Iniciativas de Accem para hacer visibles este 25-N las distintas formas de la violencia contra las mujeres

Hoy, 25 de noviembre, se celebra el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, que continúa en 2020 siendo de triste y rabiosa actualidad. La violencia contra las mujeres, en sus múltiples facetas, es una de las violaciones de los derechos humanos más extendidas en todo el mundo. Y aun así continúa siendo desconocida en toda su dimensión debido a la impunidad de los perpetradores, y el silencio, la estigmatización y la vergüenza que sufren las víctimas.

La pandemia y el confinamiento que han marcado este 2020 no han hecho más que agravar la situación de todas las mujeres que sufren a diario amenazas, agresiones y miedo en sus propios domicilios. En España al menos 41 mujeres han sido asesinadas este año por sus parejas o exparejas, una terrible cifra que se contabiliza dentro de las 1.074 mujeres víctimas mortales de la violencia machista desde 2003, cuando comenzaron a recogerse en las estadísticas oficiales.

Desde Accem en un día como hoy queremos hacer nuestra aportación a la sensibilización sobre una violencia que es estructural y que afecta directamente a la mitad del mundo: las mujeres.

#RefugiadasXGénero

Como organización especializada en el derecho de asilo, queremos invitaros a visitar nuestra web www.mujeresrefugiadas.accem.es, dedicada a hacer visible la realidad de las mujeres refugiadas que, además de huir por los mismos motivos que los hombres, y de sufrir más actos graves de persecución, se ven obligadas a escapar por motivos específicos por el mero hecho de ser mujeres y convertirse así en #RefugiadasXGénero. Los matrimonios forzados, la mutilación genital femenina, la trata, la discriminación grave y falta de libertad, los crímenes de honor y la persecución de la diversidad sexual figuran entre ellos y marcan las vidas de cientos de miles de mujeres en todo el mundo.

Violencia digital

Para la erradicación de la violencia contra las mujeres queda mucho camino por andar y es importante entender que las agresiones físicas son solo la punta de un gran iceberg. Y es que la violencia por razón de género contra la mujer se produce en todos los espacios y esferas de la interacción humana, ya sean públicos o privados. Entre esos espacios está también internet en general y las redes sociales en concreto. Por eso este 25 de noviembre queremos subrayar que la violencia de género puede ser también digital.

En el marco de nuestra campaña Save A Hater, que se propone sensibilizar sobre el odio, la polarización y la desinformación en las redes sociales, nos acercamos al fenómeno de la violencia de género digital, que es importante, que es real y que afecta muy especialmente a adolescentes y jóvenes.

#AlzaVOZcontraTRATA

Finalmente, desde Galicia, lanzamos la campaña de sensibilización #AlzaVOZcontraTRATA, que quiere visibilizar la trata de personas con fines de explotación sexual como violencia de género. Desde 2016 la ley gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género tipifica la trata sexual como violencia machista. Durante toda la jornada se repartirán mascarillas con una tarjeta informativa sobre la trata de personas, una violación de los derechos humanos que afecta mayoritariamente a mujeres y niñas. Además, algunas personas referentes en distintos ámbitos (cultural, deportivo, social…) manifestarán su apoyo a la campaña.

Esta campaña da continuidad a la jornada “Hablemos de trata” celebrada ayer martes desde el Auditorio Municipal de Vigo y en la que se abordó la realidad de la trata desde el ámbito jurídico, con reflexiones desde la Fiscalía; analizando el papel del hombre como prostituyente y en la que también se trabajó en común sobre los retos de la intervención social y la atención a las víctimas de trata.

Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres – La violencia contra las mujeres es causa de asilo

Comunicado de Accem con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.

El 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer y desde Accem queremos unirnos a la denuncia de todas las formas de violencia que sufren las mujeres por razón de su género. Queremos unirnos al recuerdo doloroso de las 41 mujeres asesinadas en España en 2020; de las 55 asesinadas en 2019; de las 1.074 mujeres asesinadas en nuestro país por la violencia de género desde 2003, cuando comenzaron a recogerse en las estadísticas oficiales. 

