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Sentencia condenatoria en un caso de discriminación interseccional llevado por Accem

La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a seis meses de prisión y una multa a un individuo que profirió insultos y comentarios denigrantes contra un grupo de personas que se encontraban haciendo una excursión de senderismo. Las personas agredidas eran de origen migrante y algunas de ellas portaban banderas o distintivos característicos del colectivo LGTBI+.

Accem, como parte del Servicio de Asistencia a Víctimas del CEDRE (Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica), a través de su oficina oficial para Andalucía Occidental, ubicada en Sevilla y gestionada por nuestra entidad, ha intervenido activamente en la resolución de este caso colectivo de discriminación en el ámbito de los espacios públicos.

Para conocer los hechos hay que remontarse hasta el 10 de abril de 2021, a una excursión senderista organizada por Accem en Córdoba. En un momento dado, y mientras el grupo de senderistas se encontraba descansando y refrescándose, apareció un hombre a bordo de un coche que salía de una finca colindante. El hombre, entre recriminaciones por, según su parecer, no portar en ese momento las mascarillas por la covid-19, comenzó a gritar y a insultar a las personas del grupo: “Iros a vuestro país, sois unos mierdas”, “Maricones”, “No vengáis por aquí”, “Sois cuatro maricones, estáis infectando el campo, iros a las Naciones Unidas a infectar allí, maricones infectados”. Tras esos primeros insultos, el grupo continuó caminando, pero el agresor no les dejó en paz, sino que continuó a bordo de un vehículo con las ventanillas bajadas con sus insultos y humillaciones.

A partir de estos hechos y este trato vejatorio e intolerable, Accem comienza a intervenir, realizando en primer lugar entrevistas con las personas afectadas para recopilar al detalle toda la información. Se inicia al mismo tiempo todo el proceso de acompañamiento y asesoramiento jurídico a las víctimas para la posible presentación de una denuncia. Finalmente, de las cuatro personas afectadas más directamente, decide denunciar una de ellas, una mujer migrante de origen ruso.

Tras la denuncia, se inició el procedimiento penal mediante la incoación de diligencias previas por el juzgado de instrucción. La causa judicial prosperó dando lugar a la apertura del juicio oral, actuando la Fiscalía como acusación pública en defensa de la víctima. Casi tres años después del inicio del procedimiento penal, se ha producido la sentencia condenatoria para el parcelista, dictada por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba. Actualmente, el fallo condenatorio ha sido recurrido por el acusado, por lo que la sentencia todavía no es firme.

Accem decidió intervenir en este caso, a partir de la identificación de una situación de discriminación interseccional y de la posible comisión de un delito de odio, previsto y penado en el Código Penal vigente, formulando la acusación.

El recorrido jurídico ha tenido hasta el momento un resultado positivo, con la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Córdoba, que reconoce la vulneración de los derechos fundamentales y las libertades públicas recogida en la tipificación del artículo 510.2 del Código Penal y en la doctrina del Tribunal Supremo. En los fundamentos de derecho de la sentencia se establece que el acusado ha cometido un delito de odio al proferir varias de las expresiones antes mencionadas, que pueden encuadrarse en lo que es un discurso de odio y discriminatorio utilizado para herir los sentimientos de las personas afectadas. La actuación del condenado estaría precedida por un claro rechazo hacia la orientación sexual y la condición migrante de estas personas, menoscabando su dignidad a través de acciones de menosprecio a los perjudicados a través de los insultos.

En el pasado año 2023, Accem atendió un total de 255 incidentes discriminatorios o delitos de odio. De ellos, hasta 189 fueron atendidos a través del CEDRE, de cuyo servicio de atención a víctimas Accem forma parte, ofreciendo atención presencial en cuatro oficinas territoriales en Aragón, Asturias, Andalucía occidental y Euskadi. Este servicio cuenta con un teléfono gratuito que es el 021.

> Conoce todo el trabajo de Accem en la lucha contra la discriminación racial o étnica y por la igualdad de trato.

 

 

La vivienda, la esfera de la vida con mayor tasa de discriminación

Este año, con motivo de la conmemoración el 21 de marzo del Día Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial, en Accem hemos puesto el foco en el acceso a la vivienda como uno de los ámbitos más recurrentes en los que se produce discriminación hacia personas refugiadas, migrantes y/o racializadas en España. Una forma de discriminación en un ámbito esencial para la vida que restringe o dificulta el ejercicio de un derecho fundamental y, en el caso de las personas en situación de más vulnerabilidad, con las que trabajamos en nuestra entidad, obstaculiza gravemente los procesos de inclusión social y conquista de la autonomía.

