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Un año más vuelve el Máster Propio en Migraciones Internacionales y Asilo de Accem y el Instituto de Investigación Ortega y Gasset

Accem y el Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset, centro adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, imparten una nueva edición del Máster Propio en Migraciones Internacionales y Asilo: Políticas, Gestión e Intervención.

Esta formación, accesible para las personas en posesión de un título de grado o equivalente, está estructurada de la siguiente manera:

La realización de este Máster puede conseguirse matriculándose directamente en él o mediante la matriculación en los dos Cursos de Experto de manera independiente para quien así lo desee. Este Máster brinda una gran oportunidad para aquellas personas interesadas en conseguir una visión global del ámbito de las migraciones y su gestión desde las entidades públicas y privadas al tiempo que desarrollan su perfil profesional. Puedes encontrar todos los detalles de cada formación pinchando en sus respectivos enlaces.

La colaboración entre el Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset y la Escuela de Formación de Accem se inició con gran éxito en el curso 2019-2020 como una oportunidad para avanzar en la profesionalización de un ámbito laboral en plena expansión. Aunando el punto de vista de la investigación y el rigor académico con la experiencia en la intervención se generan sinergias que redundan en un mayor reconocimiento y una mejor gestión de la diversidad en las sociedades de acogida.

Enlaces de interés

Para más información y solicitud de matrícula: infocursos@fogm.es

Informe AIDA – Country Report: Spain – Actualización 2021

Título: Informe AIDA – Country Report: Spain – Actualización 2021.

Autoría: Accem

Edita: ECRE (European Concil of Refugees and Exiles)

Año de edición: 2022.

Páginas: 170.

Actualización del Informe País dedicado a España, con toda la información sobre la situación del asilo en 2021. Accem, como organización miembro de la red ECRE, ha sido la entidad encargada en exclusiva de realizar el informe sobre España para el proyecto AIDA (Asylum Information Database), una base de datos gestionada por ECRE que contiene información sobre los procedimientos de asilo, condiciones de acogida, detención y desarrollo de los dispositivos de protección internacional en los países europeos.

El objetivo de AIDA es contribuir a mejorar las políticas de asilo y las prácticas asociadas en Europa, así como mejorar las condiciones de vida de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, proporcionando a los actores relevantes información y herramientas apropiadas para el trabajo de incidencia y litigio, a escala estatal y europea.

 

Accem atendió a más de 18.000 personas que solicitaron o consiguieron protección internacional en España

En 2020, Accem proporcionó atención a un total de 18.051 personas dentro del ámbito del asilo y la protección internacional.

Estos datos suponen un descenso del 13 % con respecto a las 20.771 personas de 2019. Hay que tener en cuenta, una vez más, el factor Covid-19 , que ha condicionado todos los datos del año anterior.

 

 

Del total de personas atendidas en este ámbito, el 55 % (9.964 personas) fueron hombres y el 45 % mujeres (8.087 personas).

Por nacionalidades, fue Colombia el primer país de origen, con un total de 4.842 personas atendidas en el ámbito del asilo, que suponen el 27 % del total. Le sigue Venezuela, con 4.170 personas y el 23 %. A continuación de los dos países vecinos de la región sudamericana, aparecen El Salvador (6 %), Honduras (5%) y Nicaragua (3,5 %), tres países también limítrofes entre sí en este caso en la región de América Central.

 

Datos por estado de su solicitud de asilo

Las personas que escapan a causa de la violencia o la persecución de sus países de origen o residencia son conocidas genéricamente como refugiadas. Sin embargo, cuando llegan al país de acogida, cada persona debe individualmente solicitar protección internacional y cumplir para su reconocimiento con diferentes estándares en un proceso que en ocasiones es largo y no está exento de dificultades.

En función de su situación administrativa, derivada del estado de su procedimiento de asilo, o de las distintas figuras de protección existentes, existen distintas categorías, como podemos ver en la siguiente tabla*:

 

 

Entre los 273 beneficiarios del estatuto de refugiado atendidos por Accem en 2020, destacan las personas procedentes de Marruecos (40), Siria (32) y Nicaragua (27).

Entre los 431 beneficiarios de la protección subsidiaria, son mayoritarias las personas procedentes de Siria (273), Somalia (29) y los territorios palestinos (22).

En cuanto a las personas reconocidas con el estatuto de apátrida, la inmensa mayoría eran personas de nacionalidad saharaui.

 

Accem y las personas refugiadas

Accem, organización especializada en el derecho de asilo, la acogida, atención e integración social de las personas refugiadas en España, participa en el sistema de gestión mixta entre el Estado y las ONG que rige en nuestro país para dar una respuesta integral a este colectivo, abarcando todos los ámbitos esenciales de la vida y orientada a la inserción sociolaboral y la conquista de la autonomía.