Pero desde Accem, como organización especializada en el derecho de asilo y la atención y acogida a las personas refugiadas, también queremos hoy hacer visible que las diferentes formas de persecución y violencia que sufren las mujeres en el mundo y que les obligan a huir de sus países de origen son causa de asilo en España. 

Las mujeres se convierten en refugiadas por los mismos motivos que los hombres, si bien para ellas el peligro siempre es mayor, al sufrir más actos graves de persecución, como es la violencia sexual. Pero además, las mujeres se enfrentan a formas específicas de persecución por causa de su género. Matrimonio forzado, mutilación genital, discriminación grave y falta de libertad, violencia física y sexual, crímenes de honor, trata de personas, persecución de la diversidad sexual, son algunas de las principales formas de violencia que obligan a las mujeres a huir.

La Convención de Ginebra de 1951 no reconoce específicamente el género como causa de asilo, aunque sí establece que la persecución por la pertenencia a un grupo social determinado es causa de asilo. La legislación española, con la aprobación de la Ley de Asilo del año 2009 dio un importante paso más en la protección de las mujeres y reconoció la persecución por género y orientación sexual como causa de asilo en España.

En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer se recuerda el asesinato de las tres hermanas Mirabal en la República Dominicana en 1960 por orden del dictador Rafael Trujillo. Ellas eran activistas y opositoras contra el régimen y sufrieron detenciones, encarcelamiento, violaciones y otras formas de tortura antes de ser finalmente asesinadas. 

Hoy, desde Accem nos unimos al recuerdo de las hermanas Mirabal, al dolor por las mujeres asesinadas cada año y a la denuncia de todas las formas de violencia y persecución que por causa de su género sufren las mujeres en el mundo, convirtiéndolas con frecuencia en refugiadas. 

Más información

Con ocasión del 25-N, os invitamos a visitar la web www.mujeresrefugiadas.accem.es y ampliar información sobre las distintas violencias que obligan a las mujeres a huir por el mero hecho de ser mujeres. Accede aquí a las #RefugiadasXGénero.

Aulas Refugio: recursos educativos para hablar en la escuela de género y refugio

Si eres profesora (o profesor), si participas en algún proyecto de carácter educativo o de sensibilización social, esto te interesa. Ponemos a tu disposición herramientas audiovisuales y actividades educativas ya diseñadas y gratuitas para que puedas trabajar con tu grupo la realidad de las personas refugiadas y, particularmente, de las mujeres refugiadas, obligadas a huir al sufrir persecución y/o violencia por causas asociadas a su condición de género.
  
Como entidad especializada en asilo, con una experiencia de 30 años en el apoyo a las personas refugiadas en España, en Accem somos conscientes de la importancia decisiva de la educación y la sensibilización como herramientas de transformación social. También sabemos de la importancia de contar con recursos ya preparados para que educadores y educadoras puedan llevar a sus aulas temáticas comprometidas y al mismo tiempo complejas como el asilo y la necesidad de refugio.
Desde Accem te presentamos nuestra serie de talleres “Penélope y las mujeres refugiadas”. A partir de dos cortometrajes de animación de contenido didáctico facilitamos la introducción a la persecución por motivos de género y la existencia de un instrumento esencial en la salvaguarda de los derechos humanos: la protección internacional.
Para ello recuperamos el mito clásico de Penélope, uno de los principales personajes de “La Odisea” de Homero. Penélope espera el regreso de Ulises, mientras sufre el acoso de hombres que pretenden forzarla a casarse con ellos. Nosotras/os le damos la vuelta al mito: Penélope ya no quiere esperar más y decide huir de Ítaca acompañada de su hijo para ponerse a salvo. Durante el viaje le esperarán grandes riesgos y peligros, siempre agravados por ser una mujer. Con Penélope queremos simbolizar a todas las mujeres refugiadas, enfrentadas a formas específicas de violencia y persecución por el mero hecho de ser mujeres.
Te invitamos a entrar en nuestra página de Mujeres Refugiadas, en la sección de Aulas Refugio y descargarte todos estos materiales audiovisuales, didácticos y por supuesto gratuitos que están disponibles para trabajar con tu alumnado y/o grupo.