El estudio “Percepción de la discriminación por origen racial o étnico por parte de sus potenciales víctimas en 2020”, realizado por el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica (CEDRE), del que Accem forma parte, registraba en 2020 que el acceso a la vivienda es el ámbito de la vida cotidiana en el que la tasa de discriminación es más alta, alcanzando el 31 %, habiéndose duplicado desde la realización del informe anterior, en 2013, cuando se situaba en el 16 %.  Esta elevada tasa del 31 % sitúa la percepción de la discriminación en el ámbito de la vivienda por delante de la percibida en el empleo (26 %), la educación (20 %) o la seguridad ciudadana (19 %).

Ante esta realidad de discriminación en ámbitos como la vivienda, cobra importancia la Ley 15/2022, de 12 de julio, Integral para la Igualdad de Trato y No Discriminación, instrumento legislativo aprobado el pasado año 2022 para combatir la desigualdad de trato y la discriminación a través de medios y herramientas normativas y sociales. Esta Ley, en cuya aprobación trabajó de manera continuada nuestra entidad junto a muchas otras, comprende y afecta a diversos ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, entre ellos el acceso a la vivienda. La Ley establece un conjunto de obligaciones y prohibiciones que vinculan a todos los niveles de las administraciones públicas y también a las relaciones entre particulares.

Por otra parte, el informe “Discriminación racial en el ámbito de la vivienda y asentamientos informales”, realizado por la ONG Provivienda y editado por el Ministerio de Igualdad en 2022, advierte de que la vivienda es la esfera donde se producen discriminaciones raciales o étnicas con mayor intensidad durante los últimos años, circunstancia que se habría agravado por la pandemia de la covid-19, provocando un aumento de los procesos de vulnerabilidad y exclusión residencial en las personas de grupos étnicos y poblacionales que sufren con más frecuencia la discriminación racial.

Este informe destaca cómo son la presunción de precariedad económica y de un mal uso del inmueble por parte del arrendatario los principales prejuicios y estereotipos que pesan en las prácticas discriminatorias en el acceso a una vivienda. Estos prejuicios se traducen en un trato diferencial que desemboca en mayores dificultades o incluso en el bloqueo total en el acceso y/o mantenimiento de la vivienda.

La discriminación se esconde a menudo en engaños y excusas

En ocasiones la denegación de acceso a la vivienda se realiza de forma directa, pero en otras muchas se esconde en engaños, excusas de no disponibilidad por estar ya alquilada, precios abusivos, exigencias excesivas de garantías o en la oferta de viviendas de peor calidad cuando se percibe que la persona interesada puede pertenecer a determinado grupo racial o étnico.

Incidentes tan recurrentes como los mencionados en el acceso a la vivienda o el mantenimiento en la misma siguen obstaculizando y poniendo en cuestión lo estipulado en el artículo 20 de la Ley Integral, en el que se establece y/o hace explícita la prohibición de:

a) Denegar o impedir la compra o arrendamiento de una vivienda, por razón de alguna de las causas de discriminación previstas en la ley.

b) Discriminar a una persona en cuanto a los términos o condiciones de la venta o arrendamiento de una vivienda con fundamento en las referidas causas.

c) La obligación de no discriminación se mantendrá durante todo el periodo posterior de uso de la vivienda, en el caso de los arrendamientos u otras situaciones asimilables.

Es de destacar el establecimiento en la ley del principio de actuación de obligado cumplimiento para las agencias y operadores inmobiliarios, así como para ofertantes particulares: “Los prestadores de servicios de venta, arrendamiento, intermediación inmobiliaria, portales de anuncios, o cualquier otra persona física o jurídica que haga una oferta disponible para el público, estarán igualmente obligados a respetar en sus operaciones comerciales el derecho a la igualdad de trato y no discriminación”.

La aprobación de la Ley Integral ha supuesto, sin duda, un gran avance, pero, sin embargo, aún queda camino para acabar con estas situaciones discriminatorias. Es necesario que la sociedad y las instituciones se comprometan en políticas activas de lucha contra la discriminación y el racismo.

