30-J Día Mundial contra la Trata de Personas

Hoy 30 de julio se conmemora el Día Mundial de las Naciones Unidas contra la Trata de Personas, un fenómeno que, como llevamos denunciando desde hace años, ha sido reconocido entre los tres negocios ilícitos más lucrativos del mundo junto con el tráfico de drogas y el de armas. La trata de personas constituye una grave violación de los derechos humanos fundamentales y atenta contra la vida, la libertad y la dignidad de la persona.

En una fecha como esta, desde Accem queremos destacar que nos resulta especialmente preocupante la globalización del fenómeno, tal y como se refleja en el último informe sobre el tema de Naciones Unidas [1], pues a pesar de los avances en materia de persecución del delito, ningún país está a salvo de la compra-venta y la explotación de las personas. En todo el mundo hay personas que son tratadas con fines de explotación sexual, laboral, para la mendicidad, los matrimonios forzosos, la extracción de órganos o la explotación para realizar actividades delictivas.

En Accem tenemos una dilatada experiencia en el trabajo contra la trata, y la finalidad de la explotación laboral ha sido desde el principio una de las principales líneas de acción de la entidad en todas las iniciativas, proyectos y campañas desarrollados en esta lucha [2].

La trata con fines de explotación laboral –incluidos los sectores de manufactura y construcción, trabajo doméstico y producción textil– se ha incrementado constantemente en los últimos 5 años [3]. Es por esto que hoy desde Accem también queremos llamar especialmente la atención sobre estas víctimas de una finalidad de trata tan poco visible, tan difícil de detectar y que afecta de manera muy especial a las mujeres migrantes que llegan a nuestro país. Un 35 % de las víctimas identificadas de trata con fines de explotación laboral son mujeres. La mayor parte de las víctimas de trata en el mundo son femeninas: el 49 % de las víctimas identificadas son mujeres adultas y el 21 % son menores de edad.

Para concienciar sobre la gravedad de esta lacra, desde Accem nos unimos un año más a la campaña Corazón Azul, una iniciativa de sensibilización de la UNODC para concienciar sobre este fenómenoa nivel mundial. Por ello animamos a todo el mundo a unirse a la campaña haciéndose una fotografía formando un corazón con las manos y subiéndola a las redes sociales con el hashtag #doyesperanza (#Igivehope) para hacer circular mensajes de solidaridad con las víctimas de trata.

[1] http://www.unodc.org/documents/human-trafficking/2014/GLOTIP_2014_full_report.pdf

[2] Pincha aquí para saber más sobre la labor de Accem en materia de lucha contra trata de seres humanos. >>

[3] Datos del informe “Global Report On Trafficking In Persons” de 2014 de la UNODC

Nuevos cursos online de “Español como lengua extranjera”

Durante el segundo semestre de 2015 tendrán lugar dos nuevas ediciones del curso online de “Español como lengua extranjera” desarrollado por Accem.

Este curso se enmarca dentro del programa “Siempre hay tiempo”, financiado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI), y que tiene como propósito ofertar cursos de formación lingüística y sociocultural que faciliten la conciliación entre la vida laboral, personal y familiar de las personas inmigrantes.

El curso online tiene una duración de 80 horas para personas con un Nivel A2 de castellano y manejo básico de Internet. Dentro del curso se incluyen módulos formativos sobre perspectiva de género, sensibilización medioambiental así como sobre la organización política y territorial, festividades, etc. Para las personas que no puedan realizar el curso completo, existe la posibilidad de hacer independientemente alguno de estos módulos formativos de 10 horas.

Este curso es gratuito y otorga un certificado de participación.

Las fechas de las próximas ediciones son:

  • Del 2 de septiembre al 28 de octubre.
  • Del 29 de octubre al 23 de diciembre.

Las inscripciones para el curso de septiembre ya están abiertas y pueden realizarse a través del formulario de inscripción que se encuentra disponible en la plataforma del curso: www.accemformacion.org

Una vez realizada la inscripción, unos días antes al inicio del curso se enviará un mail con la confirmación de la participación en el mismo y las claves de acceso a la plataforma formativa.