Día Europeo contra la Trata de Personas – Por una ley integral contra la trata de personas y un abordaje basado en los derechos humanos y la protección de las víctimas

Con motivo de la conmemoración del Día Europeo contra la Trata de Personas (18 de octubre), desde Accem queremos incidir en la importancia de un abordaje integral en la lucha contra la trata con fines de explotación, en la necesidad de abandonar el enfoque persecutorio y avanzar hacia una normativa y unas políticas públicas centradas en los derechos humanos.

Este 2020 está suponiendo una dura prueba a causa de la pandemia de la Covid-19. La pérdida de empleos, la falta de acceso a derechos básicos como son la alimentación, la salud y la vivienda, han conducido a muchas personas a una situación de pobreza y exclusión social, incrementándose, con este aumento de su vulnerabilidad social, el riesgo de ser víctimas de trata de personas.

Por otra parte, las medidas de confinamiento originadas por la propia pandemia han determinado una mayor invisibilización y desprotección de las personas víctimas de trata y explotación. Pensamos especialmente en las personas a las que apoyamos desde Accem, como son las personas migrantes en situación irregular, las solicitantes de protección internacional y las personas refugiadas, que se han visto desprotegidas y se han convertido en un blanco más fácil para tratantes y explotadores.

Por estas razones, desde Accem consideramos que es aún más necesaria y prioritaria la aprobación en España de una ley integral contra la trata que se defina por un enfoque integral, interseccional y de derechos humanos, que abarque todas las formas de explotación y a todas las víctimas afectadas, sean mujeres, hombres, niñas, niños o personas transgénero. Una ley que abandone el enfoque puramente persecutorio y orientado al control de la inmigración irregular y que se centre en dar una respuesta efectiva a las necesidades individuales y de asistencia y protección de cualquier víctima, que garantice el acceso real a derechos y servicios básicos y que establezca un mecanismo estatal de identificación y derivación efectivo. Una ley, en fin, que introduzca medidas reales para favorecer la inclusión real y a largo plazo de las víctimas de trata y explotación.

 

> Conoce el trabajo de Accem en la lucha contra la trata de personas.

 

 

 

Se reactiva el programa de reasentamiento de refugiados con la llegada de 140 personas desde Líbano

El pasado 24 de septiembre llegaba a España un vuelo procedente de Líbano con 138 personas refugiadas a bordo para su reasentamiento en España, de las que cuatro familias y un total de 18 personas fueron acogidas por Accem en primera instancia.

Todas las personas acogidas por Accem son de nacionalidad siria y entre ellas hay 9 menores. A partir de este momento dos de las familias acogidas por Accem permanecerán en nuestro programa de acogida a personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, iniciando desde ya su itinerario activo de inserción.

La buena noticia es que con este grupo se reactiva el programa de reasentamiento en este complicado año 2020 por las dificultades añadidas que está suponiendo la gestión de la pandemia por la Covid-19.

En el mes de enero llegó un primer grupo de refugiados reasentados desde Turquía, con 7 personas, de las que acogimos a dos de ellas en los centros de Accem; en febrero llegó un segundo grupo procedente de Egipto e integrado por 57 personas, de las que acogimos a 9; y se suma ahora este grupo más numeroso de 138 personas, de las que Accem ha acogido a 18. En total, en este 2020 han sido reasentadas en España un total de 202 personas.

El reasentamiento, una vía segura para las personas refugiadas

El Gobierno de España aprobó el 20 de diciembre de 2019 en reunión del Consejo de Ministros el Programa de Reasentamiento de Refugiados en España de 2019, previsto para su ejecución durante 2020. Este programa prevé el reasentamiento en España de 1.200 personas refugiadas a través de esta vía legal y segura que es el reasentamiento.

Según lo previsto en el programa de este año, las personas que se benefician de este programa procederán de Siria u otros países afectados por situaciones de guerra a partir de las prioridades identificadas por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Unión Europea.