Aludir al origen de los ocupantes como si constituyeran una categoría diferente de inquilinos, como causa de exclusión, es constitutivo de infracción por vulneración del principio informador del ordenamiento jurídico español contenido en el artículo 14 de la Constitución Española, y explícitamente regulado como infracción administrativa en el artículo 20 citado de la Ley Integral, conllevando la correspondiente sanción económica adecuada a la gravedad del hecho discriminatorio.

En definitiva, las inmobiliarias, como prestadoras de servicios públicos, no pueden no alquilar un piso a inmigrantes por ser inmigrantes y/ o abusar en las condiciones contractuales del arrendamiento, porque podrían incurrir en un delito de odio, tipificado, previsto y penado en el artículo 512 del Código Penal vigente (de los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la Constitución).

Por nuestra parte, seguiremos asistiendo a las potenciales víctimas de la discriminación y seguiremos dando voz y visibilidad a hechos discriminatorios tan graves que afectan a un derecho básico como es el acceso a una vivienda para colectivos en situación de vulnerabilidad, personas refugiadas e inmigrantes, por razón de su origen racial, étnico o nacional.

Adolescentes como todos que necesitan una familia como todos

Durante los últimos años, Europa ha tenido que afrontar un gran reto en el ámbito de las migraciones: asegurar una protección efectiva a todo/a niño, niña y adolescente migrante no acompañado/a, en su condición de menores de edad.

En este contexto, a nivel europeo existen sistemas de acogida para los/as niños/as y adolescentes que siguen lejos de cumplir con los estándares y principios previstos por la Convención sobre los Derechos del Niño y por la normativa europea en la materia. Las prácticas y experiencias de acogimiento familiar a niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados/as siguen siendo muy dispares y carecen de homogeneidad en la UE.

Los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados/as tienen las mismas necesidades y derechos que cualquier otro niño y niña: derecho a ir a la escuela, a la atención sanitaria, a un hogar digno, a participar en actividades de ocio y, especialmente, a tener un entorno familiar o de confianza que se preocupe por darles afecto, acompañamiento y seguridad. Sin embargo, su inclusión en nuestra sociedad se ve dificultada en numerosas ocasiones por la xenofobia, el racismo o diversas situaciones discriminatorias que, unidas a la escasez de recursos, imposibilitan realizar una integración adecuada.

Es por ello que en los últimos años desde Accem hemos impulsado la sensibilización, la capacitación y la implantación en España del acogimiento familiar de niños/as y adolescentes migrantes no acompañados/as a través de la participación en dos proyectos europeos, FORUM y EPIC. En el marco de este último programa, estamos además llevando a cabo experiencias de acogimiento familiar, así como otras formas alternativas de apoyo a los/as niños/as y adolescentes migrantes no acompañados/as para favorecer su autonomía y transición a la vida adulta, como son las mentorías.

Hoy, además, desde Accem lanzamos una campaña de sensibilización a través de estas imágenes y carteles que estás viendo y que se podrán contemplar en distintos soportes y formatos para resaltar la importancia de promover formas alternativas de cuidado y apoyo a los/as niños/as y adolescentes migrantes no acompañados/as, de luchar contra los estereotipos y perjuicios que impiden su integración en nuestro país, y de recordar una vez más que sólo son niños/as y adolescentes como todos/as.

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Saber más sobre la infancia y adolescencia migrante no acompañada >

 

Accem se suma a la campaña de la EAPN-ES por el derecho a una vivienda digna, adecuada y accesible

La Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en el Estado Español (EAPN-ES), junto a sus redes y entidades miembro, entre ellas Accem, han lanzado este martes la Campaña #EmergenciaVivienda, para llamar la atención sobre la emergencia residencial y habitacional en la que viven más de 11 millones de personas en España, una problemática a la que no se ha dado respuesta en los últimos diez años.

El 23,7% de la población está afectado por algún indicador de exclusión residencial en España. Una cifra que se eleva hasta el 60% de la población que vive en situación de pobreza severa. La pandemia de la Covid-19 ha aumentado en dos millones el número de personas afectadas por retrasos en los pagos relacionados con la vivienda (hipoteca, alquiler, recibos), afectando a día de hoy a más de 5,7 millones de personas.

En España, el volumen de vivienda protegida construida es la más baja desde la década de 1950, promoviéndose en 2019 apenas 6.615. Una disminución del 90% en 10 años. Al mismo tiempo, el parque de vivienda social supone el 0,96% de las viviendas principales (algo menos de 178.500 viviendas), cuando en la Unión Europea es del 9,3 %.