Accede aquí al cartel informativo del curso. >>

Accede aquí a la guía didáctica del curso. >>

Para más información: asturias.socioeducativo@accem.es

Por Accem Asturias

Valencia: Tienda Solidaria en la muestra “La piel translúcida” de Iberdrola

Con motivo de la exposición “La piel translúcida” en el Centro Cultural Bancaja de Valencia (Pza. Tetuán, 23), la compañía Iberdrola, titular de la muestra, ha instalado una Tienda Solidaria en la que el dinero recaudado con la venta de sus productos será destinado a Accem, apoyando así el desarrollo de los proyectos que realizamos a beneficio de las personas y colectivos en situación o riesgo de exclusión social.

“La piel translúcida” ofrece una selección de 86 obras de la Colección Iberdrola, incluyendo obras de pintura, escultura, fotografía y vídeo. Esta exposición ha sido premiada por la Fundación Arco en la categoría de Coleccionismo Corporativo. Podrá visitarse en el Centro Cultural Bancaja hasta el próximo 18 de octubre.

La entrada es libre y gratuita y existe la posibilidad de realizar visitas guiadas también gratis.

Pincha aquí para saber más sobre la exposición “La piel translúcida”. >>

En la Tienda Solidaria será posible adquirir diferentes productos relacionados con la muestra, además del catálogo de la exposición. Con esta iniciativa Iberdrola colabora con Accem y con nuestros proyectos sociales destinados a trabajar en favor de los grupos más desfavorecidos, vinculando de esta manera el arte y la acción social.

Pincha aquí para saber más sobre la Tienda Solidaria. >>

Consecuencias de la discriminación en el acceso a una vivienda

La asociación Provivienda ha lanzado recientemente la segunda fase de su campaña de sensibilización “Con un alquiler justo, respetamos los derechos”, que esta vez se orienta a visibilizar las consecuencias que se derivan de las conductas y prácticas discriminatorias en el acceso y mantenimiento de una vivienda.

Según la Unión Europea, tal y como recoge Provivienda, la discriminación por origen o nacionalidad es la principal causa de discriminación en España y en la UE. Esto enlazaría con la realidad de que muchas familias inmigrantes habitan en España viviendas en condiciones inadecuadas.

Así, en la segunda edición de la campaña de sensibilización, esta entidad se centra en la experiencia de las familias inmigrantes con respecto a la vivienda. A través de la historia de Samira, Provivienda nos interpela sobre cómo el trato discriminatorio en este ámbito no sólo vulnera los derechos a un trato igualitario y a una vivienda digna, sino que también afecta a otros derechos fundamentales como la educación, la sanidad o la dignidad de la persona.

Esta campaña cuenta en esta fase con dos infografías y un vídeo que puedes ver a continuación. Se enmarca en el Programa de Promoción de la No Discriminación Residencial de las Personas Inmigrantes que financian el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Fondo Europeo para la Integración.

En su edición anterior, tres vídeos mostraban a diferentes propietarios responder a preguntas sobre esta temática con la finalidad de ayudar a mitigar los posibles miedos que otros propietarios pudieran tener a la hora de alquilar su piso a una persona migrante.

Para más información sobre la campaña “Con un alquiler justo, respetamos los derechos”, de Provivienda, pincha aquí. >>

Para acceder a la web del programa, pincha aquí. >>

Fuente: Provivienda

La pieza faltante: la Directiva UE sobre Protección Temporal

En su blog de análisis jurisprudencial y normativo, Steve Peers ha publicado una nota en la que se profundiza la oportunidad que ofrece la Directiva UE sobre Protección Temporal, jamás aplicada. El autor señala dos posibles motivos por los que la Directiva ha podido no ser implementada: el primero es la dificultad de asegurar la mayoría cualificada en el Consejo -exigida para la toma de decisiones bajo su amparo- frente a una situación de afluencia masiva que sólo afecta seriamente a un número limitado de Estados Miembros. El segundo, es la creencia compartida por muchos Estados Miembros de que la aplicación de la directiva puede dar lugar a un factor llamada respecto a migrantes que quieran entrar en la UE. Dicho esto, la no implementación de la Directiva hasta ahora demuestra que la aplicación de la Directiva es, más que nada, un proceso político que depende del consenso de la mayoría de Estados Miembros.