El reasentamiento consiste en el traslado de personas desde un país de asilo a otro que se compromete a reconocer su condición de refugiadas y a proporcionar una acogida. La vía del reasentamiento se toma cuando el primer país de asilo no puede garantizar la seguridad de la persona refugiada; cuando ese país no puede afrontar por sí solo la acogida a un número elevado de personas como consecuencia de una gran crisis humanitaria o cuando en el segundo país de asilo existen mayores y mejores posibilidades para su proceso de integración social.

¿Quieres saber más sobre las personas refugiadas y el trabajo de Accem? Pincha aquí. 

 

 

 

La reubicación de las personas refugiadas tras el incendio en Moria, una urgente necesidad

El incendio del campo de refugiados de Moria en la isla de Lesbos, en la madrugada del pasado 9 de septiembre, ha sacado a la luz pública la lamentablemente situación en la que se encontraban 12.500 personas que vivían en unas instalaciones con capacidad para solo 3.000.

Desde Accem no podemos dejar de recordar la urgente necesidad de que tanto la Unión Europea como sus Estados miembro asuman su responsabilidad y actúen con la solidaridad que requieren los principios de humanidad. Unos principios que parecen haber sido olvidados, especialmente tras lo ocurrido en Moria, a lo que se suma ahora el abandono en las cunetas, prácticamente sin agua, sin alimentos y sin atención médica, de personas que llegaron a Europa huyendo de situaciones de guerra y persecución en busca de asilo.

Ante la negativa del Gobierno español a formar parte de los países que trabajan en la reubicación de estas personas, nos hemos sumado a la petición realizada por la Coordinadora de ONGD, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado y Amnistía Internacional, en la que se insta al Gobierno a:

  • Aceptar la reubicación en España de manera urgente e inmediata de una parte de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad en Lesbos, especialmente menores de edad migrantes no acompañados y familias con menores, que se han visto afectadas por el incendio en el campamento de Moria.
  • Adoptar una actitud proactiva en la UE para lograr la reubicación en condiciones dignas de la totalidad de las personas afectadas en el menor plazo de tiempo posible. Hay miles de vidas en juego.
  • Asumir de manera compartida entre los Estados miembros de la UE la responsabilidad de atención a las personas migrantes y refugiadas, respetando los tratados internacionales y el pleno respeto de los derechos humanos, en el marco del futuro Pacto de Migración y Refugio.

Los solicitantes de protección internacional podrán obtener autorización de residencia sin renunciar al asilo

Los solicitantes de protección internacional podrán obtener la autorización de residencia en España sin por eso tener que renunciar a su solicitud de protección, según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La secretaria de Estado de Migraciones, Hana Jalloul, ha respondido favorablemente al Defensor del Pueblo, institución desde la que se había pedido desde 2017 que se clarificase la compatibilidad de los procedimientos de asilo con aquellos regulados por la legislación de extranjería. La petición del Defensor del Pueblo se debía a las barreras con las que se encontraban los solicitantes de protección internacional que veían que el trámite de solicitud de residencia por circunstancias excepcionales se veía condicionado por la renuncia a la solicitud de asilo.

Con esta decisión, y aunque el procedimiento de extranjería y el de la protección internacional responden a dos realidades diferenciadas, los/as solicitantes de protección internacional podrán solicitar la autorización de residencia temporal por razón de arraigo por circunstancias excepcionales. Esta solicitud de autorización de residencia por arraigo en ningún caso podrá ser inadmitida a trámite.

La secretaria de Estado, en su respuesta al Defensor del Pueblo, defiende la necesidad de adoptar “un enfoque flexible y personalizado” en el diseño e implementación de políticas inclusivas, que ponga “en primer lugar a la persona”, al amparo del artículo 10.1 de la Constitución española, dedicado al reconocimiento de la dignidad de la persona y de los derechos inviolables que le son inherentes.

Desde Accem consideramos favorablemente esta medida ya que permitirá que los solicitantes de protección internacional puedan solicitar una autorización de residencia por arraigo sin tener que renunciar a su solicitud de protección como venía sucediendo hasta ahora en la práctica. De esta forma, se refuerza el correcto ejercicio del derecho a solicitar asilo, garantizando que toda persona que lo solicite, no se vea obligada a renunciar a su solicitud por intentar obtener un permiso de residencia.

