León: nuevos talleres formativos

Los meses de julio, agosto y septiembre se prolonga la actividad del programa de Accem León de “Formación en el idioma y habilidades sociales”, así como los “Talleres de técnicas de búsqueda de empleo y alfabetización digital”.

Además, se han podido incluir talleres semanales de igualdad y género, gracias al proyecto “Convivencia adecuada entre mujeres y hombres inmigrantes”, financiado por la Concejalía de la Mujer del Ayuntamiento de León. Gracias a acciones grupales se pretende que las personas asistentes puedan asumir el valor de la igualdad, abrir espacios de diálogo que permita negociar funciones familiares y domésticas y discutir acerca de las dificultades específicas que sufren las mujeres en su proceso de integración social. Estos talleres se desarrollan los viernes de 12:00 a 14:00 horas.

Por otro lado, una vez más se inicia el curso sobre “Democracia, Constitución, organización política y valores”, de utilidad para la valoración del Informe de Esfuerzo de Integración por la Junta de Castilla y León y para apoyar las renovaciones de las autorizaciones de residencia y trabajo. Este curso se imparte de 10:00 a 12:00 horas cada miércoles en las oficinas de Accem.

Por Accem León

Nuevos audiovisuales disponibles para combatir la discriminación

El cuaderno didáctico “Materiales audiovisuales para trabajar por la igualdad de trato” que Accem lanzara el pasado mes de marzo sigue creciendo.

Durante estos meses, hemos revisado y ampliado los contenidos de esta publicación viva y flexible, con la que pretendemos facilitar el trabajo de los profesionales de la entidad y de otras personas interesadas para la promoción y defensa de la igualdad de derechos de todas las personas.

A continuación podrás encontrar nuevos spots, entrevistas, videoclips, cortometrajes y programas de TV para reflexionar, debatir, entender y actuar contra el racismo, la discriminación, la xenofobia y la intolerancia.

El material forma parte del “Programa de asistencia a víctimas de discriminación por origen racial o étnico” de Accem, financiado por la Dirección General de Migraciones (Ministerio de Empleo y Seguridad Social) y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI).

Descarga aquí la nueva edición ampliada “Lucha contra la discriminación racial o étnica. Materiales audiovisuales para trabajar por la igualdad de trato”. >>

Pincha aquí para acceder a la lista de materiales audiovisuales disponible en el canal de YouTube de Accem. >>

La solidaridad de los hoteles contribuye al bienestar de las personas que más lo necesitan

La Asociación Hoteles Solidarios ha donado a las sedes de Accem en Barcelona, Salamanca, Sigüenza y Sevilla material en perfecto estado de uso que ayudará a ir cubriendo necesidades básicas de los centros de acogida para las personas con las que nuestra entidad trabaja.

La donación consiste en colchones, cubrecamas y cortinas, procedentes de varios establecimientos colaboradores. Esta donación ha sido posible gracias al papel que dicha asociación realiza como mediadora entre donantes (hoteles) y receptores (ONG, residencias, albergues, etc.).

Para constatar y asegurar el destino final y buen uso del material donado, dos representantes de Hoteles Solidarios visitaron el Centro de Migraciones que Accem tiene en Sigüenza (Guadalajara) en el pasado mes de julio. La visita dio como resultado la intención de dar continuidad a la colaboración para ayudar a solventar las necesidades de los diversos centros de acogida a personas refugiadas, migrantes y en situación o riesgo de exclusión social que Accem tiene por toda la geografía española. Todo esto es posible gracias a la colaboración de entidades tanto públicas como privadas (medios de transporte, agentes sociales, etc.).

Hoteles Solidarios es una organización que busca que los establecimientos hoteleros donen el material que por razones de imagen han decidido cambiar y están en perfecto estado, para dotarles de más vida útil cubriendo así las necesidades básicas de colectivos en situación de emergencia o riesgo de exclusión.