La Directiva europea sobre Protección Temporal entró en vigor en 2001, y ha introducido un marco práctico y eficiente para enfrentar las situaciones de afluencia masiva de migrantes a través de la formalización y armonización de los estándares de protección que deben aplicarse en dichas situaciones. Sin embargo, la directiva hasta ahora no ha sido implementada, ni tampoco se menciona en la Agenda Europea sobre migración en la reciente crisis migratoria del Mediterráneo. Se pretende demostrar que la Directiva sobre Protección Temporal habría podido, y puede aún, ser implementada como parte de una respuesta más efectiva para hacer frente a la llegada irregular de flujos mixtos a través del Mediterráneo y que debería ser incorporada a la Agenda sobre migración de la UE.

La Directiva tiene un mecanismo propio para su aplicación: a partir de la solicitud de un Estado Miembro la Comisión podrá proponer la aplicación de la Directiva. Sin embargo, dicha propuesta deberá ser discutida y adoptada por el Consejo. Mientras la Comisión es el único órgano de la UE que puede presentar la propuesta, y es el único órgano que tiene derecho a proponer los grupos específicos que recibirán la protección temporal, el Consejo tiene la potestad exclusiva para determinar dichos grupos.

La Directiva define dicha situación de afluencia masiva como “la llegada a la comunidad de un gran número de personas desplazadas, que vengan de un país o área geográfica específicos, ya sea una llegada espontánea o asistida por ejemplo a partir de un programa de evacuación” (art. 2.d). Siendo la existencia de afluencia masiva la clave para la activación de la Directiva, el término “llegada de un gran número de personas desplazadas”, como elemento definidor resulta bastante vago. Sin embargo, la propuesta de la Comisión puede ayudar a clarificar el significado de dicho término.

Tal y como se apunta en su propuesta: “La afluencia debe provenir de un mismo país o área geográfica (…) el número de personas deberá ser sustancial (…) la llegada gradual de solicitantes de asilo, refugiados o personas desplazadas, desde países distintos o regiones de origen no justificaran por sí misma la introducción de dicha protección temporal. Sin embargo, puede llegar un punto en el que el movimiento de personas, gradual al principio, se intensifique de tal manera que se convierta en masivo y que por lo tanto el sistema regular de asilo resulte insuficiente para absorber el flujo”. En vista de esta declaración y teniendo en cuenta que uno de los objetivos iníciales a la hora de redactar la Directiva era “evitar un atasco de los sistemas nacionales de asilo”, la incapacidad de los sistemas de asilo nacionales para hacer frente al gran número de grupos de personas solicitantes de refugio debería considerarse una situación de afluencia masiva, a partir de la definición de la Comisión. Como se ha visto en la propuesta, la posibilidad de una afluencia cumulativa no es descartada por la Comisión. Por ello, la llegada gradual de personas solicitantes de asilo a los estados miembro, cuando entorpece el funcionamiento del sistema nacional de asilo, puede indicar la existencia de una situación de afluencia masiva.

Otra de las cuestiones que se plantean es si la Directiva resulta aplicable a flujos migratorios mixtos. El artículo 2 de la Directiva de Protección Temporal, pretende incluir en su halo de protección a personas que huyan de conflictos armados, violencia y violación sistemática de derechos humanos. Además, la Propuesta de la Comisión se refiere a la Directiva como un documento para hacer frente a las afluencias a gran escala de solicitantes de asilo. Dentro de los flujos migratorios mixtos, existe un número sustancial de personas que se encuadrarían dentro de las categorías del artículo 2.

Dadas las categorías de personas que pueden encajar dentro del ámbito de aplicación de la Directiva puede concluirse que si la Directiva sobre Protección Temporal se aplicara, los refugiados, las personas huyendo de conflictos armados, violencia y violaciones de derechos humanos podrían ser protegidas como grupos bajo la aplicación de la Directiva durante un período de tres años. La Directiva proporciona un estatus de protección temporal que confiere permisos de residencia temporal, seguro sanitario de emergencia, refugio, prestaciones sociales, educación para menores así como un acceso limitado al mercado laboral y un derecho limitado a la reunificación familiar. Estos derechos sugieren unos mejores estándares de protección que aquellos recibidos por los solicitantes de asilo y migrantes en Grecia e Italia. Un número sustancial de Estados Miembros, en vez de implementar la protección temporal bajo un régimen formalizado, han optado por introducir un modelo nacional de protección temporal.