> Accede a la información publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

> Conoce el trabajo de atención, acogida e integración de Accem con las personas refugiadas.

> Accede a más noticias sobre asilo y refugio.

Estrasburgo falla a favor del reconocimiento oficial del nombre y género de las personas refugiadas trans

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha reconocido en una sentencia del 16 de julio de este 2020 el derecho de las personas refugiadas trans al reconocimiento legal de su género, según informa en su web Transgender Europe (TGEU).

En el caso Rana vs Hungría, el Tribunal de Estrasburgo falla que el Estado húngaro violó el derecho a la vida privada y familiar de la persona demandante al rechazar su solicitud de cambiar oficialmente su nombre y su sexo. Se daba la circunstancia de que a la persona solicitante se le había concedido el estatuto de refugiado/a precisamente por la persecución sufrida a causa de su identidad trans en su país de origen, Irán.

En su sentencia, el TEDH amplía la extensión de su decisión a todas las personas no nacionales de Hungría que estén en las mismas circunstancias y en situación regular en el país. La sentencia es especialmente significativa en un momento en el que el Parlamento húngaro ha aprobado recientemente un proyecto de ley regresivo en este sentido, al reemplazar en el registro civil la casilla reservada al sexo por una específica de ‘sexo asignado al nacer’, lo que de hecho imposibilita el reconocimiento de la identidad de género en Hungría. En el momento en el que se presentó el caso Rana vs Hungría, en 2017, esta posibilidad sí existía, aunque debido a una laguna legislativa dejaba fuera a todas las personas no húngaras residentes en el país. El TEDH y el Tribunal Constitucional de Hungría afirmaron entonces que esto “restringía desproporcionadamente su derecho a la dignidad humana”.

Con esta sentencia se pone de manifiesto una vez más la necesidad de establecer mecanismos efectivos para el cambio de nombre y sexo en registros y documentación oficial para de este modo respetar y no vulnerar el derecho a la intimidad de las personas trans no nacionales. Esta necesidad es especialmente acuciante en el caso de las personas refugiadas que han sufrido persecución precisamente por su identidad de género, hasta el punto de haber tenido que abandonar su país de origen para salvaguardar su vida e integridad. Para ellas es prácticamente imposible realizar estos cambios en sus países de origen.

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> Accede aquí a la sentencia del caso Rana vs Hungría.

 

 

Refugiados en el mundo: un millón de personas consiguieron protección en el último año

Hay 79,5 millones de personas que se han visto abocadas al desplazamiento forzoso dentro y fuera de las fronteras de sus países.

La Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ha cifrado el número de personas desplazadas forzosamente en el mundo en 79,5 millones de personas. Esto significa que 1 de cada 97 personas en el mundo se encuentra en esta situación. En el año 2019 consiguieron protección en el mundo alrededor de un millón de personas.

Esta cifra total es desglosada en los siguientes datos fundamentales:

  • Hay en el mundo 26 millones de personas refugiadas. De ellas, 20,4 millones de personas se encuentran bajo el amparo de ACNUR y 5,6 millones de personas son palestinos/as bajo el amparo de la UNRWA (Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados Palestinos).
  • Hay 45,7 millones de desplazados internos, es decir, que no han rebasado las fronteras del país en el que residen, según los datos del Internal Displacement Monitoring Centre (IDMC).
  • Hay 4,2 millones de personas en el mundo con el estatus jurídico de solicitantes de asilo.
  • Hay 3,6 millones de personas originarias de Venezuela que se han visto obligadas a desplazarse fuera de su país y no se encuadran en las categorías anteriores.

Mapa de las personas refugiadas en el mundo

Si nos centramos en las personas refugiadas, ACNUR contabiliza entre 2010 y 2019 un total de 20,4 millones de personas refugiadas, en comparación con los 10 millones de 2010. A todos ellos/as hay que sumar los 5,6 millones de refugiados/as palestinos/as bajo el amparo de la UNRWA.