Accede al sitio web de Hoteles Solidarios:
http://hotelbookinangel.esy.es/hoteles-solidarios/

Más información y contacto:
Jserrano@hotelessolidarios.org

Valencia: Marcha Nocturna Solidaria por la Serra Calderona

El próximo 20 de agosto se celebrará en la Serra Calderona (C.Valenciana) una Marcha Solidaria Nocturna, organizada por la Asociación Todo Axerra y el Parque Natural de la Serra Calderona, y a beneficio de Accem.

Se trata de una ruta sencilla por la montaña que nos permitirá disfrutar del frescor de la noche a la vez que se participa en una acción solidaria para apoyar a las personas y colectivos en situación de pobreza y riesgo de exclusión social con las que Accem trabaja.

La marcha se realizará el jueves 20 de agosto y dará comienzo a las 19:00 h. partiendo de la Plaza de las Antiguas Escuelas, detrás del Ayuntamiento de Serra. Recorrerá 8,5 kilómetros aproximadamente, con 220 metros de desnivel.

Es necesario inscripción previa, las plazas son limitadas. El precio de la inscripción/donativo es de 4 euros.

La ruta circular se inicia en el pueblo de Serra y el recorrido transita alrededor de la emblemática montaña de La Gorrisa, donde podremos disfrutar de unas vistas nocturnas maravillosas mientras abrimos los sentidos, nos abandonamos y nos dejamos llevar por los sonidos y las sombras que nos regala la naturaleza en una noche de verano.

Te invitamos a que te unas a nosotros con tu familia y amigos a esta marcha no competitiva nocturna en la cual, además de disfrutar de manera guiada por un espacio natural protegido de gran belleza, realizarás un acto solidario con tu donativo en beneficio de Accem.

Para más información e inscripciones, escribe a serra_calderona@gva.es

Accede aquí al cartel informativo de la actividad. >>

Por Accem Valencia

ECRI alerta sobre el aumento del discurso de odio en la red

Como todos los años, el pasado 9 de julio, la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) del Consejo de Europa presentó su informe anual correspondiente a 2014.

El documento da cuenta de las principales tendencias en materia de racismo, discriminación racial, xenofobia, antisemitismo e intolerancia en Europa y describe las actividades desarrolladas por este organismo durante el año.

Entre las grandes tendencias identificadas, el informe llama la atención sobre el “dramático aumento” del antisemitismo, la islamofobia, el discurso político de carácter xenófobo y discurso de odio en la red.

Este último, “se difunde rápidamente en las redes sociales y su audiencia puede ser más amplia que la de la prensa escrita extremista”.

El origen de este incremento está, según señala este organismo, en los conflictos de Oriente Medio, los movimientos islamistas violentos y la afluencia masiva de inmigrantes a Europa.

En este contexto, ECRI recomienda a los Estados miembros firmar y ratificar el protocolo adicional al convenio sobre cibercriminalidad, relativo a la incriminación de actos racistas y xenófobos, cometidos a través de internet.

Por otra parte, entre las tendencias observadas que son motivo de preocupación para este organismo europeo se encuentran:

· La disminución de los recursos financieros con los que cuentan los organismos especializados en la lucha contra el racismo, “precisamente en el momento que se observa, debido al incremento de los problemas sociales, un aumento del racismo y la intolerancia y cuando la labor de estos organismos es más necesaria que nunca”.

· El problema del bajo número de denuncias o la “infradenuncia” de las situaciones de discriminación.

· El aumento considerable de los ataques contra personas e instituciones judías. En algunos países, se observa un aumento del antisemitismo entre las comunidades musulmanas, en especial entre los jóvenes.

· El incremento de la islamofobia en Europa. En algunos países, el ascenso de los movimientos islamistas y extremistas violentos “ha sido instrumentalizado para presentar a los musulmanes como incapaces o no dispuestos a integrarse en las sociedades europeas y como una amenaza para la seguridad”.

· La persistencia del racismo y la intolerancia contra la población negra, la homofobia y la transfobia, las dificultades que enfrentan migrantes, solicitantes de asilo y refugiados que intentan llegar a Europa a través del Mediterráneo, así como las situaciones de exclusión social que afectan a la población gitana.