Un estudio de la Red Europea de Migración indica que Austria, Bélgica, Grecia, Irlanda, Italia, Polonia y España garantizan protección temporal a través de la legislación nacional. Entre dichas legislaciones existen numerosas discrepancias, especialmente al nivel de los derechos proporcionados a los beneficiarios de dicha protección. El estudio de la REM también apunta a que los estándares de protección proporcionados por las legislaciones nacionales son menos amplios e incluyen menos derechos que aquellos ofrecidos en la Directiva.

Finalmente, la directiva sobre protección temporal tiene sus propias cuotas de reparto. El artículo 25 de la Directiva permite el traslado de los beneficiarios de la protección entre los Estados Miembros a partir de una oferta voluntaria de uno de ellos y proporciona a los beneficiarios la opción de aceptar o no dicho traslado. En aquellos casos cuando la capacidad declarada de un estado sea excedida por el número de personas llegadas a su territorio, el Consejo puede llevar a cabo la acción pertinente y proporcionar apoyo adicional a aquellos estados miembros que se hayan visto más afectados. En este caso, las cuotas ofrecidas por la Directiva pueden ofrecer un sistema más equitativo y eficaz que el proporcionado por el sistema de Dublín. Por ello, la directiva sobre protección temporal puede llevar a unas cuotas de reparto más efectivas entre los estados miembros.

Lee aquí el análisis de la Directiva >>

Boletín EUMIGRE. Sección: “Análisis normativo y jurisprudencial”
Fuente: EU Law Análysis

Nueva Directiva UE sobre Acogida de Refugiados

La nueva Directiva de la Unión Europea lanzada este mes recoge las normas sobre las condiciones de acogida que deben cumplir y vinculan a los Estados miembros respecto a las personas que se han visto obligadas a escapar de sus países huyendo de la guerra y de la persecución, y han solicitado protección internacional. Esta Directiva forma parte del Sistema Europeo Común de Asilo (SECA), cuyo objetivo es armonizar las políticas de asilo de los 28 Estados de la Unión.

ECRE ha publicado una nota informativa respecto a la Directiva refundida sobre la normativa de la Acogida de los Solicitantes de Asilo. La Directiva fue adoptada el 26 de junio de 2013 por el Parlamento Europeo y el Consejo como parte de la refundición de los instrumentos que forman parte del Sistema Europeo Común de Asilo. La Directiva determina una serie de estándares para la acogida de los solicitantes de asilo. La Directiva vincula a todos los Estados Miembros de la UE excepto Dinamarca, Irlanda y Reino Unido. Sin embargo, sus provisiones sobre la detención de los solicitantes de acuerdo con la Regulación de Dublín, resulta de aplicación para todos los países de la UE y estados asociados que apliquen la Regulación.

La nota informativa proporciona un examen detallado sobre las previsiones clave de la refundición de la Directiva, que incluye, entre otros: un marco legal que regula la detención de los solicitantes de asilo, incluyendo a aquellas personas que estén sujetos a procedimientos de traslado bajo la aplicación de la Regulación de Dublín, normas más proteccionistas para el acceso al mercado laboral; estándares sobre el nivel y las modalidades de las condiciones y materiales de acogida que deben ser proporcionadas por los Estados Miembros. A lo largo de la nota, ECRE hace recomendaciones a los Estados Miembros para una apropiada interpretación de las previsiones de la Directiva, en línea con la legislación internacional para refugiados y los derechos humanos, la Carta Europea de Derechos Humanos y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. También se ofrece, a modo de guía, una serie de buenas prácticas para su implementación.

Los Estados Miembros vinculados por la Directiva deberán adaptar su legislación a los estándares de la Directiva antes del 20 de julio de 2015.

Accede aquí a la nota de ECRE >>

Accede aquí al nuevo texto de la directiva >>

Boletín EUMIGRE. Sección: “Europa Informa”
Fuente: ECRE

Ya disponible la Memoria de Accem 2014-2015

Ya está disponible la nueva Memoria de Actividades de Accem, correspondiente al periodo 2014-2015.

En ella presentamos el trabajo que desplegamos en favor de las personas y colectivos que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social.

La Memoria proporciona datos e información sobre la entidad y sobre los proyectos que tenemos en marcha, y es una herramienta de utilidad para darnos a conocer a personas, organismos públicos, entidades sociales y empresas privadas.

Está disponible en papel y en formato digital.

