Evaluación de la aplicación de Schengen en Grecia

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La Comisión debate el borrador del informe de evaluación de la aplicación del acuerdo de Schengen en Grecia. El pasado 27 de enero el Colegio de Comisarios se reunió para tomar nota sobre este borrador, que se remitirá al Comité de Evaluación de Schengen para que éste emita su dictamen. La Comisión, mediante un acto de ejecución, aprobará entonces el informe.

El borrador de evaluación se basa en visitas que se realizaron a la frontera griega durante los días 10 al 13 de noviembre, y se comprueba la presencia de personal de policía y guardia costera, el proceso de identificación y el de registro, entre otros. El proyecto de informe, que no está publicado, determina que no se ha realizado un registro efectivo de los migrantes, que no se comprueba la autenticidad de los documentos que se presentan y que no hay una impresión sistemática de las huellas dactilares, por lo que concluye que Grecia está incumpliendo gravemente sus obligaciones.

Este informe se realiza en el marco del mecanismo de evaluación de Schengen, establecido en octubre de 2013, que consiste en la realización de evaluaciones plurianuales y anuales que pueden ser con o sin previo aviso. Al finalizar estas visitas se debe redactar un informe sobre la situación, que señalará las posibles deficiencias y el plazo para su adopción. Para poder realizar un seguimiento, el Estado miembro evaluado deberá presentar un plan de acción, indicando los medios que llevará a cabo para subsanar las deficiencias y podrá ser asistido en el cumplimiento con medidas prácticas o financieras de algunos órganos de la Unión Europea como Frontex o la propia Comisión.

En el octavo informe bianual, de 15 de diciembre de 2015, ya anunció la Comisión que se podrían recomendar la aplicación de las medidas específicas que prevén, por un lado, un procedimiento de prolongación de fronteras interiores (art. 26 CFS) y, por otro lado, que la comisión pueda recomendar que el Estado miembro evaluado medidas específicas como el despliegue de equipos de guardia costera de la UE o la presentación de un plan estratégico. Esta propuesta deberá ser aprobada por un comité de expertos de los Estados miembros por mayoría cualificada. A partir de este momento el país en cuestión dispondrá de tres meses para implantar las medidas.

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