Descarga aquí el Informe de actividades de ECRI 2014 completo (en inglés). >>

Descarga aquí el Informe de actividades de ECRI 2014 completo (en francés). >>

Accede aquí al comunicado de prensa emitido por ECRI con motivo de la publicación de su informe. >>

Más información

La Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) fue establecida por el Consejo de Europa en 1993. Se trata de un organismo independiente de supervisión en el ámbito de los derechos humanos, especializado en cuestiones relativas al racismo y la intolerancia. Está integrada por miembros independientes e imparciales, elegidos por su autoridad moral y reconocida experiencia en cuestiones relativas al racismo, la xenofobia, el antisemitismo y la intolerancia.

En el marco de sus actividades estatutarias, la ECRI lleva a cabo estudios por países, con el fin de analizar la situación del racismo y la intolerancia en cada uno de los Estados miembros, y formular sugerencias y propuestas sobre cómo afrontar los problemas identificados.

Accede aquí al sitio web de ECRI. >>

30-J Día Mundial contra la Trata de Personas

Hoy 30 de julio se conmemora el Día Mundial de las Naciones Unidas contra la Trata de Personas, un fenómeno que, como llevamos denunciando desde hace años, ha sido reconocido entre los tres negocios ilícitos más lucrativos del mundo junto con el tráfico de drogas y el de armas. La trata de personas constituye una grave violación de los derechos humanos fundamentales y atenta contra la vida, la libertad y la dignidad de la persona.

En una fecha como esta, desde Accem queremos destacar que nos resulta especialmente preocupante la globalización del fenómeno, tal y como se refleja en el último informe sobre el tema de Naciones Unidas [1], pues a pesar de los avances en materia de persecución del delito, ningún país está a salvo de la compra-venta y la explotación de las personas. En todo el mundo hay personas que son tratadas con fines de explotación sexual, laboral, para la mendicidad, los matrimonios forzosos, la extracción de órganos o la explotación para realizar actividades delictivas.

En Accem tenemos una dilatada experiencia en el trabajo contra la trata, y la finalidad de la explotación laboral ha sido desde el principio una de las principales líneas de acción de la entidad en todas las iniciativas, proyectos y campañas desarrollados en esta lucha [2].

La trata con fines de explotación laboral –incluidos los sectores de manufactura y construcción, trabajo doméstico y producción textil– se ha incrementado constantemente en los últimos 5 años [3]. Es por esto que hoy desde Accem también queremos llamar especialmente la atención sobre estas víctimas de una finalidad de trata tan poco visible, tan difícil de detectar y que afecta de manera muy especial a las mujeres migrantes que llegan a nuestro país. Un 35 % de las víctimas identificadas de trata con fines de explotación laboral son mujeres. La mayor parte de las víctimas de trata en el mundo son femeninas: el 49 % de las víctimas identificadas son mujeres adultas y el 21 % son menores de edad.

Para concienciar sobre la gravedad de esta lacra, desde Accem nos unimos un año más a la campaña Corazón Azul, una iniciativa de sensibilización de la UNODC para concienciar sobre este fenómenoa nivel mundial. Por ello animamos a todo el mundo a unirse a la campaña haciéndose una fotografía formando un corazón con las manos y subiéndola a las redes sociales con el hashtag #doyesperanza (#Igivehope) para hacer circular mensajes de solidaridad con las víctimas de trata.

[1] http://www.unodc.org/documents/human-trafficking/2014/GLOTIP_2014_full_report.pdf

[2] Pincha aquí para saber más sobre la labor de Accem en materia de lucha contra trata de seres humanos. >>

[3] Datos del informe “Global Report On Trafficking In Persons” de 2014 de la UNODC

Nuevos cursos online de “Español como lengua extranjera”

Durante el segundo semestre de 2015 tendrán lugar dos nuevas ediciones del curso online de “Español como lengua extranjera” desarrollado por Accem.