Del total de 20,4 millones de personas refugiadas se estima que cerca de un millón de personas obtuvieron protección en 2019: un total de 570.600 personas obtuvieron el reconocimiento de su condición de refugiadas a partir de una solicitud de asilo; 321.500 personas fueron reconocidas como refugiadas bajo el principio prima facie sobre una base grupal; y a 60.700 personas se les concedió alguna forma de protección temporal.

Por grandes regiones geográficas, se contabilizan un total de 6,6 millones de personas desplazadas forzosamente en Europa; 6,3 millones de personas en África (excluyendo el norte del continente); 4,2 millones de personas en la región de Asia-Pacífico; 2,6 millones de personas en Oriente Medio y el Norte de África; y 0,7 millones de personas desplazadas en América. Estas cifras no incluyen los 5,6 millones de refugiados/as palestinos/as auspiciados por la UNRWA, ni los 3,6 millones de venezolanos/as desplazados fuera de su país de origen.

 

 

En el informe anual de ACNUR “Tendencias Globales. Desplazamiento forzado en 2019”, aparecen, junto a estos datos fundamentales, claves de mucho interés para tener una completa fotografía del desplazamiento forzoso en el mundo. Destacamos las siguientes:

  • El 40 % de los 79,5 millones de personas desplazadas forzosamente en el mundo son niños y niñas menores de 18 años.
  • El 73 % de las personas refugiadas son acogidas por países limítrofes a sus países de origen.
  • El 85 % de las personas refugiadas en todo el mundo fueron acogidas por países en vías de desarrollo.
  • Un total de 11 millones de personas se convirtieron en nuevos desplazados, de los que 2,4 millones de personas se vieron obligados a rebasar la frontera de sus países de origen.
  • Se registraron en el mundo un total de 2 millones de solicitudes de asilo.
  • Un total de 317.200 personas refugiadas pudieron regresar a sus países de origen.
  • Un total de 107.800 refugiados/as fueron reasentados/as en terceros países.

> Accede aquí al informe “Tendencias globales. Desplazamiento forzado en 2019”.

> ¿Quieres saber lo que hacemos desde Accem en materia de asilo y refugio? Pincha aquí.

 

El Supremo confirma el derecho a la libre circulación de las personas que solicitan asilo en Ceuta y Melilla

El Tribunal Supremo ha confirmado el derecho a la libre circulación por todo el territorio nacional de las personas que han solicitado asilo en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y cuyas solicitudes han sido admitidas a trámite. Con la sentencia de la Sala III, de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal Supremo, se establece que no es conforme a derecho limitar los desplazamientos de estas personas a las ciudades de Ceuta y Melilla.

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo rechaza el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), del 6 de mayo de 2019, que estimaba a su vez el recurso presentado por un ciudadano de origen extranjero. Dicho recurso fue presentado contra una resolución de la Jefatura Superior de Policía de Ceuta que incluyó en la documentación que justificaba su condición de solicitante de protección internacional la inscripción ‘válido solo en Ceuta’. El TSJM anuló esta inscripción por ser contraria a derecho y reconoció el derecho del recurrente a circular libremente por todo el territorio.

El alto tribunal desestima el recurso de la Abogacía del Estado negando que, tanto desde la perspectiva del derecho interno como del comunitario e internacional, la admisión a trámite de la solicitud de asilo en España desde Ceuta o Melilla tenga la particularidad de limitar la libre circulación de las personas solicitantes a las ciudades autónomas, sin que puedan desplazarse por el conjunto del territorio del estado.

La sentencia destaca que “ha de entenderse que la admisión a trámite de la solicitud de protección internacional supone para el solicitante la autorización, aunque sea con carácter provisional, para la permanencia en territorio español (…), sin distinción de lugar o limitación a una parte del territorio nacional, pudiendo obtener autorización para trabajar”.

Y añade: “Igualmente, durante dicha estancia no podrá ser objeto de cualquier proceso de devolución, expulsión o extradición, de manera que, salvo que se adopten las medidas cautelares limitativas que se establecen en la misma Ley, la admisión a trámite de la solicitud permite al interesado la permanencia en cualquier lugar del territorio nacional sin más exigencia que la de informar sobre su domicilio en España y cualquier cambio que se produzca al respecto”.

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