Frente a esta emergencia, la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda y el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda representan una oportunidad para asegurar la función social de la vivienda en todo el territorio y hacer frente a la necesidad de acceder a una vivienda digna, adecuada y accesible que garantice la calidad de vida y los derechos fundamentales de las personas.

> Accede aquí al Manifiesto #EmergenciaVivienda por el derecho a una vivienda digna, adecuada y accesible.

La Campaña #EmergenciaVivienda forma parte del Programa ‘Actívate contra la Pobreza’ de EAPN-ES.

Más información y adhesión de organizaciones a la Campaña #EmergenciaVivienda: www.participacionsocial.org/ermergenciavivienda

Cuenta o publica fotos y videos en tus redes sociales mostrando la emergencia del acceso a la vivienda con el hashtag: #EmergenciaVivienda

Para más información, visita la web de EAPN-ES.

Seis ONG estatales instan a reformar el Reglamento de Extranjería para garantizar la protección de las personas migrantes

Más de medio millón de personas no pueden ejercer sus derechos por el simple hecho de no cumplir con un requisito administrativo.

En la reunión mantenida esta mañana con Santiago Yerga, director general de Migraciones (dependiente de la Secretaría de Estado de Migraciones), representantes de las entidades sociales de ámbito estatal que acompañan a las personas extranjeras residentes en España en sus procesos de inserción y autonomía, entre ellas Accem, le han trasladado una propuesta conjunta para que la proyectada reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería (RELOEX) dé respuesta urgente a la creciente situación de desprotección de miles de personas extranjeras que viven en nuestro país y que se ha visto agudizada a causa de la Covid-19.

La Ley de extranjería (LOEX) y su Reglamento (RELOEX) establecen un sistema progresivo de acceso a los derechos y libertades, que reconoce, en todo caso, el derecho de todas las personas extranjeras que viven en España a la libre circulación por territorio nacional, la salud, la educación y la protección social, por ejemplo.

Medio millón de personas no pueden ejercer sus derechos

Actualmente, en nuestro país se estima que más de medio millón de personas no pueden ejercer sus derechos por el simple hecho de no cumplir con un requisito administrativo, como no tener más de tres años de residencia en España o no contar con un contrato de trabajo de más de un año de duración a jornada completa.

Los principales problemas que, en la práctica, detectamos desde las organizaciones sociales se refieren al desarrollo del RELOEX, que condiciona la regularidad administrativa al cumplimiento de unos criterios que no responden a la realidad social, laboral y económica que tenemos, que deja en situación de exclusión a un alto porcentaje de la población migrante, truncando sus procesos de integración e incorporación a la sociedad española.

El vigente Reglamento de Extranjería se aprobó en el año 2011. Muchas cosas han cambiado desde entonces en la realidad social, económica, en el escenario laboral y también en la interpretación jurisprudencial de la norma.

Flexibilizar y simplificar varios supuestos del Reglamento

Durante la reunión con el director general de Migraciones, las organizaciones sociales hemos señalado la urgencia de simplificar y flexibilizar determinados supuestos del Reglamento para dar respuesta a la creciente desprotección que sufren miles de personas extranjeras, con mayor motivo en el contexto actual de crisis socioeconómica derivada de la pandemia, que está teniendo un impacto mucho más profundo en la población migrante.

Esta modificación de la normativa de extranjería es necesaria para:

  • Adecuar la norma a los estándares de derechos humanos.
  • Facilitar que las personas extranjeras puedan llegar España desde su país de origen con las autorizaciones de residencia y trabajo necesarias.
  • Garantizar que las personas extranjeras que están en el territorio español obtengan las autorizaciones de residencia y trabajo necesarias.
  • Asegurar que las personas extranjeras que ya cuentan con las autorizaciones no las pierdan.

En el documento de propuestas trasladado por las organizaciones sociales al director general se abordan reformas en cuatro apartados concretos: adecuación de la normativa interna a los estándares internaciones de derechos humanos; el establecimiento de vías legales y seguras; las autorizaciones de residencia y trabajo; y el problema de la irregularidad sobrevenida.

Este conjunto de propuestas permitiría actualizar la legislación de extranjería conforme a los cambios sociales, económicos, laborales y jurídicos producidos desde 2011. Con ello se facilitaría, además, la resolución, de forma adecuada, de la situación de miles de personas extranjeras que ya están en España y que, al carecer de estas autorizaciones, quedan expuestas a situaciones de explotación laboral, exclusión social y residencial.