Este curso se enmarca dentro del programa “Siempre hay tiempo”, financiado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI), y que tiene como propósito ofertar cursos de formación lingüística y sociocultural que faciliten la conciliación entre la vida laboral, personal y familiar de las personas inmigrantes.

El curso online tiene una duración de 80 horas para personas con un Nivel A2 de castellano y manejo básico de Internet. Dentro del curso se incluyen módulos formativos sobre perspectiva de género, sensibilización medioambiental así como sobre la organización política y territorial, festividades, etc. Para las personas que no puedan realizar el curso completo, existe la posibilidad de hacer independientemente alguno de estos módulos formativos de 10 horas.

Este curso es gratuito y otorga un certificado de participación.

Las fechas de las próximas ediciones son:

  • Del 2 de septiembre al 28 de octubre.
  • Del 29 de octubre al 23 de diciembre.

Las inscripciones para el curso de septiembre ya están abiertas y pueden realizarse a través del formulario de inscripción que se encuentra disponible en la plataforma del curso: www.accemformacion.org

Una vez realizada la inscripción, unos días antes al inicio del curso se enviará un mail con la confirmación de la participación en el mismo y las claves de acceso a la plataforma formativa.

Accede aquí al cartel informativo del curso. >>

Accede aquí a la guía didáctica del curso. >>

Para más información: asturias.socioeducativo@accem.es

Por Accem Asturias

Valencia: Tienda Solidaria en la muestra “La piel translúcida” de Iberdrola

Con motivo de la exposición “La piel translúcida” en el Centro Cultural Bancaja de Valencia (Pza. Tetuán, 23), la compañía Iberdrola, titular de la muestra, ha instalado una Tienda Solidaria en la que el dinero recaudado con la venta de sus productos será destinado a Accem, apoyando así el desarrollo de los proyectos que realizamos a beneficio de las personas y colectivos en situación o riesgo de exclusión social.

“La piel translúcida” ofrece una selección de 86 obras de la Colección Iberdrola, incluyendo obras de pintura, escultura, fotografía y vídeo. Esta exposición ha sido premiada por la Fundación Arco en la categoría de Coleccionismo Corporativo. Podrá visitarse en el Centro Cultural Bancaja hasta el próximo 18 de octubre.

La entrada es libre y gratuita y existe la posibilidad de realizar visitas guiadas también gratis.

Pincha aquí para saber más sobre la exposición “La piel translúcida”. >>

En la Tienda Solidaria será posible adquirir diferentes productos relacionados con la muestra, además del catálogo de la exposición. Con esta iniciativa Iberdrola colabora con Accem y con nuestros proyectos sociales destinados a trabajar en favor de los grupos más desfavorecidos, vinculando de esta manera el arte y la acción social.

Pincha aquí para saber más sobre la Tienda Solidaria. >>

Nueva Directiva UE sobre Acogida de Refugiados

La nueva Directiva de la Unión Europea lanzada este mes recoge las normas sobre las condiciones de acogida que deben cumplir y vinculan a los Estados miembros respecto a las personas que se han visto obligadas a escapar de sus países huyendo de la guerra y de la persecución, y han solicitado protección internacional. Esta Directiva forma parte del Sistema Europeo Común de Asilo (SECA), cuyo objetivo es armonizar las políticas de asilo de los 28 Estados de la Unión.

ECRE ha publicado una nota informativa respecto a la Directiva refundida sobre la normativa de la Acogida de los Solicitantes de Asilo. La Directiva fue adoptada el 26 de junio de 2013 por el Parlamento Europeo y el Consejo como parte de la refundición de los instrumentos que forman parte del Sistema Europeo Común de Asilo. La Directiva determina una serie de estándares para la acogida de los solicitantes de asilo. La Directiva vincula a todos los Estados Miembros de la UE excepto Dinamarca, Irlanda y Reino Unido. Sin embargo, sus provisiones sobre la detención de los solicitantes de acuerdo con la Regulación de Dublín, resulta de aplicación para todos los países de la UE y estados asociados que apliquen la Regulación.