> Conoce todo el trabajo de Accem en el ámbito de la protección internacional y el asilo.

> Visita nuestro especial 20J, por el Día Mundial de las Personas Refugiadas.

 

 * Nota aclaratoria: la suma de las distintas categorías no ofrece exactamente el total único referido al inicio del texto, sino un número algo superior. Esto se debe a que una persona ha podido ser atendida en el mismo año primero como solicitante de protección y después como refugiada, por ejemplo. 

Proyecto Camina de intervención sociolaboral en Castilla y León

Nombre del programa: Proyecto Camina – Programa de intervención sociolaboral para fomentar la inclusión de las personas refugiadas, desplazadas y/o solicitantes de asilo.

Ámbito territorial: Autonómico. León.

Financiador: Fundación Alimerka.

Contenido: El objetivo general del programa es favorecer el acompañamiento para la integración y autonomía de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional a través del diseño de itinerarios individualizados de inserción.

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Informe AIDA – Country Report: Spain – Actualización 2020

Título: Informe AIDA – Country Report: Spain – Actualización 2020.

Autoría: Accem

Edita: ECRE (European Concil of Refugees and Exiles)

Año de edición: 2021.

Páginas: 146.

Actualización del Informe País dedicado a España, con toda la información sobre la situación del asilo en 2020. Accem, como organización miembro de la red ECRE, ha sido la entidad encargada en exclusiva de realizar el informe sobre España para el proyecto AIDA (Asylum Information Database), una base de datos gestionada por ECRE que contiene información sobre los procedimientos de asilo, condiciones de acogida, detención y desarrollo de los dispositivos de protección internacional en los países europeos.

El objetivo de AIDA es contribuir a mejorar las políticas de asilo y las prácticas asociadas en Europa, así como mejorar las condiciones de vida de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, proporcionando a los actores relevantes información y herramientas apropiadas para el trabajo de incidencia y litigio, a escala estatal y europea.

 

Abierto el período de matriculaciones para los Cursos de Experto/a de la Escuela de Formación de Accem

Ya hemos abierto el período de matriculaciones para los dos Cursos de Experto/a que organizamos desde la Escuela de Formación de Accem en colaboración con el Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset, centro adscrito a la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Ambas formaciones se desarrollarán durante el curso 2021/2022.


Curso de Experto/a en Intervención con Personas Migrantes y Refugiadas

Por una parte, convocamos a la tercera edición del Curso de Experto/a en Intervención con Personas Migrantes y Refugiadas, en el que se proporcionarán los conocimientos y herramientas prácticas necesarias para apoyar a estos colectivos en sus procesos de acogida e inclusión en la sociedad española.

> Accede a toda la información.

> Accede al programa académico.

> Reserva tu plaza.

Curso de Experto/a en Políticas y Gestión de las Migraciones y el Asilo

Por otra, lanzamos la segunda edición del Curso de Experto/a en Políticas y Gestión de las Migraciones y el Asilo, en el que se pondrá el foco en adquirir las herramientas necesarias para la gestión práctica de las políticas relativas a la inmigración y el asilo.

> Accede a toda la información.

> Accede al programa académico.

> Reserva tu plaza. 

Es importante señalar también que la realización de ambos cursos de experto/a permiten obtener el Máster propio en Migraciones Internacionales y Asilo: Políticas, Gestión e Intervención.

Confiamos en que ambas formaciones sean de tu interés. En Accem pensamos que constituyen una oportunidad muy interesante para todas aquellas personas interesadas en trabajar en el ámbito de las migraciones y la protección internacional, tanto dentro de la administración pública como a través de las organizaciones sociales.

Para más información y solicitud de matrícula, escribe a escuela@accem.es o infocursos@fogm.es

Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres – La violencia contra las mujeres es causa de asilo

Comunicado de Accem con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.

El 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer y desde Accem queremos unirnos a la denuncia de todas las formas de violencia que sufren las mujeres por razón de su género. Queremos unirnos al recuerdo doloroso de las 41 mujeres asesinadas en España en 2020; de las 55 asesinadas en 2019; de las 1.074 mujeres asesinadas en nuestro país por la violencia de género desde 2003, cuando comenzaron a recogerse en las estadísticas oficiales. 

Pero desde Accem, como organización especializada en el derecho de asilo y la atención y acogida a las personas refugiadas, también queremos hoy hacer visible que las diferentes formas de persecución y violencia que sufren las mujeres en el mundo y que les obligan a huir de sus países de origen son causa de asilo en España. 