Ninguna sociedad puede desarrollar su verdadero potencial cuando hay obstáculos jurídicos o políticos que impiden a sectores enteros de la población contribuir a esa sociedad, como es el caso de la población migrante.

 

*Las entidades sociales que han participado en esta iniciativa son: Accem, Andalucía Acoge, Cáritas, CEAR, Fundación Cepaim y Red Acoge. 

 

 

Accem atendió a casi 20.000 personas en el primer semestre de 2020, a pesar de la Covid-19

En los primeros seis meses de 2020, desde Accem proporcionamos atención y acompañamiento a un total de 19.366 personas, a pesar de las dificultades provocadas por la epidemia de la Covid-19.

Esta cifra supone aproximadamente la mitad del total de personas que atendimos a lo largo de todo el año anterior. Y esto hace visible algo importante: la Covid-19, con todo lo que ha condicionado todas las esferas de nuestras vidas, no ha impedido que sigamos haciendo nuestro trabajo: ser un apoyo para las personas en situación de vulnerabilidad.

Del total de personas atendidas, el 56,7 % son hombres y el 43,3% mujeres. Por edades, la franja principal es la que comprende a las personas entre 18 y 34 años, que son el 44,36 % de las personas que atendemos. Las cinco principales nacionalidades de las personas que acompañamos en este primer semestre de 2020 fueron Colombia, Venezuela, Marruecos, España y El Salvador.

 

 

Por situación administrativa, es de destacar en primer lugar a las personas que son solicitantes de protección internacional, es decir, que han buscado refugio en España, que fueron en este primer semestre de 2020 un total de 11.717 personas, el 60,5 % del total.

El otro indicador principal que desde Accem medimos son las prestaciones que ofrecemos, que en estos seis meses fueron 346.312. Dentro del catálogo de 14 prestaciones fundamentales que hemos definido, las principales en este período son las agrupadas en las siguientes categorías: atención e intervención social; ayudas económicas; centros de acogida; información y orientación; y educación y formación.

Estos datos, que obtenemos a través de nuestra herramienta de seguimiento, gestión y evaluación eGorrion, nos permiten analizar el impacto social de nuestra actuación y tener la satisfacción de saber que estamos realizando nuestro trabajo pese a la excepcionalidad de las circunstancias, así como nos permiten reafirmar nuestro compromiso con nuestra misión de defender los derechos fundamentales y atender y acompañar a las personas que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social, en una labor que ha sido reconocida como esencial para hacer real el objetivo de que nadie se quede atrás.

 

Palabras mayores: dignidad y derechos frente a la discriminación por edad

Día Internacional de las Personas Mayores 2020

Este 1 de octubre se celebra un Día Internacional de las Personas Mayores marcado a fuego para ellas por los efectos de la Covid-19 en su salud física y mental. En un panorama incierto marcado por nuevos repuntes de contagios y aislamientos, desde Accem subrayamos que los derechos de las personas mayores a llevar vidas dignas y participar en la sociedad son irrenunciables.

“La Unión Europea reconoce y respeta el derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural”. Así se lee en el artículo 25 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, que este año cumple 20 años.

Por su parte la Constitución Española, en el artículo 50 asegura que las instituciones “promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”.

Se trata de palabras mayores, de derechos irrenunciables que en ningún caso quedan suspendidos por la pandemia. No puede repetirse la situación de las residencias de mayores, los problemas de atención médica a las personas de edad contagiadas, la falta de cuidados para quienes quedaron aislados.

Por ello desde Accem suscribimos el manifiesto de la Mesa Estatal por los derechos de las Personas Mayores que reclama, entre otras cosas, la aprobación de una Ley integral de los derechos de las personas mayores, la puesta en marcha de políticas públicas dirigidas a evitar la discriminación de los mayores por razones de edad y a hacer efectivos sus derechos y el acceso a ellos.

Se hace preciso apostar por un nuevo modelo de residencias y otros alojamientos en los que se trabaje desde un enfoque de atención centrado en las personas y se garantice un sistema de inspección y el control de las administraciones públicas. En las residencias, centros para personas con discapacidad y centros sociales es donde se debe garantizar la atención sanitaria por parte del sistema público de salud, como si estuviesen en un hogar con los apoyos necesarios.