La nota informativa proporciona un examen detallado sobre las previsiones clave de la refundición de la Directiva, que incluye, entre otros: un marco legal que regula la detención de los solicitantes de asilo, incluyendo a aquellas personas que estén sujetos a procedimientos de traslado bajo la aplicación de la Regulación de Dublín, normas más proteccionistas para el acceso al mercado laboral; estándares sobre el nivel y las modalidades de las condiciones y materiales de acogida que deben ser proporcionadas por los Estados Miembros. A lo largo de la nota, ECRE hace recomendaciones a los Estados Miembros para una apropiada interpretación de las previsiones de la Directiva, en línea con la legislación internacional para refugiados y los derechos humanos, la Carta Europea de Derechos Humanos y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. También se ofrece, a modo de guía, una serie de buenas prácticas para su implementación.

Los Estados Miembros vinculados por la Directiva deberán adaptar su legislación a los estándares de la Directiva antes del 20 de julio de 2015.

Accede aquí a la nota de ECRE >>

Accede aquí al nuevo texto de la directiva >>

Boletín EUMIGRE. Sección: “Europa Informa”
Fuente: ECRE

La pieza faltante: la Directiva UE sobre Protección Temporal

En su blog de análisis jurisprudencial y normativo, Steve Peers ha publicado una nota en la que se profundiza la oportunidad que ofrece la Directiva UE sobre Protección Temporal, jamás aplicada. El autor señala dos posibles motivos por los que la Directiva ha podido no ser implementada: el primero es la dificultad de asegurar la mayoría cualificada en el Consejo -exigida para la toma de decisiones bajo su amparo- frente a una situación de afluencia masiva que sólo afecta seriamente a un número limitado de Estados Miembros. El segundo, es la creencia compartida por muchos Estados Miembros de que la aplicación de la directiva puede dar lugar a un factor llamada respecto a migrantes que quieran entrar en la UE. Dicho esto, la no implementación de la Directiva hasta ahora demuestra que la aplicación de la Directiva es, más que nada, un proceso político que depende del consenso de la mayoría de Estados Miembros.

La Directiva europea sobre Protección Temporal entró en vigor en 2001, y ha introducido un marco práctico y eficiente para enfrentar las situaciones de afluencia masiva de migrantes a través de la formalización y armonización de los estándares de protección que deben aplicarse en dichas situaciones. Sin embargo, la directiva hasta ahora no ha sido implementada, ni tampoco se menciona en la Agenda Europea sobre migración en la reciente crisis migratoria del Mediterráneo. Se pretende demostrar que la Directiva sobre Protección Temporal habría podido, y puede aún, ser implementada como parte de una respuesta más efectiva para hacer frente a la llegada irregular de flujos mixtos a través del Mediterráneo y que debería ser incorporada a la Agenda sobre migración de la UE.

La Directiva tiene un mecanismo propio para su aplicación: a partir de la solicitud de un Estado Miembro la Comisión podrá proponer la aplicación de la Directiva. Sin embargo, dicha propuesta deberá ser discutida y adoptada por el Consejo. Mientras la Comisión es el único órgano de la UE que puede presentar la propuesta, y es el único órgano que tiene derecho a proponer los grupos específicos que recibirán la protección temporal, el Consejo tiene la potestad exclusiva para determinar dichos grupos.

La Directiva define dicha situación de afluencia masiva como “la llegada a la comunidad de un gran número de personas desplazadas, que vengan de un país o área geográfica específicos, ya sea una llegada espontánea o asistida por ejemplo a partir de un programa de evacuación” (art. 2.d). Siendo la existencia de afluencia masiva la clave para la activación de la Directiva, el término “llegada de un gran número de personas desplazadas”, como elemento definidor resulta bastante vago. Sin embargo, la propuesta de la Comisión puede ayudar a clarificar el significado de dicho término.