Las mujeres se convierten en refugiadas por los mismos motivos que los hombres, si bien para ellas el peligro siempre es mayor, al sufrir más actos graves de persecución, como es la violencia sexual. Pero además, las mujeres se enfrentan a formas específicas de persecución por causa de su género. Matrimonio forzado, mutilación genital, discriminación grave y falta de libertad, violencia física y sexual, crímenes de honor, trata de personas, persecución de la diversidad sexual, son algunas de las principales formas de violencia que obligan a las mujeres a huir.

La Convención de Ginebra de 1951 no reconoce específicamente el género como causa de asilo, aunque sí establece que la persecución por la pertenencia a un grupo social determinado es causa de asilo. La legislación española, con la aprobación de la Ley de Asilo del año 2009 dio un importante paso más en la protección de las mujeres y reconoció la persecución por género y orientación sexual como causa de asilo en España.

En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer se recuerda el asesinato de las tres hermanas Mirabal en la República Dominicana en 1960 por orden del dictador Rafael Trujillo. Ellas eran activistas y opositoras contra el régimen y sufrieron detenciones, encarcelamiento, violaciones y otras formas de tortura antes de ser finalmente asesinadas. 

Hoy, desde Accem nos unimos al recuerdo de las hermanas Mirabal, al dolor por las mujeres asesinadas cada año y a la denuncia de todas las formas de violencia y persecución que por causa de su género sufren las mujeres en el mundo, convirtiéndolas con frecuencia en refugiadas. 

Más información

Con ocasión del 25-N, os invitamos a visitar la web www.mujeresrefugiadas.accem.es y ampliar información sobre las distintas violencias que obligan a las mujeres a huir por el mero hecho de ser mujeres. Accede aquí a las #RefugiadasXGénero.

Los solicitantes de protección internacional podrán obtener autorización de residencia sin renunciar al asilo

Los solicitantes de protección internacional podrán obtener la autorización de residencia en España sin por eso tener que renunciar a su solicitud de protección, según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La secretaria de Estado de Migraciones, Hana Jalloul, ha respondido favorablemente al Defensor del Pueblo, institución desde la que se había pedido desde 2017 que se clarificase la compatibilidad de los procedimientos de asilo con aquellos regulados por la legislación de extranjería. La petición del Defensor del Pueblo se debía a las barreras con las que se encontraban los solicitantes de protección internacional que veían que el trámite de solicitud de residencia por circunstancias excepcionales se veía condicionado por la renuncia a la solicitud de asilo.

Con esta decisión, y aunque el procedimiento de extranjería y el de la protección internacional responden a dos realidades diferenciadas, los/as solicitantes de protección internacional podrán solicitar la autorización de residencia temporal por razón de arraigo por circunstancias excepcionales. Esta solicitud de autorización de residencia por arraigo en ningún caso podrá ser inadmitida a trámite.

La secretaria de Estado, en su respuesta al Defensor del Pueblo, defiende la necesidad de adoptar “un enfoque flexible y personalizado” en el diseño e implementación de políticas inclusivas, que ponga “en primer lugar a la persona”, al amparo del artículo 10.1 de la Constitución española, dedicado al reconocimiento de la dignidad de la persona y de los derechos inviolables que le son inherentes.

Desde Accem consideramos favorablemente esta medida ya que permitirá que los solicitantes de protección internacional puedan solicitar una autorización de residencia por arraigo sin tener que renunciar a su solicitud de protección como venía sucediendo hasta ahora en la práctica. De esta forma, se refuerza el correcto ejercicio del derecho a solicitar asilo, garantizando que toda persona que lo solicite, no se vea obligada a renunciar a su solicitud por intentar obtener un permiso de residencia.

> Accede a la información publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

> Conoce el trabajo de atención, acogida e integración de Accem con las personas refugiadas.

> Accede a más noticias sobre asilo y refugio.

Refugiados en el mundo: un millón de personas consiguieron protección en el último año

Hay 79,5 millones de personas que se han visto abocadas al desplazamiento forzoso dentro y fuera de las fronteras de sus países.

La Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha cifrado el número de personas desplazadas forzosamente en el mundo en 79,5 millones de personas. Esto significa que 1 de cada 97 personas en el mundo se encuentra en esta situación. En el año 2019 consiguieron protección en el mundo alrededor de un millón de personas.

Esta cifra total es desglosada en los siguientes datos fundamentales:

  • Hay en el mundo 26 millones de personas refugiadas. De ellas, 20,4 millones de personas se encuentran bajo el amparo de ACNUR y 5,6 millones de personas son palestinos/as bajo el amparo de la UNRWA (Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados Palestinos).
  • Hay 45,7 millones de desplazados internos, es decir, que no han rebasado las fronteras del país en el que residen, según los datos del Internal Displacement Monitoring Centre (IDMC).
  • Hay 4,2 millones de personas en el mundo con el estatus jurídico de solicitantes de asilo.
  • Hay 3,6 millones de personas originarias de Venezuela que se han visto obligadas a desplazarse fuera de su país y no se encuadran en las categorías anteriores.

