Itinerarios de inserción socio-laboral para personas solicitantes de asilo, beneficiarias de protección internacional y/o apátridas
Nombre: Itinerarios de inserción socio-laboral para personas solicitantes de asilo, beneficiarias de protección internacional y/o apátridas.
Ámbito territorial: Comunidad de Madrid.
Financiador: Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Contenido: Este proyecto tiene por objeto desarrollar acciones tendentes a la integración sociolaboral de personas solicitantes de asilo, beneficiarias de protección internacional y/o apátridas que se encuentren fuera del Sistema Estatal de Acogida e Integración establecido para el colectivo, a través del desarrollo de itinerarios individualizados de inserción sociolaboral que estarán orientados a promover las potencialidades de cada persona participante, así como a facilitar el acceso a la formación, a las herramientas y a las acciones de apoyo más adecuadas para su proceso.
Perfil de atención:
En el proyecto se atenderá a personas que sean solicitantes y beneficiarias de Protección Internacional y/o apatridia, que residan en cualquiera de los diferentes municipios de la Comunidad de Madrid y que se encuentren fuera del sistema de acogida e integración establecido para el colectivo, con la especial vulnerabilidad asociada que ello conlleva. Asimismo, las personas participantes responderán a alguno de los siguientes perfiles de atención:
- Personas solicitantes de Protección Internacional que hayan formalizado su solicitud y estén en posesión del resguardo de la misma, pendientes de admisión.
- Personas solicitantes de Protección Internacional que hayan renovado la solicitud inicial y estén admitidas a trámite.
- Personas beneficiarias de Protección Internacional, a través del reconocimiento del Estatuto de refugiado.
- Personas beneficiarias de Protección Internacional, a través de la figura de Protección Subsidiaria.
- Personas solicitantes y beneficiarias del Estatuto de Apatridia.
- Personas solicitantes de Protección Internacional que hayan sido devueltas a España, en base a los criterios establecidos por el Reglamento de Dublín en vigor.
- Personas beneficiarias de protección temporal.