Como recoge el manifiesto, debe asimismo reformarse la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, acordada entre todas las administraciones para promover la autonomía personal y adaptar las prestaciones a la nueva realidad y demanda de cuidados de las personas en situación de dependencia.

Los estudios apuntan a que la pandemia ha tenido desgraciadamente un impacto significativo en la esperanza de vida de la población española. En todo caso, España continúa siendo uno de los países más longevos del mundo, algo que es necesario poner en valor en la sociedad frente al fenómeno del edadismo.

Está extendida la discriminación hacia las personas mayores por considerarlas carentes de valor, devaluándolas por su edad y relegándolas a papeles meramente pasivos en la sociedad.

Esta discriminación, también conocida como edadismo, aumenta aún más cuando la participación de las personas mayores en el espacio público ha quedado reducida al mínimo por los efectos del coronavirus. El edadismo alcanza límites dramáticos cuando la edad cronológica se ha convertido en criterio de acceso para recursos y atención pública, sobre todo cuando se refiere a la salud.

Desde Accem tenemos claro que una de las claves más importantes es la promoción de un envejecimiento activo, basado en la prevención y en el fomento de la autonomía y el protagonismo social de las personas mayores. Desde este enfoque, intervenimos sobre grupos especialmente vulnerables, como los mayores en el medio rural o la emigración española en Bélgica.

Junto al trabajo de atención directa, hacemos un especial esfuerzo en realizar proyectos de sensibilización, para concienciar a la sociedad española sobre problemas crecientes e invisbilizados, como es el caso de la soledad no elegida de las personas mayores.

Durante el estado de alarma se lanzó la iniciativa #MayoresCuentan, a través de la que cientos de personas mayores compartieron sus relatos, poemas y cartas desde el confinamiento. Los equipos de psicólogos y terapeutas de Accem también elaboraron y difundieron vídeos para que las personas mayores pudiesen ejercitar cuerpo y mente desde casa.

> Conoce el trabajo de Accem con las personas mayores.

 

 

 

 

Los solicitantes de protección internacional podrán obtener autorización de residencia sin renunciar al asilo

Los solicitantes de protección internacional podrán obtener la autorización de residencia en España sin por eso tener que renunciar a su solicitud de protección, según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La secretaria de Estado de Migraciones, Hana Jalloul, ha respondido favorablemente al Defensor del Pueblo, institución desde la que se había pedido desde 2017 que se clarificase la compatibilidad de los procedimientos de asilo con aquellos regulados por la legislación de extranjería. La petición del Defensor del Pueblo se debía a las barreras con las que se encontraban los solicitantes de protección internacional que veían que el trámite de solicitud de residencia por circunstancias excepcionales se veía condicionado por la renuncia a la solicitud de asilo.

Con esta decisión, y aunque el procedimiento de extranjería y el de la protección internacional responden a dos realidades diferenciadas, los/as solicitantes de protección internacional podrán solicitar la autorización de residencia temporal por razón de arraigo por circunstancias excepcionales. Esta solicitud de autorización de residencia por arraigo en ningún caso podrá ser inadmitida a trámite.

La secretaria de Estado, en su respuesta al Defensor del Pueblo, defiende la necesidad de adoptar “un enfoque flexible y personalizado” en el diseño e implementación de políticas inclusivas, que ponga “en primer lugar a la persona”, al amparo del artículo 10.1 de la Constitución española, dedicado al reconocimiento de la dignidad de la persona y de los derechos inviolables que le son inherentes.

Desde Accem consideramos favorablemente esta medida ya que permitirá que los solicitantes de protección internacional puedan solicitar una autorización de residencia por arraigo sin tener que renunciar a su solicitud de protección como venía sucediendo hasta ahora en la práctica. De esta forma, se refuerza el correcto ejercicio del derecho a solicitar asilo, garantizando que toda persona que lo solicite, no se vea obligada a renunciar a su solicitud por intentar obtener un permiso de residencia.

> Accede a la información publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

> Conoce el trabajo de atención, acogida e integración de Accem con las personas refugiadas.

> Accede a más noticias sobre asilo y refugio.

Estrasburgo falla a favor del reconocimiento oficial del nombre y género de las personas refugiadas trans

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha reconocido en una sentencia del 16 de julio de este 2020 el derecho de las personas refugiadas trans al reconocimiento legal de su género, según informa en su web Transgender Europe (TGEU).

