Personas refugiadas
Las personas refugiadas son aquellas que se han visto obligadas a escapar de su lugar de origen o residencia a causa de la guerra, la violencia o la persecución. Una persona puede ser perseguida a causa de su origen racial o étnico, género, religión, opinión política, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género o pertenencia a cualquier grupo social determinado.
Una persona refugiada escapa porque el Estado en el que reside no le garantiza protección y seguridad y por eso debe buscarla en otro lugar. Las refugiadas y los refugiados están amparadas/os por la Convención de Ginebra de 1951 y el Protocolo de Nueva York de 1967, instrumentos jurídicos que han constituido la base fundamental para proteger desde su adopción a millones de personas en todo el mundo.
Convención de Ginebra +
La Convención de Ginebra se adoptó por Naciones Unidas en 1951 en el contexto internacional de un mundo devastado por las consecuencias de la II Guerra Mundial, que había generado el éxodo de millones de personas refugiadas.
Protocolo de Nueva York +
Complementa y amplía el alcance de la Convención de Ginebra. El Protocolo de Nueva York de 1967 elimina la restricción temporal y geográfica para las personas refugiadas que contenía la Convención, que limitaba su aplicación a las consecuencias de lo sucedido en Europa antes del 1 de enero de 1951.
Más de 110 millones de personas +
Actualmente, se calcula que más de 110 millones de personas en todo el mundo se encuentran en situación de desplazamiento forzoso. El contexto ha cambiado, pero no lo ha hecho la necesidad de huir y obtener refugio para muchas personas desprovistas de sus derechos más elementales en numerosas regiones del mundo.
Accem es referencia en el ámbito del derecho de asilo en España, participando desde hace más de 30 años en el sistema de atención integral a las personas refugiadas, tal y como exige el compromiso de nuestro país con la protección internacional y la Convención de Ginebra. A día de hoy nuestra red de acogida supera las 4.500 plazas y en el último año dimos atención y acompañamiento a más de 29.000 personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional.
Accem y las personas refugiadas
Desde el año 1992, cuando se crea la red de Centros de Acogida a Refugiados (C.A.R.), participamos en la atención y acogida e integración social de las personas refugiadas en España. Se trata de un modelo mixto, en el que el Estado y las ONG comparten responsabilidades desde una permanente coordinación para el funcionamiento adecuado del sistema.
Nuestra actuación con las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional es integral –abarcando todos los ámbitos relevantes de la vida– e individualizada, atendiendo a las necesidades y circunstancias de cada persona.
Más de 4.500 plazas de acogida +
Desde 1992, cuando abrimos nuestros primeros centros de acogida en Sigüenza (Guadalajara), León (Castilla y León), Sevilla (Andalucía) y Gijón (Asturias), nuestra red de alojamiento ha ido aumentando, adaptándose a las necesidades y exigencias de cada momento. Actualmente contamos con más de 4.500 plazas de acogida para personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, desde las que apoyamos su proceso de inclusión social.
Equipo interdisciplinar +
En nuestra entidad contamos con un equipo interdisciplinar con una experiencia muy consolidada en la atención a este colectivo, integrado por abogados/as, psicólogos/as, trabajadores/as sociales, educadores/as, profesores/as, orientadores/as laborales, etc., especialistas preparados para proporcionar la atención y el apoyo que las personas refugiadas necesitan para poder emprender un nuevo comienzo en la sociedad de acogida.
La respuesta de Accem comienza con la atención jurídica y social y la acogida, continúa con la atención psicológica y todo el conjunto de acciones para la inserción social y laboral. Finalmente, se lleva a cabo un importante esfuerzo de sensibilización orientado al conjunto de la ciudadanía, para fomentar el conocimiento, la empatía y la solidaridad con las personas refugiadas.
PERSONAS REFUGIADAS ATENDIDAS POR ACCEM EN 2023
Ver gráfico personas atendidas por Accem +
Personas solicitantes y beneficiarias de Protección Internacional (PI) atendidas por Accem en 2023
Suma solicitantes de Protección Internacional (PI) y Protección Temporal (PT) y beneficiarios del Estatuto de Refugiado, Protección Subsidiaria (PS) y PT
Atenciones por países y figuras de protección +
Personas solicitantes de protección atendidas por Accem en 2023 por nacionalidades
Incluye a solicitantes de PI y PT
Personas beneficiarias de protección atendidas por Accem en 2023 por nacionalidades
Incluye a beneficiarios del Estatuto de Refugiado, PS y PT
** No reconocida
El servicio de acogida de Accem da respuesta a la necesidad de alojamiento y manutención de algunas de las personas que solicitan protección internacional en España a través del diseño de un plan de intervención social individualizado. Para ello, se realiza un análisis de las necesidades, las competencias y habilidades de las personas participantes, con la finalidad de marcar los objetivos a alcanzar durante su estancia.
Nuestra red de centros y pisos de acogida está formada actualmente por un total de 4.595 plazas ubicadas en doce comunidades autónomas (dato junio de 2024), entre las comprendidas en la fase de valoración inicial y derivación, donde se acoge en recursos de emergencia a personas que expresan su voluntad de solicitar protección internacional y se encuentran en situación de vulnerabilidad, y las correspondientes propiamente a la fase de acogida.