Tal y como se apunta en su propuesta: “La afluencia debe provenir de un mismo país o área geográfica (…) el número de personas deberá ser sustancial (…) la llegada gradual de solicitantes de asilo, refugiados o personas desplazadas, desde países distintos o regiones de origen no justificaran por sí misma la introducción de dicha protección temporal. Sin embargo, puede llegar un punto en el que el movimiento de personas, gradual al principio, se intensifique de tal manera que se convierta en masivo y que por lo tanto el sistema regular de asilo resulte insuficiente para absorber el flujo”. En vista de esta declaración y teniendo en cuenta que uno de los objetivos iníciales a la hora de redactar la Directiva era “evitar un atasco de los sistemas nacionales de asilo”, la incapacidad de los sistemas de asilo nacionales para hacer frente al gran número de grupos de personas solicitantes de refugio debería considerarse una situación de afluencia masiva, a partir de la definición de la Comisión. Como se ha visto en la propuesta, la posibilidad de una afluencia cumulativa no es descartada por la Comisión. Por ello, la llegada gradual de personas solicitantes de asilo a los estados miembro, cuando entorpece el funcionamiento del sistema nacional de asilo, puede indicar la existencia de una situación de afluencia masiva.

Otra de las cuestiones que se plantean es si la Directiva resulta aplicable a flujos migratorios mixtos. El artículo 2 de la Directiva de Protección Temporal, pretende incluir en su halo de protección a personas que huyan de conflictos armados, violencia y violación sistemática de derechos humanos. Además, la Propuesta de la Comisión se refiere a la Directiva como un documento para hacer frente a las afluencias a gran escala de solicitantes de asilo. Dentro de los flujos migratorios mixtos, existe un número sustancial de personas que se encuadrarían dentro de las categorías del artículo 2.

Dadas las categorías de personas que pueden encajar dentro del ámbito de aplicación de la Directiva puede concluirse que si la Directiva sobre Protección Temporal se aplicara, los refugiados, las personas huyendo de conflictos armados, violencia y violaciones de derechos humanos podrían ser protegidas como grupos bajo la aplicación de la Directiva durante un período de tres años. La Directiva proporciona un estatus de protección temporal que confiere permisos de residencia temporal, seguro sanitario de emergencia, refugio, prestaciones sociales, educación para menores así como un acceso limitado al mercado laboral y un derecho limitado a la reunificación familiar. Estos derechos sugieren unos mejores estándares de protección que aquellos recibidos por los solicitantes de asilo y migrantes en Grecia e Italia. Un número sustancial de Estados Miembros, en vez de implementar la protección temporal bajo un régimen formalizado, han optado por introducir un modelo nacional de protección temporal.

Un estudio de la Red Europea de Migración indica que Austria, Bélgica, Grecia, Irlanda, Italia, Polonia y España garantizan protección temporal a través de la legislación nacional. Entre dichas legislaciones existen numerosas discrepancias, especialmente al nivel de los derechos proporcionados a los beneficiarios de dicha protección. El estudio de la REM también apunta a que los estándares de protección proporcionados por las legislaciones nacionales son menos amplios e incluyen menos derechos que aquellos ofrecidos en la Directiva.

Finalmente, la directiva sobre protección temporal tiene sus propias cuotas de reparto. El artículo 25 de la Directiva permite el traslado de los beneficiarios de la protección entre los Estados Miembros a partir de una oferta voluntaria de uno de ellos y proporciona a los beneficiarios la opción de aceptar o no dicho traslado. En aquellos casos cuando la capacidad declarada de un estado sea excedida por el número de personas llegadas a su territorio, el Consejo puede llevar a cabo la acción pertinente y proporcionar apoyo adicional a aquellos estados miembros que se hayan visto más afectados. En este caso, las cuotas ofrecidas por la Directiva pueden ofrecer un sistema más equitativo y eficaz que el proporcionado por el sistema de Dublín. Por ello, la directiva sobre protección temporal puede llevar a unas cuotas de reparto más efectivas entre los estados miembros.

Lee aquí el análisis de la Directiva >>

Boletín EUMIGRE. Sección: “Análisis normativo y jurisprudencial”
Fuente: EU Law Análysis