En el caso Rana vs Hungría, el Tribunal de Estrasburgo falla que el Estado húngaro violó el derecho a la vida privada y familiar de la persona demandante al rechazar su solicitud de cambiar oficialmente su nombre y su sexo. Se daba la circunstancia de que a la persona solicitante se le había concedido el estatuto de refugiado/a precisamente por la persecución sufrida a causa de su identidad trans en su país de origen, Irán.

En su sentencia, el TEDH amplía la extensión de su decisión a todas las personas no nacionales de Hungría que estén en las mismas circunstancias y en situación regular en el país. La sentencia es especialmente significativa en un momento en el que el Parlamento húngaro ha aprobado recientemente un proyecto de ley regresivo en este sentido, al reemplazar en el registro civil la casilla reservada al sexo por una específica de ‘sexo asignado al nacer’, lo que de hecho imposibilita el reconocimiento de la identidad de género en Hungría. En el momento en el que se presentó el caso Rana vs Hungría, en 2017, esta posibilidad sí existía, aunque debido a una laguna legislativa dejaba fuera a todas las personas no húngaras residentes en el país. El TEDH y el Tribunal Constitucional de Hungría afirmaron entonces que esto “restringía desproporcionadamente su derecho a la dignidad humana”.

Con esta sentencia se pone de manifiesto una vez más la necesidad de establecer mecanismos efectivos para el cambio de nombre y sexo en registros y documentación oficial para de este modo respetar y no vulnerar el derecho a la intimidad de las personas trans no nacionales. Esta necesidad es especialmente acuciante en el caso de las personas refugiadas que han sufrido persecución precisamente por su identidad de género, hasta el punto de haber tenido que abandonar su país de origen para salvaguardar su vida e integridad. Para ellas es prácticamente imposible realizar estos cambios en sus países de origen.

> Para más información pincha aquí.

> Accede aquí a la sentencia del caso Rana vs Hungría.

 

 

Derechos de las víctimas: nueva estrategia para empoderar a las víctimas

Comunicado de la Comisión Europea 

La Comisión Europea ha presentado la primera estrategia de la UE sobre los derechos de las víctimas para garantizar que todas las víctimas de delitos puedan invocar plenamente sus derechos, con independencia del lugar de la Unión en que se haya cometido el delito.

La estrategia establece una serie de acciones para los cinco próximos años, centrándose en dos objetivos: en primer lugar, empoderar a las víctimas para que denuncien los delitos, reclamen una indemnización y, en última instancia, se recuperen de las consecuencias del delito; en segundo lugar, colaborar con todos los interlocutores pertinentes en materia de derechos de las víctimas.

A la vista de la reciente pandemia de COVID-19 y de las medidas de confinamiento subsiguientes, que influyeron en un aumento de la violencia doméstica, el abuso sexual infantil, la ciberdelincuencia y los delitos de odio racista y xenófobo, es especialmente importante que el marco de apoyo y protección a las víctimas sea también resiliente en situaciones de crisis.

La vicepresidenta de Valores y Transparencia, Věra Jourová, ha declarado lo siguiente: «Demasiadas víctimas de delitos quedan sin escuchar, sin acceso a la justicia y sin un apoyo adecuado. La Unión Europea está del lado de las víctimas y la estrategia de hoy tiene por objeto empoderarlas, especialmente a las más vulnerables, como las víctimas de la violencia de género o de los delitos motivados por el odio. Tenemos que movilizar a los Estados miembros para que apliquen plenamente las normas de la UE en materia de derechos de las víctimas, sin condiciones ni objeciones».

El comisario de Justicia, Didier Reynders, ha declarado: «Una Unión de la igualdad que proteja a sus ciudadanos debe garantizar el apoyo, la protección y el acceso no discriminatorio a la justicia para todas las víctimas de delitos. Nos vamos a esforzar por lograrlo mediante la nueva estrategia, en colaboración con los Estados miembros y la sociedad civil».

La UE ya dispone de un sólido conjunto de normas para garantizar los derechos de las víctimas. Sin embargo, las víctimas de delitos todavía no pueden confiar plenamente en los derechos concedidos por la UE. El punto de partida debe ser una mejor aplicación de las normas de la UE en la práctica. Cuando proceda, la Comisión presentará propuestas para reforzar estas normas de aquí a 2022. A tal fin, la nueva estrategia presentada hoy presenta una serie de acciones centradas en cinco prioridades clave:

  1. Comunicar eficazmente con las víctimas y proporcionarles un entorno seguro para que denuncien los delitos

Demasiado a menudo las víctimas no son conscientes de sus derechos o temen denunciar el delito por miedo al delincuente o a las consecuencias negativas. La Comisión, entre otras cosas, pondrá en marcha una campaña de la UE para difundir los derechos de las víctimas y promover un apoyo y protección especializados a las víctimas con necesidades específicas. La Comisión también seguirá supervisando la aplicación de las normas pertinentes de la UE, incluidas las disposiciones de la Directiva sobre los derechos de las víctimas.

