctimas, con carácter público y gratuito, bajo la competencia del Ministerio de Justicia, creando para ello una red de oficinas de asistencia a las personas perjudicadas por la comisión delictiva que están localizadas en todas las comunidades autónomas y en casi todas las capitales provinciales, dentro de las sedes judiciales. El objetivo de estas oficinas es prestar una asistencia integral, coordinada y especializada a las víctimas como consecuencia del delito y dar respuesta a las necesidades específicas en el ámbito jurídico, psicológico y social.