Puedes acceder a su versión digital pinchando aquí. >>

Pasos pequeños e insuficientes ante el reto urgente de la acogida a los refugiados

En lo últimos meses hemos estado viendo cómo se planteaba el “reparto” de la acogida a las personas refugiadas entre los Estados miembros de la UE. Una circunstancia que hemos seguido muy de cerca y en la que hemos tratado de intervenir para facilitar una respuesta a la altura que requiere la situación actual. Por ello queremos compartir la visión que sobre este tema, que tanto nos afecta, tenemos desde Accem.

Para situarnos, debemos empezar por recordar que, según los datos de ACNUR, en lo que llevamos de 2015 han llegado por la vía del Mar Mediterráneo hasta 137.000 personas a las costas europeas, de las cuales 68.000 han llegado a Grecia, 67.500 a Italia, 1.230 a España y 90 a Malta.

A finales del mes de junio, los jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros de la UE acordaron redistribuir en dos años a 40.000 demandantes de asilo de entre las personas que ya han alcanzado las costas de Grecia e Italia.

La Comisión Europea había puesto cifras concretas país por país en virtud de criterios económicos y demográficos. Según la propuesta de la Comisión Europea, España debía acoger a 4.288 personas.

Accem, CEAR y Cruz Roja, las tres organizaciones que realizamos en España junto al Ministerio de Empleo y Seguridad Social el trabajo de acogida e integración social de las personas refugiadas, transmitimos nuestra disposición para aceptar la propuesta de la Comisión Europea y responder adecuadamente desde nuestros conocimientos y experiencia en la materia.

Finalmente, el Gobierno de España ha aceptado acoger a 1.300 personas de las llegadas ya a territorio UE. A escala europea, el compromiso final alcanza la acogida a 32.256 personas.

En otro orden, España sí se compromete a acoger a otras 1.449 personas a través de la fórmula del reasentamiento, es decir, procedentes de los campos de refugiados situados en los países limítrofes a las zonas de conflicto de las que han tenido que escapar estas personas. El conjunto de la UE se compromete a reasentar a 22.504 personas.

Con respecto a todo esto, desde Accem hacemos las siguientes consideraciones:

Aun siendo un avance llegar a un acuerdo para la redistribución de las personas refugiadas llegadas hasta Grecia e Italia, lamentamos que no se haya cumplido el objetivo de alcanzar las 40.000 personas reubicadas en el conjunto de la UE.

Del mismo modo, lamentamos que España, con una población de 46 millones de personas, quede muy lejos de las 4.288 personas acogidas que había pedido la Comisión Europea, con el compromiso de acoger únicamente a 1.300 personas.

España cuenta con la experiencia y la capacidad para poder haber afrontado un reto de mayor envergadura, contribuyendo más intensamente al reparto europeo y dando un mayor ejemplo de responsabilidad para con las personas refugiadas y los Estados europeos más afectados.

Saludamos como una buena noticia la decisión de acoger a 1.449 personas en nuestro país a través de la fórmula del reasentamiento, una herramienta que siempre hemos defendido desde nuestra entidad como una salida segura para las personas refugiadas y como una forma de compartir la responsabilidad de la acogida con los países vecinos a los escenarios de guerra, que son aquellos que siempre soportan el mayor peso del esfuerzo.

Sin embargo, y pese a suponer un avance, no deja de parecernos una cifra escasa habida cuenta que únicamente la guerra en Siria ha provocado la existencia de cuatro millones de refugiados, y que un país como Turquía está acogiendo actualmente a 1,8 millones de personas.

También creemos necesario expresar nuestra preocupación por dos aspectos: por una parte por la manera como se concretará la acogida a las personas reasentadas, pues en el pasado hemos asistido a continuas dilaciones en la ejecución de programas de reasentamiento en los que se manejaban cifras mucho más bajas.

Por otra, reiteramos que para culminar con éxito el proceso de acogida e integración social de las personas refugiadas que lleguen a nuestro país, tanto las reubicadas desde Italia o Grecia como las reasentadas desde terceros países, es necesario dotar adecuadamente con medios económicos y materiales a los programas de acogida.