  1. Mejorar la protección y el apoyo a las víctimas más vulnerables

Todas las víctimas son vulnerables y, en particular, los niños, los ancianos y las víctimas de la violencia de género, la violencia doméstica, los delitos racistas u homófobos y el terrorismo, además de las víctimas con discapacidades. La Comisión estudiará el refuerzo de la protección a las víctimas mediante la introducción de normas mínimas sobre su protección física. Los Estados miembros deben crear servicios de apoyo especializados para las víctimas más vulnerables, tales como casas seguras para los menores, las familias y las personas LGBTI+.

  1. Facilitar el acceso de las víctimas a una indemnización

En muchos Estados miembros, el acceso de las víctimas a una indemnización resulta difícil. En el marco de la estrategia, la Comisión supervisará y evaluará la legislación de la UE sobre indemnizaciones, incluidas las estatales, y la Decisión marco sobre el reconocimiento mutuo de sanciones pecuniarias. En caso necesario, la Comisión propondrá medidas para complementar este marco de aquí a 2022.

  1. Reforzar la cooperación y la coordinación entre los interlocutores en materia de derechos de las víctimas

Para garantizar un planteamiento más horizontal sobre los derechos de las víctimas a escala de la UE, la Comisión creará una plataforma de derechos de las víctimas, que reunirá a todos los interlocutores pertinentes. Por su parte, los Estados miembros deben establecer estrategias nacionales sobre los derechos de las víctimas. Un coordinador de derechos de las víctimas velará también por la coherencia y la eficacia de las diferentes actuaciones relacionadas con la política en materia de derechos de las víctimas.

  1. Reforzar la dimensión internacional de los derechos de las víctimas

El Plan de acción para los derechos humanos y la democracia, adoptado recientemente, reafirma el compromiso de la UE de promover, proteger y observar los derechos humanos en todo el mundo. La UE y sus Estados miembros seguirán dialogando con las Naciones Unidas y el Consejo de Europa, y también en el seno de estas instituciones, para promover los derechos de las víctimas en los países socios e intercambiar mejores prácticas. La UE seguirá colaborando estrechamente con los países candidatos y los países candidatos potenciales para reforzar los derechos de las víctimas y apoyar las acciones de desarrollo de capacidades para los países socios prioritarios en relación con el apoyo a las víctimas del terrorismo.

Contexto

Cada año, millones de personas en la Unión Europea son víctimas de delitos. En 2017, alrededor de 15 millones de personas fueron víctimas de delitos graves, como homicidios, abusos sexuales de menores o secuestros. La violencia de género en la UE es alarmante: una de cada tres mujeres (el 33 %) ha sufrido violencia física o sexual a partir de los quince años. Tan solo alrededor de un tercio de las mujeres víctimas de abusos físicos o sexuales, principalmente por parte de sus parejas o familiares cercanos, recurre a las autoridades. El confinamiento de la sociedad durante la pandemia de COVID-19 coincidió con un aumento de la violencia doméstica, el abuso sexual infantil y la ciberdelincuencia, así como de los delitos de odio racista y xenófobo.

Aunque la UE dispone de un sólido conjunto de normas, estos instrumentos aún no han alcanzado todo su potencial, sobre todo debido a la incorporación incompleta o incorrecta de las normas de la UE a los ordenamientos jurídicos nacionales. La Comisión seguirá evaluando los instrumentos de la UE y sus posibles deficiencias y, en caso necesario, presentará de aquí a 2022 propuestas legislativas encaminadas a reforzar los derechos de las víctimas.

La aplicación de esta estrategia se supervisará periódicamente, también a través de reuniones periódicas de la Plataforma de los Derechos de las Víctimas, a fin de actualizar las acciones bajo la responsabilidad de las distintas partes interesadas. Además, la Comisión hará balance de las acciones de la estrategia a medio plazo y la actualizará cuando sea necesario.

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