El equipo jurídico de Accem ofrece asistencia legal especializada a las personas que desean solicitar o han solicitado protección internacional. El asesoramiento se produce durante todo el proceso de solicitud, sobre los derechos que las asisten y las obligaciones contraídas, así como sobre la tramitación de los procedimientos administrativos y judiciales de concesión de la protección.
Este servicio se dirige a personas no hispanohablantes que requieren de un servicio de traducción de documentos e interpretación simultánea. El objetivo es facilitar la comunicación verbal y escrita entre las personas destinatarias y los diferentes agentes con los que se relacionen para la tramitación de su expediente de protección internacional y en su proceso de inclusión social. Asimismo, se traducen los documentos más relevantes que se generan en este camino.
A través de esta actuación se apoya a las personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad como consecuencia de la carencia de recursos económicos, la falta de redes familiares y sociales de apoyo o las dificultades para acceder al sistema ordinario de protección social. El objetivo principal es favorecer la autonomía de las personas y garantizar la cobertura de sus necesidades básicas. Para ello se desarrolla un plan individualizado de intervención, que incluye acciones de orientación e información, mediación social, familiar e intercultural, acompañamiento y ayudas económicas.
El servicio de atención psicológica de Accem proporciona apoyo especializado a todas aquellas personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional y/o temporal que manifiestan esta necesidad. Se trata de personas que, en mayor o menor medida, tienen una situación de vulnerabilidad que les dificulta desarrollar su vida con normalidad. Esto suele estar determinado por la experiencia pasada que ha llevado a la persona a huir de su país de origen, así como a las dificultades propias del proceso de adaptación a un nuevo entorno y, en ocasiones, a experiencias traumáticas vividas en el transcurso de su trayecto. Además, se presta una especial atención a aquellas personas que presentan un mayor riesgo de vulnerabilidad psicológica.
La formación en el aprendizaje del idioma y de conocimientos socioculturales constituye un elemento clave en el proceso de inclusión de las personas refugiadas e inmigrantes en la sociedad de acogida. Con esta formación se pretende desarrollar su competencia comunicativa e intercultural para que sean capaces de desenvolverse de forma autónoma y participar como ciudadanos/as activos/as, además de fomentar el intercambio de códigos culturales de forma constructiva para superar prejuicios y estereotipos y posibilitar un contacto positivo entre hablantes de diferentes culturas e idiomas.
Las acciones de Accem para la integración laboral en el mercado de trabajo de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, desarrolladas a través de la actuación de empleo del programa de Protección Internacional (AccemAriadna), se realizan mediante el diseño y desarrollo de itinerarios integrales e individualizados de inserción laboral. De esta manera, se acompaña a las personas en la identificación, adquisición y desarrollo de sus competencias socioprofesionales, permitiéndoles mejorar su empleabilidad. También, mediante una serie de actuaciones transversales, se fomenta un espacio de encuentro y de relación entre los distintos agentes en el contexto laboral (empresariado, formadores/as y el propio colectivo de atención), facilitando también de este modo su inserción.
El asilo en España
España tuvo que esperar al regreso de la democracia para incorporarse a los países comprometidos con el asilo. Es en 1978 cuando se suscriben la Convención de Ginebra y el Protocolo de Nueva York, que quedan desde ese momento incorporados al acervo jurídico de nuestro país. Posteriormente las leyes de asilo de 1984 y 2009 han desarrollado la legislación sobre los derechos y deberes de las personas refugiadas.
Las personas que escapan a causa de la violencia o la persecución en sus países de origen deben solicitar individualmente protección internacional en el país de acogida y cumplir para su reconocimiento con diferentes estándares en un proceso que suele ser largo y no exento de dificultades. Existen distintas figuras de protección internacional: estatuto de refugiado, protección subsidiaria y protección temporal, a las que se añade la autorización de residencia y trabajo por razones humanitarias.
En Accem elaboramos un informe anual en el que recogemos todos los datos sobre protección internacional en España y en la UE. Los datos proceden del Ministerio del Interior y la agencia europea Eurostat.
Refugiados en el mundo
A mediados de 2023, los datos del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) apuntaban a la existencia de más 110 millones de personas en el mundo en situación de desplazamiento forzoso fuera de sus hogares y lugares de residencia habitual a causa de la guerra, la violencia o la persecución.
Si desglosamos los datos de este movimiento forzoso de población nos encontramos con 30,5 millones de personas identificadas como refugiadas bajo el mandato de ACNUR; 5,9 millones de personas refugiadas palestinas bajo el amparo de la UNRWA; 62,5 millones de personas desplazadas en el interior de sus países; 6,1 millones de solicitantes de asilo y otras 5,3 millones de personas con necesidad de recibir protección internacional.
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BANDA REFUGIADOS EN EL CINE
Procedimiento de asilo en España
España, como país firmante de la Convención de Ginebra (1951) y el Protocolo de Nueva York (1967) y en virtud de la legislación europea y española al respecto, tiene el compromiso de ofrecer protección a las personas que buscan refugio en nuestro país. Esta protección se articula a través de un sistema de atención y acogida de gestión mixta entre el Estado y las ONG especializadas, como es el caso de Accem.
Accem y las personas refugiadas
Desde Accem ofrecemos una respuesta integral e individualizada a las personas refugiadas con las que trabajamos, que comienza con la atención jurídica, continúa con la acogida y sigue con las acciones para facilitar el proceso de inserción laboral e integración social de cada persona.