Asimismo, y de manera general, no podemos evitar preguntamos si desde la UE y desde nuestro propio país se considera que realmente se está actuando y se están tomando decisiones a la altura de las circunstancias y de la magnitud de la situación de emergencia humanitaria a la que nos estamos enfrentando, en el momento de la historia con mayor número de personas refugiadas en el mundo desde el final de la Segunda Guerra Mundial y con decenas de miles de personas intentando llegar desesperadamente a Europa, muchas veces aun a riesgo de perder la vida en viajes llenos de peligro ante la ausencia de formas legales y seguras de poder hacerlo.

Por nuestra parte, no tenemos duda: aceptamos el reto. Estar a la altura de las necedidades de las personas refugiadas, que se ven obligadas a dejar todo para ponerse a salvo, es nuestra razón de ser. Lo hacemos además con la tranquilidad y la confianza de contar con una amplia experiencia y con un equipo humano que siempre ha sido capaz de demostrar su profesionalidad y su implicación con las personas con las que trabajamos. Y porque esa labor tiene un sentido: ayudar a mitigar el dolor y la injusticia y ayudar a las personas que lo necesitan a remontar el vuelo y a que su vida pueda ser un poco mejor.

Girona: redes de mujeres para mejorar la convivencia

En el marco del programa de Intervención Integral en Barrios “Tots Som Pont”, el equipo técnico de Accem en Girona ha desarrollado desde el mes de abril diferentes sesiones para la formación en conocimiento del contexto.

Se trata de sesiones quincenales con un grupo de mujeres nacionales de terceros países y vecinas del barrio. Se han puesto en marcha con la finalidad de facilitarles herramientas de empoderamiento, así como acompañarlas en el conocimiento del entorno, de los servicios específicos de atención a mujeres, presentes en la localidad, y de las entidades que trabajan a favor de los derechos de las mujeres.

El día 19 de junio realizamos una salida para conocer el Servicio de Atención e Información a las Mujeres (SIAD) de la ciudad de Girona. Se pretendía, además de que el grupo de mujeres conociera el servicio, su ubicación, sus funciones y prestaciones, ampliar la difusión del mismo en el barrio, a través del propio grupo de mujeres, es decir, que ellas mismas fueran altavoces e informaran otras mujeres vecinas del barrio.

Se trata de caminar juntas, crear vínculos y redes de solidaridad que permitan mejorar la comunidad. En definitiva, favorecer la convivencia rompiendo barreras invisibles de discriminación.

El programa de Intervención Integral en Barrios está financiado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI).

Por Accem Girona

Grecia: emergencia de refugiados sin precedentes

Grecia se enfrenta a una emergencia de refugiados sin precedentes, con un millar de personas que llegan a las islas griegas diariamente durante las últimas semanas. Desde el comienzo del año, 77.100 personas han llegado por mar a Grecia. Casi el 60 por ciento es refugiados procedentes de Siria. Otros vienen de Afganistán, Irak, Eritrea y Somalia.

En el norte Egeo, en la Isla de Lesbos, el número de los recién llegados supera la capacidad del centro de identificación de la policía de Moria. Más de 3.000 refugiados viven actualmente en condiciones difíciles en el lugar de alojamiento provisional de Cara Tepe, y 1.000 son acampados fuera de las instalaciones de Moria. Asistencia médica adecuada, agua corriente, saneamiento y refugio de las altas temperaturas son escasos.

ACNUR ya ha expresado su preocupación por el bienestar de los refugiados, incluyendo mujeres embarazadas y niños, que tienen que recorrer hasta 60 kilómetros de las montañas para llegar a la ciudad principal de Mytiline. ACNUR da la bienvenida a la reciente modificación en la legislación griega que las transferencia de participantes irregulares eximirá de procesamiento, bajo ciertas condiciones, y está dispuesta a ayudar a las autoridades para encontrar una solución a la cuestión del transporte. La situación de emergencia, combinada con el deterioro de la situación económica del país ejerce presión sobre las comunidades de la pequeña isla, que carecen de la infraestructura socioeconómica para responder a las crecientes necesidades humanitarias.

La agencia del ONU, ha hecho un llamamiento sobre la necesidad que la sociedad civil Europea desempeñe un papel constructivo e identifique proactivamente soluciones operacionales para ayudar a las autoridades griegas y las organizaciones no gubernamentales.

Accede aquí al comunicado de ACNUR >>

Boletín EUMIGRE. Sección: “Los estados miembros informan”
Fuente: UNHCR