Mapa de las personas refugiadas en el mundo

Si nos centramos en las personas refugiadas, ACNUR contabiliza entre 2010 y 2019 un total de 20,4 millones de personas refugiadas, en comparación con los 10 millones de 2010. A todos ellos/as hay que sumar los 5,6 millones de refugiados/as palestinos/as bajo el amparo de la UNRWA.

Del total de 20,4 millones de personas refugiadas se estima que cerca de un millón de personas obtuvieron protección en 2019: un total de 570.600 personas obtuvieron el reconocimiento de su condición de refugiadas a partir de una solicitud de asilo; 321.500 personas fueron reconocidas como refugiadas bajo el principio prima facie sobre una base grupal; y a 60.700 personas se les concedió alguna forma de protección temporal.

Por grandes regiones geográficas, se contabilizan un total de 6,6 millones de personas desplazadas forzosamente en Europa; 6,3 millones de personas en África (excluyendo el norte del continente); 4,2 millones de personas en la región de Asia-Pacífico; 2,6 millones de personas en Oriente Medio y el Norte de África; y 0,7 millones de personas desplazadas en América. Estas cifras no incluyen los 5,6 millones de refugiados/as palestinos/as auspiciados por la UNRWA, ni los 3,6 millones de venezolanos/as desplazados fuera de su país de origen.

 

 

En el informe anual de ACNUR “Tendencias Globales. Desplazamiento forzado en 2019”, aparecen, junto a estos datos fundamentales, claves de mucho interés para tener una completa fotografía del desplazamiento forzoso en el mundo. Destacamos las siguientes:

  • El 40 % de los 79,5 millones de personas desplazadas forzosamente en el mundo son niños y niñas menores de 18 años.
  • El 73 % de las personas refugiadas son acogidas por países limítrofes a sus países de origen.
  • El 85 % de las personas refugiadas en todo el mundo fueron acogidas por países en vías de desarrollo.
  • Un total de 11 millones de personas se convirtieron en nuevos desplazados, de los que 2,4 millones de personas se vieron obligados a rebasar la frontera de sus países de origen.
  • Se registraron en el mundo un total de 2 millones de solicitudes de asilo.
  • Un total de 317.200 personas refugiadas pudieron regresar a sus países de origen.
  • Un total de 107.800 refugiados/as fueron reasentados/as en terceros países.

> Accede aquí al informe “Tendencias globales. Desplazamiento forzado en 2019”.

> ¿Quieres saber lo que hacemos desde Accem en materia de asilo y refugio? Pincha aquí.

 

El Supremo confirma el derecho a la libre circulación de las personas que solicitan asilo en Ceuta y Melilla

El Tribunal Supremo ha confirmado el derecho a la libre circulación por todo el territorio nacional de las personas que han solicitado asilo en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y cuyas solicitudes han sido admitidas a trámite. Con la sentencia de la Sala III, de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal Supremo, se establece que no es conforme a derecho limitar los desplazamientos de estas personas a las ciudades de Ceuta y Melilla.

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo rechaza el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), del 6 de mayo de 2019, que estimaba a su vez el recurso presentado por un ciudadano de origen extranjero. Dicho recurso fue presentado contra una resolución de la Jefatura Superior de Policía de Ceuta que incluyó en la documentación que justificaba su condición de solicitante de protección internacional la inscripción ‘válido solo en Ceuta’. El TSJM anuló esta inscripción por ser contraria a derecho y reconoció el derecho del recurrente a circular libremente por todo el territorio.

El alto tribunal desestima el recurso de la Abogacía del Estado negando que, tanto desde la perspectiva del derecho interno como del comunitario e internacional, la admisión a trámite de la solicitud de asilo en España desde Ceuta o Melilla tenga la particularidad de limitar la libre circulación de las personas solicitantes a las ciudades autónomas, sin que puedan desplazarse por el conjunto del territorio del estado.

La sentencia destaca que “ha de entenderse que la admisión a trámite de la solicitud de protección internacional supone para el solicitante la autorización, aunque sea con carácter provisional, para la permanencia en territorio español (…), sin distinción de lugar o limitación a una parte del territorio nacional, pudiendo obtener autorización para trabajar”.

Y añade: “Igualmente, durante dicha estancia no podrá ser objeto de cualquier proceso de devolución, expulsión o extradición, de manera que, salvo que se adopten las medidas cautelares limitativas que se establecen en la misma Ley, la admisión a trámite de la solicitud permite al interesado la permanencia en cualquier lugar del territorio nacional sin más exigencia que la de informar sobre su domicilio en España y cualquier cambio que se produzca al respecto”.

> Para más información pincha aquí.

> Conoce el trabajo de Accem en el ámbito de la protección internacional.